Actualización 2023: Aquí un vídeo actualizado de llenado del form 200.
Formularios 200 y 400 Version resumida
Acaba de salir la versión resumida de los Formularios 200 y 400.
¿En qué consisten estos formularios? A continuación mostramos las diferencias.
Formulario 200 version resumida
La versión extendida o completa del formulario 200 tiene campos que una mayoría de contribuyentes no usa.
Es por eso que el SIN ha considerado simplificarlo y presentar una version resumida del Formulario 200.
Aquí el Formulario 200 version extendida, se marca con X los campos que no aparecerán en la version resumida.
Si en la versión extendida hay 42 campos, en la versión resumida son solo 17:
Formulario 400 version resumida
Aquí el Formulario 400 en su version extendida, están marcados los campos que desaparecen en la version resumida:
De 23 campos en la version extendida del formulario 400, la version resumida tiene 12:
Uso de los formularios 200 y 400 version resumida
El uso de estos formularios es opcional. Cuando se ingresa al portal tributario de declaraciones juradas aparecerán ambas opciones. La versión extendida y la version abreviada.
En qué casos no usar la version resumida de los formularios IVA e IT
Es sólo para los contribuyentes categorizados como RESTO.
Este tipo de formulario resumido no aplicaría en caso de que tengamos que llenar por ejemplo la casilla de exentos. Recordemos que por ejemplo hay un monto exento cuando compramos combustible.
En general cualquiera que tenga cierto tipo de exención del IVA no podrá usar la version resumida: exportadores, los que facturan con tasa cero y similares necesitan usar la versión completa.
Tampoco se podrá usar en general cuando se realicen rectificaciones.
Aquí puedes descargar la Resolución:
RND 10-0018-16, FORMULARIOS 200 IVA Y 400 IT – VERSION RESUMIDA
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.
Buenas noches tengo una consulta a que se refiere los ingresos brutos en el rubro 3 del formulario 400, y como puedo determinarlo?
Hola Sirahi
son los ingresos en su totalidad sin restar nada, incluye los del giro del negocio u otros.
Exelente el blog, gracias por la información, es de gran ayuda para no cometer errores, verificaré porque creo tengo facturas de gasolina y me lo registraron el el formulario resumido.
Licenciado pero igual podemos seguir utilizando el antiguo
Claro que sí,
Roberto:
Gracias, la verdad que si no tuviéramos Bolivia Impuestos estaríamos perdidos. De lo que explica usted tengo una duda, si uno tiene compra de gasolina ya no podremos usar el formulario resumido?
ya no podrías
ESPECTACULAR LA INFORMACIÓN SALUDOS
sI NO TENGO MOVIMIENTO DONDE DECLARO EN EL FORMULARIO RESUMIDO O FORMULARIO NORMAL
En cualquiera, solo se debe colocar montos cero
Hola Roberto, buen dia sigo con la duda, en algunos casos suele existir descuentos en las compras que realizamos entonces no debemos usar los formularios resumidos?.
hola, ya no podrías usar la versión resumida en caso de haber descuentos de cualquier tipo.
Muchisimas gracias Lic. Roberto, felicitarlo por ese espiritu de colaboracion por proporcionarnos informacion valiosisima y actualizada que comparte, sobre temas tributarios.
Lic. Roberto como siempre gracias por la informacion que nos brinda, una consulta con relacion a los nuevos formularios, antes de finalizar la DDJJ, aparce una leyenda que dice que si hay diferencias entre el saldo a favor del fisco y el importe a pagar en efectivo se concidera deuda tributaria, y aveces por temas de tiempo, se declaran los impuestos pero sin importe a pagar, y luego pagamos en boleta 1000, esto se mantiene? o ya no se utilizaran las boletas 1000?
gracias de antemano por la respuestas.
HOla José sigue vigente la boleta 1000, claro, lo que dices (juras, ya que es una declaración jurada) que debes al sin, tarde o temprano debes pagar.
Buen día Lic. Cáceres, agradecidos realmente por contar con su orientación.
Tengo una duda, en intercambio de ideas con otros colegas hice la declaración de las compras en el 200 V3 pues había deducción y las ventas que no tenía descuentos también lo hice en el 400 V3 pues hemos considerado mantener el mismo formulario y no hacer cruzado.
La verdad que no está claro, en la normativa si podemos o debemos hacer declaración cruzada.
Hay multa por no declarar en el formulario que corresponde, como el caso que presenté??
Agradeceré mucho su comentario a la duda que tengo.
Gracias.
Yani
hola Yani, cada formulario es independiente. Si usas en uno la versión resumida, no tienes obligación de usar la versión resumida en otro formulario.
Hola Roberto muchas gracias por la informacion y mantenernos actualizados en la parte tributaria
Buenos dias ,
Para los Especificos que presentan mauanlmente sus impuestos al banco,
una pregunta si puedo seguir mandandolo de la manera habitual u opcional el iva y transaccion a los que les corresponde manualmente mandar el iva y it resumido.
Si los que presentan manual el formulario del rc-iva le corresponde mandarlo virtualmente o los sigo presentando directamente al banco.
Estimado Rodolfo, puedes hacerlo uno por oficina virtual y otro manual. Pero te recomiendo hacerlo virtual, ambos forms, ya que hab´ra un momento en que no se podrá hacer manualmente, así ya sabrás siempre cómo hacerlo.
Muchas gracias Lic. por la informacion y el analisis que imparte para mi es de mucha ayuda..
Lic. Buenos días, mi duda, si tengo ice en las facturas de gasto no puedo declarar en la versión resumida 200 ? y la declaración del 400 sera en la misma del 200? resumida o pueden declarar en diferentes versiones, gracias
Hola Karina, uno lo puedes hacer en version resumida y la otra no, no hay problema, son formularios independientes.
Roberto una consulta si tengo descuentos en compras tengo que seguir llenando en el formulario extendida
me temo que sí, Julio
muchas gracias por la informacion
es muy beneficioso,
muchas gracias,
Una consulta, sobre los comodatos estan vigentes, para el Sin,
agradecere, su respuestas
Gracias por confiarnos tu pregunta, por favor para responder consultas tributarias de manera profesional hemos habilitado el siguiente formulario: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online
Muchas gracias por informarnos de estas actualizaciones, es muy beneficioso para nosotros y siga haciendo esto que gracias a usted estamos actualizados.
Gracias.
Muchas gracias por la información,
Roberto:
A mi el cafe me hace daño sin embargo creo que insitas a retomar de nuevo un delicioso cafe aqui con un marraqueta crocante recien salido de horno.
Como de costumbre tus comentario sobre novedades impositivas es delicioso como el cafe que acabas de tomar
toma un café de productos Irupana, son ecológicos y muy sanos. abrazo
Gracias por compartir su conocimiento, siga adelante Lic. Roberto
Estimado Lic. Es obligatorio llenar el formulario resumido o puedo llenar en la versión antigua, porque la resolución indica que podrán, Artículo 3. (Utilización de los Formularios 200 IVA y 400 IT, Versión 3 Resumido).- Los contribuyentes del Régimen General clasificados como Resto (personas naturales, empresas unipersonales, personas jurídicas, oficios libres, profesionales, alquileres, comerciantes, etc.), podrán presentar sus declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Transacciones (IT) en los Formularios 200 IVA y 400 IT en Formato Versión 3 Resumido, cuando declaren únicamente sus datos de ventas, compras y/o saldos para la determinación del saldo a favor del Fisco o del Contribuyente.
Hola Cimar, es opcional el uso de la versión resumida.
Estimado Roberto:
Gracias Roberto, toda la información, que nos proporcionas con regularidad, sonn de gran utilidad para todas las personas que debemos presentar formularios de impuestos, ya sean personales o de empresas.
Simplemente gracias. Saludos cordiales.
Buen dia qe son los aranceles
me alegro mucho por la informacion, MUCHAS GRACIAS
Excelente orientación, gracias.
Gracias Roberto:
La verdad, toda tu información y comentarios son para mi, muy útiles y esclarecedoras, te agradezco por la información y espero recibirla siempre
Una consulta, yo solo facturo por servicios profesionales y presento todos los meses el form. 200 y el 400, puedo yo usar la versión resumida? ; mi domicilio legal es mi domicilio y solo descargo facturas de luz, teléfono y celular, que otros gastos me permitirían deducir ?
Mil gracias por tu ayuda y ha…… estoy tomando café con marraqueta y queso
Un saludo cordial
Holala José
mientras no haya montos exentos en las facturas, por ej en algunos servicios hay, puedes usar la versión resumida.
Muchas gracias por la informacion
Gracias por tenernos al tanto de las ND que salen
Gracias por la actualizacion y comentario
Eres un Maestro…….. mis respetos y agradecimiento por compartir tus sabios conocimientos.
Excelente informacion,gracias Roberto.
Gracias estimado Roberto como siempre oportuno con la informacion
Muchas gracias Roberto. la verdad nos ayudas más que el Servicio de impuestos ellos se divierten confundiendonos y haciendo complicado el llenado de todo Lo peor es q reniegan cuando el contribuyente cuando consulta algo Un abrazo
Hola Silvia, esperemos que esos malos funcionarios recapaciten.
Más q comentario: como uno reconoce q esta en Resto de Contribuyentes ?
Hola Francisco, aquí hablamos del tema: https://boliviaimpuestos.com/recategorizacion-de-gracos-y-pricos/
ok. muy didactico los planteamientos, esto nos orienta a tanto cambio que efectuan los del SIN.
Saludos
Hola estimado Roberto, tome un café, me hizo antojar, lei su comentario y como siempre resulta muy beneficioso y de gran ayuda para todos los que seguimos el proceso de actualización que tan acertadamente comparte, un fuerte abrazo y sigan adelante
Hola Heriberto, gracias por comentar
ESTIMADO COLEGA EL CAFE ES BUENO PARA TRANQUILIZAR Y MANTENERTE DESPIERTO MUY AGRADECIDO POR LA INFORMACION SIEMPRE ESTAREMOS ACTUALIZADOS POR TU APORTE SALUDOS A LA DISTANCIA
BUENAS TARDES…MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION Y MANTENERNOS ACTUALIZADOS SIEMPRE..
QUE BUENO ROBERTO LA VERDAD NOS AYUDAS VASTANTE Y MUCHAS GRACIAS