La normativa establece que el vehículo debe reducir su valor hasta alcanzar el 10,71%. A continuación, te presentamos los detalles de esta regulación.

Introducción:
En Bolivia, la Ley Nº 843 establece el Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA) y regula el valor residual de los vehículos al final de su vida útil. Este artículo explicará cómo calcular y registrar el valor residual de acuerdo a la ley.
Tabla de Contenido:
¿Cuál es la normativa que rige el valor residual en Vehículos?
El Marco Legal en Bolivia es el siguiente artículo 60 de la Ley 843:
BASE IMPONIBLE – ALÍCUOTAS
ARTÍCULO 60.- La base imponible estará dada por los valores de los vehículos automotores exaduana que para los modelos correspondientes al último año de aplicación del tributo y anteriores establezca anualmente el Poder Ejecutivo.
Sobre los valores que se determinen de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo precedente, se admitirá una depreciación anual del 20% (veinte por ciento) sobre saldos hasta alcanzar un valor residual mínimo del 10,7% (diez coma siete por ciento) del valor de origen, que se mantendrá fijo hasta que el bien sea dado de baja de circulación.
Ley Nº 843 Artículo 60
Establece la base legal para la determinación del valor residual en vehículos regula el Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA).
De acuerdo a este artículo, el valor residual se calcula aplicando la tabla de depreciación anual del Decreto Supremo 24051 al valor de adquisición del vehículo, hasta llegar a un mínimo del 10,7%.
¿Cómo se Calcula y Aplica el Valor Residual en Vehículos?
El valor residual de un vehículo se determina aplicando una tabla de depreciación anual sobre el valor de adquisición hasta alcanzar un valor mínimo del auto del 10,7%.
Para calcularlo:
- Calcule la depreciación anual en la primera gestión del activo utilizando el método correspondiente (normalmente se multiplica la depreciación por el número de meses de uso del vehículo en el primer año de su registro).
- En el segundo, tercero y cuarto año de uso del vehículo actualice el Vehículo y luego deprecie.
- Por último actualice el valor del vehículo en el quinto año de uso y deprecie hasta que el vehículo tenga un valor del 10,71%.
Eso significa que el valor del vehículo que debe quedar registrado en los libros es hasta el 10,7% de su valor actualizado en el quinto año de su uso. Algunos pueden preguntarse «¿por qué en el quinto año?», pues la respuesta es bastante sencilla, es porque la normativa dice que se puede depreciar un 20% anual, eso significa que la vida estimada para el vehículo es de 5 años.
Cuadro Resumen:
| Aspecto | Normativa | Descripción |
|---|---|---|
| Base Legal | Artículo 60 de la Ley 843 | Establece la base imponible para el Impuesto a la Propiedad de Vehículos Automotores (IPVA) en Bolivia. |
| Valor Residual | Decreto Supremo 24051 | Se aplica una depreciación anual del 20% del vehículo. |
| Cálculo del Valor Residual | Método de Depreciación Anual | Se calcula aplicando una tabla de depreciación anual al valor de adquisición del vehículo hasta alcanzar el valor mínimo del 10,7%. |
| Proceso de Cálculo | – Calcular la depreciación anual en el primer año de uso. – Actualizar y depreciar en el segundo, tercero y cuarto año. – Actualizar y depreciar en el quinto año hasta llegar al 10,7%. | El cálculo se realiza en etapas a lo largo de los cinco años de vida estimada para el vehículo, aplicando la depreciación anual y actualizando el valor. El valor residual registrado en los libros debe ser hasta el 10,7% del valor actualizado en el quinto año. |
Conclusión:
Calcular y registrar el valor residual de vehículos de acuerdo a la ley en Bolivia es un proceso esencial para cumplir con las regulaciones fiscales. Siguiendo los pasos mencionados y registrando adecuadamente los ajustes en las cuentas de depreciación, aseguramos la transparencia y precisión en el manejo contable de estos activos.
Buenas tardes,
Es obligatorio dejarlo al 10,71%? Que pasa si ya lo deprecie contablemente a 100% y dejarlo en 1bs?
Tendría que rectificar?
Muchas gracias!
Buenas tardes Lic., esto para fines de coincidir con la alcaldía simplemente. En la alcaldía le exigirán que sea hasta el 10,71%. Saludos
Buen día, si la depreciación anual deducible es 20% anual, esto aplica para los 5 años del bien?
Y, para efectos de liquidar y pagar el Impuesto a los vehículos se debe mantener el bien hasta el 10.7%
O, el gasto deducible por depreciación para el quinto año es solamente por el 9.3%?
Hola JUan Carlos, en tanto no se haga la depreciación del 10.7 no habría ese gastos aunque sea deducible. Esto para fines de coincidir con la alcaldía simplemente.