Comentamos las tres reglas de oro que toda factura debe tener para no ser depurada según precedentes tributarios.
Este post surge de un comentario que habíamos hecho en Facebook:
Las tres reglas de oro:
- Tener la factura original
- Que sea una operación o transacción relacionada al rubro de su empresa
- Que la operación se haya realizado efectivamente (respaldos de documentos de pago).
y es que una factura sin el NIT o algún dato mal escrito, a pesar que no lo permite una RND, sin embargo sí es válida:
Ver este otro caso:
Para que se nos quede en la memoria y aplicando las tres reglas de oro:

Artículo de interés:
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.
Tengo una rectificatoria de Febrero 2014, primer mes de actividad de la empresa, cumplimos las 3 reglas de oro, sin embargo el SIN falla «improcedente» sólo porque en los INGRESOS A ALMACEN de los productos, no hay firma en la parte de «entregué conforme». Entregamos todos los documentos que solicitaron.
La rectificatoria la solicitamos porque cuando quisimos imprimir el form.200 del sistema del SIN, éste estaba en blanco, como si el contador de entonces no lo hubiera presentado, en archivo sólo tenemos el form.200 en borrador impreso y el envío de los libros tanto de ventas como de compras y tambien se pagó el IT por las ventas realizadas.
Se puede solicitar nuevamente? Aunque ya no sé qué más podríamos presentar.
Gracias por su respuesta Lic. Cáceres
Hola Lic. María, hay procedimientos que seguir y me parece que en este caso no corresponde la depuración. Quizá podríamos recabar detalles y sugerirle el tratamiento en: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online/
Lic. y si el nit o nombre no coinciden, no se invalida la factura por más que el pago se haya cancelado en efectivo y no por banco?
Ahí habría una incoherencia que no podría justificar si no tiene el respaldo fehaciente de pago. A menos que tenga un respaldo en otro tipo de documentos de que la operación se realizó efectivamente.
Muchas gracias por compartir y despejarnos las dudas.
Muchas gracias lic.Roberto Caceres
Un gusto, Carlita
MUCHAS GRACIAS ESTIMADO ROBERTO…UNA CONSULTA QUE PASA SI EL PROVEEDOR NO PAGO LOS IMPUESTOS DE LAS FACTURAS QUE NOS HA EMITIDO QUE CUMPLEN LAS 3 REGLAS…..HAY CASOS QUE IMPUESTOS SE VA CONTRA LA PERSONA QUE RECIBIO EL SERVICIO O LOS BIENES …..COMO SE PROCEDE, GRACIAS.
Hola Yuri, es un asunto del vendedor, ud no tendría problemas en tanto cumpla las 3 reglas.
a nosotros nos pasó que el proveedor había anulado las facturas y nos hicieron pagar el 13% de esas facturas.
Pues no correspondía el pago, en otra oportunidad puedes hacerme una consulta: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online/
Como siempre ,muchas gracias por compartir sus conocimientos.