Las tres reglas de oro

Comentamos las tres reglas de oro que toda factura debe tener para no ser depurada según precedentes tributarios.

Este post surge de un comentario que habíamos hecho en Facebook:

Las tres reglas de oro:

  1. Tener la factura original
  2. Que sea una operación o transacción relacionada al rubro de su empresa
  3. Que la operación se haya realizado efectivamente (respaldos de documentos de pago).

y es que una factura sin el NIT o algún dato mal escrito, a pesar que no lo permite una RND, sin embargo sí es válida:

o también una factura que tenga cualquier otro motivo, y que quieran depurarla, en tanto cumpla con esas tres reglas de oro —que ya tienen una línea jurisprudencial en procesos administrativos y judiciales— valen de todas maneras.

Ver este otro caso:

Para que se nos quede en la memoria y aplicando las tres reglas de oro:

Nunca permitas que nadie

en el mundo invalide

tus facturas o las depure

del IVA si tienes:

1: La factura original

2: Es de tu rubro

3: Pagaste por bancos

Artículo de interés:

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

12 comentarios en «Las tres reglas de oro»

  1. Tengo una rectificatoria de Febrero 2014, primer mes de actividad de la empresa, cumplimos las 3 reglas de oro, sin embargo el SIN falla «improcedente» sólo porque en los INGRESOS A ALMACEN de los productos, no hay firma en la parte de «entregué conforme». Entregamos todos los documentos que solicitaron.
    La rectificatoria la solicitamos porque cuando quisimos imprimir el form.200 del sistema del SIN, éste estaba en blanco, como si el contador de entonces no lo hubiera presentado, en archivo sólo tenemos el form.200 en borrador impreso y el envío de los libros tanto de ventas como de compras y tambien se pagó el IT por las ventas realizadas.
    Se puede solicitar nuevamente? Aunque ya no sé qué más podríamos presentar.
    Gracias por su respuesta Lic. Cáceres

  2. Lic. y si el nit o nombre no coinciden, no se invalida la factura por más que el pago se haya cancelado en efectivo y no por banco?

    • Ahí habría una incoherencia que no podría justificar si no tiene el respaldo fehaciente de pago. A menos que tenga un respaldo en otro tipo de documentos de que la operación se realizó efectivamente.

  3. MUCHAS GRACIAS ESTIMADO ROBERTO…UNA CONSULTA QUE PASA SI EL PROVEEDOR NO PAGO LOS IMPUESTOS DE LAS FACTURAS QUE NOS HA EMITIDO QUE CUMPLEN LAS 3 REGLAS…..HAY CASOS QUE IMPUESTOS SE VA CONTRA LA PERSONA QUE RECIBIO EL SERVICIO O LOS BIENES …..COMO SE PROCEDE, GRACIAS.

Los comentarios están cerrados.

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