Por favor revisar artículos actualizados de este tema en este apartado.
RC IVA Da Vinci 110 y Agente, Oficina virtual y DJ.
Tips y cuidados para el empleado y empleador
Sobre el formulario 110, vamos a dar unos tips para no cometer errores o para no trancarnos en el proceso del llenado.
También algunos consejos para el Módulo RC IVA Facilito. El formulario 110 es solicitado por el empleador a todos su empleados dependientes que no quieran pagar el RC IVA. Aquí tenemos un tutorial sobre cómo llenar.
¿Quiénes pueden presentar el formulario 110? Para el empleado:
Empleados que ganan por encima de un monto x, determinado cada año según el incremento salarial, deben pagar el RC IVA Dependientes (ver la calculadora tributaria para saber cuánto de impuesto debe pagar según el total ganado). Ok. Este impuesto puede compensarse y dejarse de pagar, si se desea.
Para dejar de pagar el RC IVA se lo compensa con facturas que se llenan en el Formulario 110 RC IVA Dependientes, disponible en el Facilito desde el 2016. El programa lo pueden descargar de la página de Impuestos Nacionales y aquí tenemos un tutorial sobre cómo llenar el formulario.
Módulo Da vinci Agente. Para el empleador:
Dentro del conjunto de empleados alcanzados por el RC IVA.
Situación A: los empleados no entregan sus formularios 110
El empleador que no recibe formularios 110 de sus dependientes, presupone que tales empleados no presentaron a tiempo el formulario 110, o simplemente quieren pagar el RC IVA. Entonces con la Planilla Tributaria determinarán el impuesto (descargar formato de planilla tributaria automática aquí) y le descontarán al empleado, lo que se reflejará en la planilla de sueldos y salarios y en las boletas (descargar formato sueldos y salarios y generador de boletas aquí).
El empleador “guarda” ese dinero y en el momento de declarar sus formularios IUE, IVA, IT del mes, como tiene dinero guardado del RC IVA Dependientes, lo paga en el Formulario 608.
Entonces este empleador que no recibió formulario 110 alguno no tiene que usar el Módulo Da Vinci Agente (o del Facilito) para generar el formato dec. para enviar por la oficina virtual. Simplemente no tiene datos qué llenar o enviar. No está obligado entonces a enviar algo que no tiene.
Situación B: los empleados alcanzados entregan el 110
El empleador recibe formularios 110 de sus dependientes, pues éstos no quieren pagar impuesto RC IVA y tienen muchas facturas para su crédito fiscal. Con la planilla tributaria se registra su compensación y se reflejará que no se le descuenta por RC IVA en la Planilla de Sueldos y boletas de pago.
El empleador entonces al momento de pagar sus impuestos mensuales, no necesita presentar el formulario 608 pues tiene 0 por pagar (no existe una norma que especifique la presentación sin movimiento, a menos que sea de impuestos como IUE, IVA e IT). Pero sí debe preparar en el módulo Da Vinci Agente para generar el formato dec. y enviar a la oficina virtual.
Al respecto, también existe la duda si se deben incluir en la carga de planillas a las personas no alcanzadas por el RC IVA. Según el Formulario de Constancia de presentación del RC IVA, luego de haber enviado por la oficina virtual, al igual que se emite para LCV o Bancarización, lamentablemente indica el número de dependientes y cuántos están o no alcanzados.
Por ese dato y para no quedar incoherentes si se compara con las planillas, es mejor incluir en la carga de planillas al Da Vinci de todas las personas que trabajan. Así reflejaremos con coherencia la constancia de presentación y planillas.
Situación C: algunos entregan el 110 y otros no
Algunos empleados presentan formularios 110, algunos no. O de los que presentan, simplemente no alcanzan a absorber todo su RC IVA. Se debe preparar entonces el Formulario 608 con el monto a pagar y trabajar en el Módulo RC IVA Agente para generar el archivo dec. y enviar por oficina virtual junto con el LCV y Bancarización.
Tips para los empleados
- Las facturas tienen 120 días ó 4 meses de antigüedad para llenar en el formulario. Esto es, si deseo presentar el 20 de octubre el formulario 110 para el mes de octubre a contabilidad, valen facturas de julio, agosto, sept. y octubre.
- No se deben incluir facturas que no estén a nombre de la persona y número de CI. No puede incluir facturas de luz o agua que no estén a su nombre, tampoco con el NIT de profesional independiente, si lo es.
- Puede incluir, desde luego, facturas de telefonía o conciertos, que son prefacturadas.
- Puede incluir facturas de lo que quiera, de cualquier servicio o bien comprado, ético o no.
- Las facturas por encima de 50.000 bs, deben estar respaldadas por boletas de depósito u otro documento que certifique que se hizo a través de banco.
Tips para empleadores
- Para facturas por encima de 50.000 bs, deben estar respaldadas por boletas de depósito u otro documento que certifique que se hizo a través de banco.
- Verificar la recepción de formulario en formato digital .dec Verificar su coincidencia con el físico recepcionado.
- No esperar a última hora. O declarar sin tener en manos los formularios de los dependientes.
- En el Formulario 608, Oficina Virtual, existe un “bug” que no han previsto sus programadores para el caso de Sueldos por encima de 13.000 Bs que se les descuenta además de las generales de la AFP, el Aporte Nacional Solidario (ver cómo se calcula aquí). La fórmula del Formulario 608 Oficina Virtual Newton, calcula automáticamente el neto sin AFP, quitando el 12.71%, pero no contempla que de algunos el descuento es mayor por el Aporte Nacional Solidario. Hay que tomarlo como un error que escapa de nuestro control y no podemos modificar.
Aquí otros artículos de interés:
- El formato de Planilla de sueldos en excel y generador de boletas
- El formato de Planilla Tributaria RC IVA en excel
- Cómo operar el Módulo Da vinci Agente
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.
Hola, buenos días, tengo un consulta:
tengo una dependiente que gana 8,717 y considerando que el smn es 2,000, ésta dependiente no tiene OBLIGACIÓN de presentar facturas (es de base cero) pero con nota me presentó una factura por compra de un vehículo e indica que por derecho CONSTITUCIONAL como trabajadora estoy en la OBLIGACIÓN de registrar y generarle saldo.
agradeceré su ORIENTACIÓN al respecto
gracias
Estimado Jorge, sí, las personas no alcanzadas con el RC IVA igual pueden presentar facturas para acumular saldo a favor. Si bien no es obligatorio pero tampoco lo prohíbe la norma. Por otro lado, de todos los dependientes igual se envia su información en el módulo agente RC IVA del facilito, incluso sin movimiento si es que nadie está alcanzado por el rc iva.
licenciado:
una consulta, en la gestion 2014 se introdujo una factura erronea en el rc-iva de un dependiente que tenia saldo a favor, ahora impuestos nos observo, que se debe hacer en estos casos
Hola, respecto al saldo acumulado del rc-iva, quiero saber si este se acumula de las facturas descargadas o del saldo negativo que resulta en algunos casos al realizar el cálculo de este impuesto. muchas gracias.
Hola Alan
no habría saldo negativo que acumular, solo se acumula lo positivo.Por favor fíjate en nuestro formato de planilla tributaria, ahi las fórmulas lo sacan bien.
https://boliviaimpuestos.com/modelos-y-formatos/
queridisimo licenciado tengo un problema,presente mi formulario como dependiente del mes de agosto sin embargo me devolvieron porque la contadora de la empresa me dijo que había errores por algunos centavos ,mi pregunta es que pasa cuando uno llena mal el formulario que debe hacer el empleador en este caso ? bueno aunque presente el ultimo dia pero si hubiera presentado antes del plazo es pertinente corregir’, hay alguna normativa respecto a esto ? se lo agradece por la respuesta Licenciado.
Estimada Ana
depende del monto de diferencia, por lo general se llena con todo los centavos, la normativa la podrá encontrar buscando en nuestro recuadro de la derecha con la palabra 110
Lic. respecto a la bancarizacion tengo un contrato con una empresa de seguridad por un año y debo pagar por mes Bs 25.000, se debe bancarizar o no corresponde
No, ya que es un servicio acordado mensual, o sea el pago del servicio es por cada mes.
Estimado Licenciado, en este caso tengo una duda, el monto total del contrato anual ascendería a bs 300.000.??, no se debería bancarizar considerando que la definición deTransacción es toda Operaciónde compra o ventade bienes y servicios, contratos de obra y/o prestación de servicios,todo tipo de contratos y/o prestaciones de cualquier naturaleza cuyos montos sean iguales o mayores a Bs50.000.-Cincuenta Mil 00/100 bolivianos),que involucren la erogación de recursos económicos a través de medios de pago utilizados ,sea que el pago fueserealizado al contado o al crédito, a través de un sólopago,pagos parciales o cualquier modalidado forma de pago asumido.
Yo tambien tengo un caso similar y necesito su apoyo para no incurrir en ningún tipo de contingencias, gracias
Para darte una respuesta profesional, hemos habilitado este formulario para responder preguntas expecíficas con respaldo legal y procedimientos a seguir: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online
Lic. Puedo añadir facturas de 2 ciudades pago los serv de hospital de mi madre en cbba yo radico en la paz, si bn mi persona no paga soy yo el que da los recursos hay problema si junto a mis facturasde la paz hay facturas de cbba.
S{i, no hay problema.
Me pasaron una factura por un valor mayor a 50000 bs pero de mi cuenta bancarias de la empresa no salio dinero es un dinero de una empresa como prestamo debo bancarizar
Estimado Luis Fernando, la empresa debe bancarizar
Estimado Lic. tengo una duda, soy nuevo en este ámbito, entre a trabajar como dependiente con un sueldo de 5200 bs/mes, tengo q presentar el formulario 110? y s lo hago cuando tengo q descargar en facturas? hago esta pregunta por que leí q solo presentan los q ganan + de 4 salarios mínimos q en este 2014 llegaría a 5760 bs y también puso mi sueldo en la calculadora tributaria y me sale 0 según leí esto indica q no tengo q presentar facturas
no estaría alcanzado por el RC IVA.
Estimado Lic. soy nuevo en este ámbito y tengo una duda, soy trabajador dependiente gano 5200 bs/mes, tengo que presentar el formulario 110 con mis facturas, hago esta pregunta porq leí q solo presentan los q tienen 4 salarios mínimos que en este 2014 seria como algo de 5760 bs y tambien puse mi sueldo en la calculadora tributaria rec iva online y me sale 0
Licenciado unas consultas,Tengo facturas prepago de viva y entel que les meto a mi celular para realizar llamadas estas facturas las puedo declarar en el formulario 110? y que fecha les coloco? me la invento? o tengo que presentarlas antes de la fecha de emision que dice la tarjeta?
por ejemplo tengo una tarjeta que dice fecha limite de emision 02/03/2014 y yo quiero meterla en el formulario de declaracion dell mes de abril lo puedo hacer?
Estimado Lic. Francisco, Hemos habilitado un formulario para consultas tributarias particulares, ver este link para más detalles: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online. saludos
Lic. Caceres la consulta es la siguiente, puedo incluir en mi formulario 110 de dependiente facturas de avión a nombre de mi esposa son validas para descargarse en el formulario 110.
Estimado Benigno, siempre y cuando este a nombre suyo.
Hola Roberto,
Quisiera preguntar por favor si un consultor independiente que emite su factura mensual por sus servicios que impuesto no paga IVA, IT o el impuesto anual o debe igual pagar los mismos.
Muchas gracias y un abrazo
Nicolas
Estimado Nicolas.Te sugiero ingresar a https://boliviaimpuestos.com/?s=… y en la barra lateral derecha de búsquedas colocar una palabra sobre lo que buscas, ahí están varios tutoriales y artículos que seguro serán de tu interés.
Para el caso de facturas de telefonía… debe declararse la fecha de pago? de disposición/emision?
Estimado Angel,Te sugiero ingresar a https://boliviaimpuestos.com/?s=… y en la barra lateral derecha de búsquedas colocar una palabra sobre lo que buscas, ahí están varios tutoriales y artículos que seguro serán de tu interés.
Lic. Caceres, soy consultora unipersonal, tengo dudas sobre las facturas q me sirven para descargo del iva, las de atención medica o compra de medicinas me sirven?, las de equipamiento de oficina puede incluir el extractor de la cocineta? y las de combustible del vehículo aunque éste esté a nombre de mi esposo?
gracias. atte v.escobar
Estimada Lic. Veronica, por favor visite este link para mayor información sobre el tema.
Estimado Lic. Roberto, una consulta sobre el tema de facturas que presentan los Dependientes para el Formulario 110 RC-IVA, me piden los Dependientes un documento legal donde mencione que diga que todas las facturas que presentan deben estar a su nombre del Dependiente, ya que mencionan que parte de sus gastos realizados, pagan los Servicios basico de su casa (Energia Electrica, Telefono, Agua, Internet, facturas del colegio particular) pero estos gastos estan la facturas a nombre de su esposa, la consulta ¿estas facturas presentadas son validas para descargo y que la empresa no tendra problemas a futuro sobre lo mencionado? , le agradecere de antemano su gentil orientacion y respuetas.
saludos cordiales.
Atte.
Ricardo Tamwing
Estimado Lic. Ricardo, aquí tenemos un tutorial sobre el llenado del formulario 110, revíselo por favor, por otro lado le recomiendo también revisar este link para mayor información sobre los gastos deducible y no deducibles.
Estimado una consulta si un trabajador se compro un auto a credito por lo tanto en su RC-IVA del mes hay una factura con un monto mayor a 50000 a esta se le debo bancarizar?
Estimada Lic. Yessy, se debe bancarizar los gastos realizados por parte de la empresa no así los gastos efectuados por el empleado.saludos
Estimado Roberto, consultarte si es que las facturas por montos superiores a Bs 100 tienen que ser detalladas o tener la leyenda CONSUMO y si esto se encuentra normado en alguna RND, agradecere mucho tu colaboración.
Estimado Elber, todas las facturas deben tener el detalle de lo que se está comprando y, en lo posible, en cantidades. Lo de cantidades no es imprescindible, a menos que se trate de venta de gasolina y diesel.
Hola queria ver si alguen me puede ayudar con mi problema
es sobre el formulario 200
tengo ventas realizadas con facturas 2000 bs y
compras relacionadas con facturas relacionadas al negocio 1800 bs
lo del llenado del formulario ya se no tengo problemas
lo que me falta es ¿donde devo hacer notar que compre dichos cosas para el negocio donde devo copiar los numero de facturas nro de orden y todo eso? tengo entendido que se deve de llenar el formulario 100 y quisiera me ayudaran con el formulario 100 por favor como llenar la parte de atras ya que la parte delantera si se llenar perdonen mi ignorancia para los que ya saben.
y les agradeceria que me ayudaran a solucionar mi problema
de ante mano se les agradece por su tiempo gracias….
saludos..
mi correo braulio_lobo1@hotmail,com
Estimado Lic. Braulio, bueno no tengo conocimiento del formulario nº 100, pero puede realizar el llenado de estos datos en el formulario 110. ssaludos
Buenas tardes,una consulta quisiera saber si una factura que me presenta un dependiente para su formulario 110,es a un monto de 50.000 o mas.
esto ¿se debe bancarizar? si es asi como lo haria?
espero su pronta respuesta,agradeciendo de antemano su colaboracion.
Estimada Vania, Ud. como dependiente no bancariza, pero sí debe presentarlo en el form. 110 respaldando que la transacción fue a través de bancos: Ver inc. iii) del art. 7 de la RND 10.11.11
III. (Transacciones inexistentes para el RC-IVA) Los sujetos pasivos del RC-IVA, sean contribuyentes dependientes y/o independientes, que no respalden sus transacciones con Documentos de Pago, no tendrán derecho al cómputo del pago a cuenta previsto en los Artículos 8 y 9 del Decreto
Supremo Nº 21531.
Roberto, estoy trabajando como consultora del sector publico, por favor podría explicarnos para realizar la declaración jurada por la oficina virtual (Form 110 y 610), ya q a partir del 3er trimestre de esta gestión, debemos declarar obligatoriamente imptos sin movimiento a traves de la oficina virtual, Muchas gracias
Estimada Lic. Jael, visite por favor este link para la aclaración de sus dudas.
Roberto, estoy trabajando como consultora del sector publico, por favor podría explicarnos como realizar la declaración jurada por la oficina virtual (Form 110 y 610), ya q a partir del 3er trimestre de esta gestión, debemos declarar obligatoriamente imptos sin movimiento a traves de la oficina virtual, Muchas gracias
si la empresa recein inicia sus actividades por lo que saco el nit en octubre, para el rc-iva se toma en cuenta las facturas con 120 dias antes, aunq no se haya tenido el nit
Estimada Lic. Mar, si usted es empleada dependiente tiene 120 días para la declaración y no necesita NIT.
Estimado Lic. trabajo como consultor en linea desde el 28 de agosto. Debo declarar por el periodo trimestral los ingresos por los 4 dias de agosto y todo septiembre? y si es asi seria correcto deducir en el F610 el 13% de 2 salarios minimos por agosto y 2 por septiembre?. Ademas como calculo el ingreso por los cuatro dias de agosto (dividiendo el ingreso mensual entre 30 o 31 dias de agosto).
Estimado Lic. Oscar M.
le proporcionamos el siguiente tutorial
estimado Lic. soy consultor en linea, trabajo desde el 28 de agosto y obviamente septiembre. lo razonable es que debo declarar
Estimado Lic. Oscar M.
le proporcionamos el siguiente tutorial
Estimado Lic. Cáceres.
Trabajo como consultor independiente; en el formulario 610 se restan los pagos efectuados a la AFP. Hay compañeros que dicen que se debe descontar.
Lic, una consulta, trabajé anteriormente como dependiente y ganaba 5mil y debia descargar el 110 una suma minima en facturas, ahora trabajo consultor de linea con el rc-iva 610 y ahi me sale que tengo que descargar muchisimo como el 100% de lo que gano ya que no es mucha diferencia con lo que ganaba como dependiente porque puede ser tan diferente? gracias de antemano
Estimado Lic. Javier
Visite e link ahi hablamos acerca de los consultores en linea.
Estimado Lic;
Estoy como consultor, saque el NIT me entregaron una tarjeta y me explicaron que debo llenar el formulario 610, ingrese a la oficina virtual habilite la tarjeta, ingrese al portal newton y llene la declaracion jurada en el formualario 610 y lo envie , me dieron el numero de operacion y todo bien hasta ahi, mi pregunta es que pasa con el formulario 110, debo enviarlo tambien, por que medio? pues por newton no es, y por el link a davinci no carga nada.
Atento a su respuesta. le agaradezco su gentileza.
NO ME QUEDO CLARO OSEA SI TENGO 90 EMPLEADOS Y SOLO UNO ES ALCANZADO POR RC-IVA TENGO ENVIAR LA PLANILLA TRIBUTARIA POR LOS 90 Y SOLO RECEPCIONAR DE 1 EL FORM 110
Me temo que sí, Eduardo, pues en la constancia del RC IVA enviado, aparecen los datos de: total empleados, total alcanzados, y esto debería coincidir con la planilla.
Me temo que sí, Eduardo, pues en la constancia del RC enviado, aparecen los datos de: total empleados, total alcanzados, y esto debería coincidir con la planilla.
Distinguido Lic., favor responder a siguiente consulta:
cuando se llena el formulario 608 el sistema automaticamente calcula el 13% del debito fiscal sin discriminar que en la planilla impositiva rc-iva existen personas cuya base imponible es 0, ejemplo sueldo neto 31.331 minimo imponible 24.000 13% base imponible s/g davinci 953 pero en la plla es 1.254 debido a que 2 smn superan el sueldo neto de alguns trabajadores y no se colocan saldos negativos en la plaa si no se los deja en cero, por tanto si se llena el formulario habra diferencia con la plla impositiva, que se debe hacer en estos casos?
Gracias por su atención
Rosario, en efecto, es un problema en realidad del Form 608, en sus funciones internas de cálculo. Lo que nosotros hacemos es dejarlo como lo calcula el 608, mal. pero nosotros tenemos los respaldos de la planilla tributaria y enviado del RC IVA al Newton bien, así que no hay de qué temer, es una falla del 608 que escapa de nuestras manos y es responsabilidad del SIN pues tampoco lo podemos modificar.
Como empleado, al momento de entregar mi formulario, tengo que firmar todas mis facturas? hay alguna resolución?
Al respecto no se especifica en la RND, pero sí se lo hace en señal de entrega.
Como empleado, las facturas de luz y agua, Cual es la fecha que se tiene que introducir en el formulario 110? (emisión, pago).
Estimado Lic. Alexander
Se tiene que tomar el período al que hace referencia la factura
ES UN HONOR PODER CONTAR CON UN SERVICIO ASI…FELICITACIONES