Tipos de impuestos y definición. Para tenerlo siempre presente.
[table_of_contents]Definir los tipos de impuestos que aplican en los Impuestos Nacionales es el objeto de este post. A veces podemos mecanizarnos en la contabilidad pero es necesario recordar la definición de tributos, impuestos, regalías, tasas, en definitiva, las clases de impuestos.
Impuestos
Según la doctrina clásica, los impuestos son los ingresos dirigidos a financiar los servicios denominados indivisibles, en los que todos los ciudadanos resultaban beneficiados, frente a las tasas en que únicamente eran beneficiados los solicitantes del servicio prestado por la administración de Gobierno.
Clases de impuestos: se los puede dividir según el punto de vista:
- personales y reales
- subjetivos y objetivos
- periódicos e instantáneos
- directos e indirectos (IUE es directo, IVA indirecto)
Tasas
Son los tributos cuyo fin consiste en:
- la utilización del dominio público en la prestación de servicios o
- La realización de actividades en régimen de Derecho público que se refieran, afecten o beneficien a los sujetos pasivos, siempre que: su solicitud no sea voluntaria –> obligatoria
- Cuando venga impuesta por disposiciones legales o reglamentarias.
- Cuando los bienes, servicios o actividades requeridos sean imprescindibles para la vida privada o social del solicitante. siempre que no se preste o realice por el sector privado
- En caso contrario es el precio de un servicio público
Contribuciones especiales
Son los tributos cuyo fin consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos
Entones el principal criterio para diferenciar algunos gastos deducibles, por ejemplo, es saber diferenciar entre impuestos, tasa y contribución. Se diferencian según la naturaleza de sus fines, según la actividad administrativa y si los impuestos se aplican en forma de interés general o particular.
Otras definiciones
Para la aplicación de estos tributos se sobreentienden las siguientes definiciones:
Hecho Imponible es el tributo «afectado» (coste obra o servicio)
Sujetos Pasivos, son las personas especialmente beneficiadas (nexo causal)
Base Imponible: repercutible hasta el 90% del coste de la obra/servicio
Es un breve repaso a algunas definiciones que siempre debemos tener en cuenta, sobre todo los tipos de impuestos o clases de impuestos.
Escrito por: Roberto Caceres
Estimado Roberto
Si yo tengo que pagar un monto x por varios timbres, los registro contablemente en el gastos??? es gastos deducible???
mil gracias por su ayuda
Estimado Lic. Erick, visite este link para mayor información.