¿Necesitas pausar temporalmente tu negocio pero no sabes cómo suspender tu NIT? En esta guía te mostramos el procedimiento completo para realizar la suspensión de actividades económicas en línea por el SIAT.

Sin salir de casa. Conocerás qué implica este trámite, quiénes pueden hacerlo virtualmente y los pasos exactos para realizarlo correctamente.
Introducción al tema
¿Qué es exactamente la suspensión de actividades?
Es un procedimiento que te permite «congelar» temporalmente todas tus actividades económicas registradas en el RNC (Registro Nacional de Contribuyentes). Es como poner tu negocio en «modo avión» ante el SIN.
Tipos de Suspensión
Según la normativa vigente, existen dos modalidades en la Suspensión de Actividad Económica:
- Suspensión Solicitada: La realizas tú mismo, cuando decides pausar tu negocio
- Suspensión Automática: La aplica el SIN cuando detecta inactividad prolongada
En este artículo nos enfocamos en la suspensión solicitada, que ahora puedes hacer completamente en línea.
Suspensión de Actividad Económica Solicitada
Procedimiento por el cual las personas naturales y empresas unipersonales pueden suspender temporalmente, el desarrollo de todas sus actividades económicas.
Para realizar la solicitud de suspensión el sujeto pasivo o Tercero Responsable debe apersonarse a la Plataforma de Recaudación y Empadronamiento de cualquier dependencia operativa a nivel nacional, portando su Documento de identificación original.
Realizada la suspensión de sus Actividades Económicas registradas en el RNC, también se suspende la vigencia de las obligaciones tributarias, la autorización y emisión de notas fiscales a partir de esa fecha, debiendo el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable cumplir con sus obligaciones pendientes determinadas o por determinar.
Si en el momento de la solicitud de suspensión de actividad el NIT presenta marcas de control, el trámite será rechazado, hasta que se regularicen las observaciones.
La suspensión de las actividades económicas sea esta “Solicitada o Automática”, implica que el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable no puede realizar ninguna actividad comercial, en caso evidenciarse este hecho, se tendrá como no inscrito y se aplicará la sanción prevista en el Artículo 163 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, sin perjuicio de que la Administración Tributaria en uso de sus atribuciones determine las obligaciones tributarias incumplidas por el contribuyente.
Cuando el contribuyente vuelva a desarrollar su actividad económica, debe habilitarla nuevamente en el RNC apersonándose a la Plataforma de Recaudación y Empadronamiento de cualquier dependencia operativa a nivel nacional, portando su Documento de identificación original. Una vez habilitada su actividad económica se activan nuevamente las obligaciones tributarias.
Normativa base:
conforme la RND 102500000017 ahora es suspensión de actividades económicas, esto durante el tiempo que usted lo requiera
Suspensión de actividades económicas en línea:.
Ahora puedes realizar esta solicitud de manera virtual tú mismo por el SIAT si eres persona natural o empresa unipersonal.
Pero qué pasa con las empresas jurídicas como las Empresa SRL, pues para las empresas SRL en el SIAT, no les aparecerá la opción para realizar esta solicitud de manera virtual, ellos deben realizarlo de manera presencial en oficinas del SIN, directamente.
Puntos relevantes de este tema:
Al momento de realizar la suspensión, se activan automáticamente las siguientes condiciones:
1. Suspensión Total de Actividades
Se suspenden todas tus actividades económicas registradas en el NIT: tanto la actividad principal como las complementarias.
2. Bloqueo de Facturación
A partir de la fecha. No podrás:
- Emitir facturas en ninguna modalidad
- Solicitar autorización de nuevos documentos fiscales
3. Inhabilitación de talonario
Usar talonarios de facturas manuales (quedan inhabilitados)
Nota importante: Si tienes facturas manuales vigentes, cualquier documento emitido después de la fecha de suspensión no tendrá validez tributaria. En ese caso, debes registrarlas como inutilizadas.
4. Pausa de Obligaciones Tributarias
Dejas de tener la obligación de presentar:
- Declaraciones Juradas mensuales
- Registro de Compras y Ventas (RCV)
- Formularios trimestrales o anuales
Esto aplica desde el siguiente periodo a la fecha de suspensión.
5. Obligación de Cumplir Pendientes
Muy importante: Debes cumplir con todas las obligaciones tributarias vigentes hasta el periodo actual. El incumplimiento genera multas y sanciones.
6. Restricción de Modificaciones en el RNC
No podrás modificar datos en el Registro Nacional de Contribuyentes mientras estés suspendido. (Queda bloqueada la opción de modificación de datos de RNC a partir de la fecha)
7. No todos pueden realizar este trámite en línea «Suspensión de Actividad Económica Solicitada»
¿Quiénes Pueden Suspender en Línea y Quiénes No?
✅ Pueden suspender en línea:
- Personas Naturales con NIT propio
- Empresas Unipersonales
❌ NO pueden suspender en línea (deben ir presencialmente):
- Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL)
- Sociedades Anónimas (S.A.)
- Cualquier otra persona jurídica
Si tienes una SRL o empresa jurídica, debes realizar este trámite presencialmente en cualquier oficina del SIN a nivel nacional.
Paso a paso Procedimiento en línea
Para realizar la suspensión de todas las actividades económicas en línea (persona natural o empresa unipersonal) debe seguir los siguientes pasos:
Paso 1: Ingresa al Portal del SIN
- Dirígete a www.impuestos.gob.bo
- Haz clic en «SIAT en línea»
- Selecciona «Sistema Integrado de la Administración Tributaria»


Paso 2: Inicia Sesión con tus Credenciales
Ingresa los siguientes datos:
- NIT
- Correo electrónico registrado
- Contraseña
- Pulsa «Ingresar»

Paso 3: Accede al Registro Nacional de Contribuyentes
- Dirígete al módulo «Registro Nacional de Contribuyentes»
- Haz clic en «Información del Contribuyente»

Paso 4: Selecciona la Opción de Suspensión
- En el menú del lado izquierdo, busca y selecciona «Suspensión de Actividades»
- El sistema mostrará tus datos actuales:
- Número de Identificación Tributaria
- Tipo de contribuyente
- Régimen tributario
- Estado del contribuyente
- Estado de la actividad: debe figurar como «Vigente»
- Razón social
- Fecha de inscripción
- Fecha de última rehabilitación


Paso 5: Revisa las Condiciones de Suspensión
El sistema desplegará automáticamente las 7 condiciones que se aplicarán con la suspensión (explicadas en la sección anterior). Lee cuidadosamente cada una.

Paso 6: Acepta Términos y Confirma
- Marca la casilla «Acepto los términos y condiciones para la suspensión de actividad económica»
- Se habilitará el botón «Solicitar Suspensión de Actividad Económica»
- Haz clic en este botón
- Acepta la notificación de confirmación que aparecerá


Paso 7: Verifica que la Suspensión se Realizó Correctamente
- En el menú izquierdo, pulsa nuevamente «Información del Contribuyente»
- Verifica que el Estado de la Actividad ahora figure como «SUSPENDIDO»
- Revisa que aparezca la fecha de suspensión


¡Listo! Tu suspensión se realizó exitosamente.
Preguntas frecuentes:
¿No me sale esa opción de suspensión de actividades?
R.-La suspensión de actividades para las jurídicas es presencial.
La suspensión es igual a inactivar el nit, hasta que requiere volver a utilizar??
R.- Respecto a su consulta, conforme la RND 102500000017 ahora es suspensión de actividades económicas, esto durante el tiempo que usted lo requiera.
¿Cuánto tiempo puedo mantener mi NIT suspendido?
Según la RND 102500000017, puedes mantener la suspensión durante el tiempo que lo requieras. No hay un plazo máximo establecido.
¿La suspensión es igual a dar de baja mi NIT?
No. La suspensión es temporal y reversible. La baja de NIT es definitiva. Con la suspensión simplemente «pausas» tu actividad y puedes reactivarla cuando desees.
¿Puedo suspender solo algunas actividades y mantener otras activas?
No. La suspensión aplica a todas las actividades económicas registradas en tu NIT: la principal y todas las complementarias.
¿Puedo hacer la suspensión en línea si tengo una SRL?
No. Las personas jurídicas (SRL, S.A., etc.) deben realizar el trámite presencialmente en oficinas del SIN.
¿Debo pagar algo por la suspensión?
No, el trámite de suspensión es gratuito.
¿Qué pasa si emito una factura manual estando suspendido?
La factura no tendrá validez tributaria, cualquier documento emitido después de la fecha de suspensión no tendrá validez tributaria. En ese caso, debes registrarlas como inutilizadas.
¿Te fue útil esta guía? Si tienes dudas sobre la suspensión de actividades o necesitas asesoría tributaria personalizada, déjanos tus comentarios o contáctanos.