Solución a declaracion con monto demas por equivocacion

error.declaracion,formulario

Solución a declaracion con monto demas por equivocacion

Planteamos a continuación un caso de declaración con monto demas en los formularios, en vista a la solicitud de uno de nuestros lectores, que nos comentó:

Al llenar el formulario 400 con una venta de 7830 me olvidé borrar el cero que tiene por defecto y se declaró 78300 lo cual me generó una gran diferencia, ahora no sé qué hacer.

Este error de declaración en demasía puede darse por considerar de nuestra parte un cero de los centavos, o por el cero en defecto que aparece en el formulario del portal Newton.

En el siguiente caso de estudio con uno de nuestros clientes mencionamos los cuidados que debemos tomar y nuestro derecho a defensa en caso de fiscalización.

El error del contribuyente

El contribuyente tiene como actividad principal venta de servicios.

Los del SIN realizaron fiscalización y determinaron una multa de 23.270 UFVS por omisión de pago, correspondiente a retenciones del IT Nov 20XX  en aplicación de los artículos 165 de la Ley 2492 y 42 del DS 27310 y emitieron una Resolución Sancionatoria.

El contribuyente se apersonó ante la ARIT (Autoridad Regional de Impugnación Tributaria) para interponer un Recurso de Alzada contra la Resolución sancionatoria emitida por el SIN bajo los siguientes argumentos.

Argumentos del Contribuyente

En una ocasión solicitó servicios de un proveedor. El mismo  no le emitió factura por el servicio y el contribuyente realizo las retenciones del  IT sobre el monto de Bs 2.954.- el cual llego a declarar en el Form 410. Por un error involuntario se declaró, sin embargo, por un monto de Bs 29.540.- existiendo el (0) cero demás.

Cuando el contribuyente se dio cuenta del error que hubo solicitó al SIN la autorización para rectificar la declaración jurada Form 410 correspondiente a retenciones IT. De cual no tuvo respuesta por parte del SIN. (Aquí mencionamos el proceso que implica solicitar una rectificación en contra del SIN o devolución de pagos en exceso)

Argumentos de la administración tributaria

El SIN por su parte argumentó a lo expuesto por el contribuyente que, si bien realizó la retención respectiva, ésta la declaró en el formulario 410 y el mismo tiene carácter de declaración jurada y así presumiendo el fiel reflejo de la verdad tomando como importe Bs 29.540.- Por lo expuesto y en aplicación Art 165 Ley 2492 corresponde con una sanción del 100% del tributo omitido por omisión de pago.

Así también aclara que la Declaración Jurada Ratificatoria sustituye a la original, siempre y cuando antes de su presentación, sea aprobada por el SIN lo que no ocurrió por lo que la Declaración Jurada original se mantiene subsistente.

Análisis de la Autoridad Regional de Impugnación tributaria

Ante este hecho suscitado la ARIT señaló que se hizo un análisis y revisión de la documentación presentada por las partes y en la cual se evidencia que el SIN emitió la Resolución Sancionatoria sin atender previamente a la  solicitud de autorización planteada por el contribuyente para rectificar la Declaración Jurada  Form 410 IT.

Incumpliendo lo señalado por los Art  78 Ley 2492 y 28 del DS 27310, modificado por el Art. 12 – II del DS 27874. Por tanto el SIN al no responder a la solicitud planteada por el contribuyente vulneró su derecho a la defensa, según Art. 78 Ley 2492.

La ARIT entonces resolvió ANULAR la Resolución emitida por el SIN contra el contribuyente, hasta que el SIN dé respuesta a la solicitud planteada para rectificar la Declaración Jurada F-410 por concepto de retenciones del IT Nov-20XX en cumplimiento a la disposición del Art. 28 – II del DS 27310.

Moraleja

Si existe un pago en exceso o una declaración jurada con pago en demasía o con monto demás, es necesario solicitar al SIN la autorización de la rectificación en el menor tiempo posible.

Website | + posts

Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

2 comentarios en «Solución a declaracion con monto demas por equivocacion»

  1. Que sucede si yo declare 100 bs por demas en newton osea registre una factura de venta 2 veces, debo hacer mi rectificatorio o dejarlo alli y evitarme pagar una multa.???

Los comentarios están cerrados.

Recibe noticias tributarias
........
Solo coloca tu email y te mantendremos actualizado
SUSCRIBIRSE
close-link
Descarga la herramienta
Accede con tu email a todas las descargas y suscribirte
DESCARGAR