
Inscribirse en el SEPREC es obligatorio ¿para quiénes? ¿Cuál es la normativa? Y en consecuencia, ¿quiénes no están obligados a los trámites en SEPREC?
Según el Art. 27 del Código de Comercio, el Registro de Comercio es una entidad que registra la matrícula, los actos y contratos de los comerciantes.
Hay que recordar que el Código de Comercio es de 1977 (Gobierno de Bánzer), y hasta inicios de este siglo la entidad de Registro de Comercio se llamaba SENAREC (Servicio de Registro de Comercio).
Luego se configuró la posibilidad de traspasar ese servicio a una entidad privada, para que sea más eficiente. Es así que surgió FUNDEMPRESA, y se adjudicó el servicio hasta inicios de 2022.
Ahora el SEPREC (Servicio Plurinacional de Registro de Comercio), según la Ley 1389 que lo creó, empezó a operar desde abril de 2022.
Matrícula, actos y contratos de los comerciantes
Como dice el Código de Comercio:
Art. 27.- (OBJETO DEL REGISTRO). El Registro de Comercio tiene por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y la inscripción de todos los actos, contratos y documentos respecto de los cuales la Ley establece esta formalidad.
Entonces las personas obligadas a hacer trámites en SEPREC son los comerciantes.
¿Quiénes tienen calidad de Comerciantes?
Aquí estamos ya en los campos del Derecho Comercial o Derecho Mercantil. Que es una rama del derecho privado.
En resumen: las personas comerciantes son aquellas personas naturales o jurídicas que son capaces de realizar un acto comercial típico. (con palabras de Ricardo Ramiro Tola Fernandez, Derecho Comercial, pág. 18. Ediciones San José, La Paz, 2011)
Y el Código de Comercio dice cuáles son los actos comerciales.
Por ejemplo las actividades agrícolas no son actos comerciales. En consecuencia, alguien que se dedica directamente a tal actividad no es comerciante, siempre y cuando no sea a escala empresarial
Si la persona realiza esa actividad que no es considerada un acto comercial, entonces no es comerciante; en consecuencia no tiene obligación de hacer trámites en SEPREC.
Según el art. 80 del Código de comercio, se consideran como:
Actos Comerciales
El artículo 6 del Código de Comercio habla de los actos comerciales:
1) La compra de mercaderías o bienes muebles destinados a su venta en el mismo estado o después de alguna transformación, y la subsecuente enajenación de ellos, así como su permuta;
2) La adquisición o alquiler de maquinaria en general o implementos para alquilarlos o subalquilarlos y el alquiler o subalquiler de los mismos;
3) La compra venta de una empresa mercantil o establecimiento comercial o la enajenación de acciones, cuotas o partes de interés del fondo social;
4) La recepción de dinero en préstamo o mutuo con garantía o sin ella, para proporcionarlo en préstamo a interés y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente préstamos de dinero a interés;
5) La compra o permuta de títulos-valores públicos o privados, con el ánimo de negociarlos y el giro, otorgamiento, aceptación o negociación de los mismos;
6) Las operaciones de bolsa, de rematadores, el corretaje, las comisiones y la representación o agencias de firmas nacionales o extranjeras;
7) Las fianzas, avales y otras garantías otorgadas en actos y operaciones mercantiles;
8) La actividad empresarial de las entidades que medien habitualmente entre la oferta y la demanda publica de recursos financieros, así como las operaciones y servicios de intermediación de las mismas, y el cambio de monedas;
9) La actividad empresarial de entidades de seguros a prima o mutuos, sobre daños patrimoniales y personas.
10) La actividad industrial dedicada a la fabricación de bienes mediante la transformación de materias primas, adquiridas o de propia producción;
11) La actividad empresarial de transporte de personas o cosas a título oneroso, cualquiera sea la vía o medio utilizado; así como la del ramo de comunicaciones;
12) La actividad empresarial de depósito de mercaderías y bienes, así como de suministros;
13) La actividad empresarial de hoteles, pensiones, residenciales, restaurantes, bares, cafés, espectáculos públicos y otros establecimientos semejantes;
14) La actividad empresarial de publicación de periódicos, editoriales, tipografías, fotografías, multicopias, librerías, noticias, informaciones y propaganda;
15) La actividad empresarial de sanatorios, clínicas, farmacias y otras similares, incluyendo las funerarias;
16) La actividad empresarial de construcciones y edificaciones en general comprendiendo las dedicadas a montajes, instalaciones y otros;
17) La actividad empresarial dedicada a la industria extractiva, así como al aprovechamiento y explotación de recursos naturales renovables y no renovables:
18) La actividad empresarial de promoción de negocios o de su administración;
19) Las empresas privadas dé educación y enseñanza organizadas con fines de lucro;
20) Las actividades bancarias;
21) Los demás actos y contratos regulados por este Código. (Código de Comercio: vigente desde el 1º de enero de 1978)
Actos no comerciales:
Según el Art. 8, no son actos comerciales:
1) La producción y negociación que hacen directamente los agricultores, ganaderos, avicultores y otros similares de los frutos y productos de sus cosechas, ganados, aves y otros, a menos que tal producción y negociación constituya, por sí misma, una actividad empresarial.
2) La prestación directa de servicios por los profesionales, así como la creación científica o artística y su enajenación por su autor;
3) Los trabajos u oficios manuales o de servicio de los artesanos, obreros y otros, establecidos sin condición de empresarios y cuya subsistencia depende del producto de aquéllos;
4) Las pensiones familiares atendidas personalmente por su propietario, cuando éste realice esa actividad como un medio de subsistencia;
5) La adquisición de frutos, mercaderías y otros bienes con destino al consumo o uso del adquirente o el ofrecimiento ocasional de cualquier excedente, y
6) La adquisición y disposición de bienes inmuebles, salvo la ejercida por empresas dedicadas habitualmente a ese giro.
El profesional independiente
Por eso es que por ejemplo, según el punto 2 del art. 8, los profesionales independientes que sacan su NIT no son comerciantes, en consecuencia no tienen que ir a SEPREC y tampoco ninguna entidad le pueden pedir ese registro.
Organizaciones no Gubernamentales
Ya que las ONG y no lucrativas, en la medida que no tengan actos comerciales (del art. 6), no están obligadas a hacer trámites en SEPREC.
Otros aspectos relacionados
El problema del IUE
Muchas entidades No lucrativas pagan el IUE (Impuesto a las Utilidades de las Empresas) porque no lograron tramitar su exención. Si bien no están obligadas a registrarse al SEPREC, según sus estatutos, sin embargo puede ser que el SIN no haya aceptado su calidad de no lucrativa y aún pague el IUE.
Esta calidad de no lucrativa debería avalarla el SEPREC. O sea, si bien registra a los comerciantes, también debería decir quiénes no son comerciantes, como ente responsable en la materia.
IUE cambia a RC IVA para profesionales independientes
El IUE es para las Empresas, por eso se llama IUE (Impuesto a las Utilidades de las Empresas), sin embargo los profesionales independientes –siendo personas que no se dedican a una actividad comercial, según el Código de Comercio–, pagan el IUE.
Lo correcto es que paguen el RC-IVA que es un impuesto a la renta para personas naturales.
Seguramente es la intención del Proyecto de Ley 256-21 que modifica el Código Tributario y Ley 843, del cual hablaremos una vez se promulgue.
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.
Buenas tardes en el caso que se constituya una SAM Sociedad Anónima Mixta, entre una universidad estatal y una ONG, esa SAM debe tener SEPREC? y presentar el mismo en licitación con el Estado, como ejm los municipios?
Hola Rafael, sí, al ser comerciales se registran en el SEPREC, aquí algunas generales: https://www.seprec.gob.bo/index.php/tramite5/
Las Universidades Públicas tienen que tener SEPREC???
Nop ya que no son comerciantes, según el código de Comercio.
Buen día. Las farmacias deben inscribirse a Seprec..???
Tengo entendido que eso estaba en un análisis pero revisando el articulo me sale que las farmacias estamos contemplados dentro de comercio.
Hasta cuando es el plazo para registrarse ?
Buenas tardes. En relación a su consulta, es importante señalar que sí es necesario que realice la inscripción correspondiente. El registro debe realizarse antes del inicio de operaciones de su empresa. Para regularizar su situación, le recomendaría acercarse a SEPREC para cumplir con los requisitos y procedimientos necesarios.
cuales son las obligaciones periódicas de una empresa registrada en el seprec?
Debe llevar los Libros Obligatorios de Contabilidad: Libro Diario, Mayor, de Inventarios y Balances, conforme establece el artículo 37 del Código de Comercio.
Saludos Lic, una consulta: es necesario tener seprec por sucursal? la aemp es la que fiscaliza esa parte?
Estimado Luis, no si tienes tus estados financieros consolidados en uno.
Genial el articulo, de que manera estamos seguros de nuestro alcance como profesionales y no es Necesario estar Inscritos ante el SEPREC.
Thank very much colega Roberto Caceres
Un gusto, Omar!
Una cooperativa de salud que en sus estatutos indica que es sin fines de lucro tendria que tener SEPREC o no
No debería estar obligada
en que normativa dice que las cooperativas no tienen el Registro de Comercio o SEPREC
en el código de comercio, el SEPREC es solo para comerciantes.
Buenas tardes, si una empresa srl está sin movimiento hace 7 años, pero se sigue actualizando matrícula y la gestión 2020 se actualizo en noviembre del 2021 y no así en agosto
Me sanciona la aemp?
Gracias por su aclaracion
Sí, porque no le avisó o cerró la matrícula, se entiende que sigue en curso. Aquí los requisitos: https://www.seprec.gob.bo/index.php/tramite40/
DR. EN CASO DE UN COCIDEPRO no esta obligado a tener el SEPREC y por que?
Hola Rubén, un COCIDEPRO creo es Comité Cívico de Desarrollo y Progreso, no está obligado a registrarse en SEPREC, porque no es una entidad comercial. No es .com sino .org. digamos. (Solo dime Roberto, no soy aun dr, pero es una buena idea 🙂
DR. EN CASO DE UN COCIDEPRO no esta obligado a tener el SEPREC y por que?
Comité Cívico de Desarrollo y Progreso no es una entidad comercial
Estimado Roberto Caceres, en el caso de las cooperativas deben o no realizar el tramite de SEPREC, en Fundempresa NO estaban obligados por que recibían control por parte de la Afcoop. En este caso igual no están obligados las cooperativas ??
muchas gracias,
Saludos.
No lo estarían pues no son comerciantes
Hola buenas tardes yo soy artesano elaboró muebles y los vendo y tengo nit simplificado ahora quieren cambiarme al general para q me lo puedan actualizar mi funde presa o seprec
hola, si es simplificado no necesita seprec. A menos que le hayan pedido alguno de sus clientes, tendría que darse de alta como unipersonal para ya tener la matrícula de comercio. Y claro, ya pagar el IUE, IVA, IT y presentar estados financieros, como cualquier empresa.
Gracias, fue útil. Necesito saber si entidades como el «Colegio La Salle» particular está en la obligacion de pagar desaucio y la primas a sus empleados. La Salle como entidad educativa privada y particular gana millonadas de dinero en los departamentos que da servicios educativos. Como ejemplo: Trabajé mas de 10 años con un promedio de 43 estudiantes por año. Aquí en Tarija La Salle cobra mas de 950 Bs. mensual por estudiante. La salle con 4 a 7 pensiones por estudiante paga el sueldo al maestro y con 2 a 3 pensiones mas paga los demas gastos; con un total de 10 pensiones por estudiante, creo que paga todo y tendría la desmarcada utilidad del pago de 35 pensiones.
Trabajé 10 años y me terminaron el contrato de Relación Laboral, despido intempestivo, solo depositando 12.000 Bs. No firmé la aceptación del finiquito por despido y no quicieron darme su número de cuenta para devolverles su dinero. Entonces fui al Ministerio de Trabajo para que me restituyan a mi fuente laboral y por motivos de salud no pude estar en la audiencia; por esto el inspector cerró el caso y me dijo que no puede volver a abrir el caso. Así están obrando La Salle y el Ministerio de Trabajo aquí en Tarija.
Gracias…
Si alguien puede ayudarme con mas información, le estaré agradecido. Mi número de celular es 74550076 y baldomirogallardo@gmail.com
Hola, Baldomiro, habría que ver qué tipo de entidad es. Si, creo que es, una entidad sin fines de lucro, paga igual los beneficios sociales, y también la prima. Aquí hablamos al respecto: https://boliviaimpuestos.com/prima-anual-y-las-utilidades/
Mi matricula vence el 20 noviembre 2022, el cierre de mi gestion es el 30 de junio
Está vigente mi matricula?
Cuando debo actualizar?
Hola Fernando, en su caso debe actualizar según lo que indicamos aquí: https://boliviaimpuestos.com/matricula-de-comercio-en-seprec/
Muy buen dato. Saludos Lic, mil gracias.
Excelente información Licenciado. Gracias.
Un saludo, Noelia!