Segunda prórroga ante COVID por impuestos de 2020, revisa qué obligaciones se postegan

El SIN ha emitido una segunda resolución normativa postergando la presentación de obligaciones tributarias durante la cuarentena por COVID-19.

Se trata de la RND 1020-9 (descargar aquí) donde se posterga lo siguiente:

ObligacionesNuevos vencimientos
Estados Financieros (No el form 500, 510,520)Se posterga la presentación de Estados Financieros en físico y digital, Memoria Anual, Información Tributaria Complementaria e información de Precios de Transferencia, hasta el 12 de junio 2020
Form. 110 dependienteEl Form. 110 de dependientes de los meses de abril y mayo hasta el 20 de junio 2020
Planilla Tributaria V2 EmpleadoresDe abril y mayo enviar junto al mes de Junio de 2020.
Cuotas de plan de pagosSe amplía el pago de Facilidades de Pago meses abril y mayo hasta el 12 de junio
OtrosSe postergan también lo relacionado a CENOCREF, CEDEIM, Régimen Tributario Simplificado (ver la RND)

Formulario del IUE

La postergación en lo referente al IUE hasta 12 de Junio de 2020, no toma en cuenta el Formulario del IUE (500, 510, 520), entonces éstos se deben presentar y pagar hasta el 29 de Mayo de 2020.

Formulario IVA e IT

Los formularios del IVA e IT no se están postergando, entonces se quedan los vencimientos según la anterior postergación, esto es, de febrero y marzo a presentar junto con lo de abril.

Los LCV tampoco se están postergando.

Agentes de Retención RC IVA

Si bien la planilla tributaria se está postergando, sin embargo el Formulario 608 no se está postergando.

En realidad todos los formularios por pagos como agente de retención (dineros que se retienen de terceros) como ser Form. 608 y Retenciones; no se han postergado en ninguna Resolución del SIN.

Ver la 1ra resolución de postergación:

Adjuntamos algunas imágenes del SIN aclaratorias:

Website | + posts

Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

74 comentarios en «Segunda prórroga ante COVID por impuestos de 2020, revisa qué obligaciones se postegan»

  1. buenas tardes, la declaracion de julio del formulario 200 y 400 se segun la oficina virtual es hasta octubre, mi duda es: el envio de los libros de compra y venta mensuales es tambien hasta esa fecha?

  2. tengo facturas con fecha limite de emisión hasta agosto y no se utilizo…hay ampliación de la fecha limite de emisión?

  3. En esta cuarenta tengo entendido que como profesional independiente puedo descargar mis facturas de todo tipo supermercado, comida rápida, restaurantes, ropa, y no solamente con el rubro de profesión es cierto esta afirmación. Rubro es consultorio médico.

  4. Buen día, las facturas que ya vencieron en abri, junio hasta cuando puedo utilizarlas porque no puedo dosificar todavia

  5. Lic mi caso es que yo soy consultor individual y ya trabaje en mes de abril 2020 y por no estar activo mi NIT se puede retener un porcentaje del sueldo que me correspondia

  6. Lic. Buenas tardes en la mayoría de las ciudades continua la cuarentena y no tenemos seguridad de que pueda levantarse o ponerse en practica la cuarentena dinámica y en la última prorroga no están contemplados los form. del IUE así como también las demás obligaciones (IVA, IT, RC-IVA y LCV). que mantienen los vencimientos de la anterior normativa. No nos dara tiempo de hacer las respectivas declaraciones y presentaciones. Impuestos esta analizando otra prórroga?

  7. Lic . Como puedo activar mi NIT de consultor en Linea ya que empece a trabajar el 1 ro de Abril y me piden que realice mi declaración del form 610 atravez de la oficina virtual pero no tengo mi tarjeta MASI porque lo perdi y no puedo acceder a la plataforma ni para activar ni para realizar mi declaración del formulario 610

  8. Mil disculpas licenciado: Por la crisis que estamos pasando, no sería prudente que los pagos de las facilidades de pago para los meses de abril y mayo fueran eximidas y no solamente postergadas hasta junio?, esto por el tema de que lo que teníamos reservado para tales pagos fueron destinados para el consumo en la cuarentena.

  9. Lic.
    Buenas tardes, con la nueva normativa 10209, entiendo que si algunos de mis trabajadores tuviera en los meses de abril y mayo saldos a favor del fisco, no se les retendría en las planillas de sueldos pero si no presentara en junio sus 110 se le retendría en el mes de junio las retenciones acumuladas de los meses de abril y mayo ? es eso correcto? y el envío de cada planilla tributaria se hará por separado en julio es correcto? o si presentasen los formularios 110 de cada mes se tendrá que cambiar cada impositiva y solo en la planilla de junio descontar sus retenciones?

  10. Buenas tardes:

    Para el caso de los empleados Dependientes. Entiendo que existe una prorroga para la entrega de los formularios 110 RCIVA hasta Junio que aplica a los meses de Abril y Mayo.
    Es decir los empleadores deberian pagar el salario del mes de Abril y de Mayo sin realizar deduccion de impuestos y estas seran realizadas en el mes de Junio. Es eso correcto ?

    Que pasa con el mes de Marzo, que fue donde se inicio la pandemia ? En ese mes se deberia de haber presentando el formularios RCIVA 110 de forma normal, existe tambien prorroga o como procede ? sin el empleador realizos los descuentos por RCIVA que se debe hacer ?

  11. Buenas noches Lic una consulta cuando debo declarar mi iue form 500 y II0 PORFA ES HASTA EL 28 DE MAYO ME REFIERO LA DECLARACIÓN JURADA

  12. Buenas noches Lic una consulta cuando debo declarar mi iue form 500 y II0 PORFA ES HASTA EL 28 DE MAYO ME REFIERO LA DECLARACIÓN JURADA

  13. Buenas tardes Lic una consulta hasta cuando debo declarar por la oficina virtual el form 5I0 y el II0 soy profesional independiente

  14. Buenas noches Lic una consulta hasta cuando debo declarar por la oficina virtual el form 5I0 y el II0 soy profesional independiente

  15. Buenas noches Lic. a la fecha no se conoce prorroga para emisión de facturas que ya hubiesen cumplido su fecha límite de emisión?; consulto esto ya que un grupo mínimo de contribuyentes siguen trabajando pero ya su talonario se venció.

    • Hola Franz, sí, aun no hay una aclaración al respecto, supongo ya sale, pero hay multa de 50 fact en adelante si se emiten así.(De 51 a 100 facturas 50 UFV, De 101 a 1.000 facturas 100 UFV, De 1.001 a 10.000 facturas 300 UFV, De 10.001 facturas en adelante 500 UFV) quiza considerar nomas pagar las multas que son progresivas o caso contratio adquirir un software para emision modalidad computarizada, nosotros por ej tenemos cuesta a 490 bs. Aquí están todas las características del software, precios y demo: https://boliviaimpuestos.com/menta-sistema-de-facturacion-computarizada/

      Bueno pero yo creo que sale pronto una RND que postegue y aclare esto (es que tiene que ve también con el nuevo sistema de facturación electrónica a implantarse en junio y que quizá también se postergue, otra vez).

  16. Buenas tardes Lic. segun esta ultima resolucion del RC-IVA da a entender que se pague al personal sin descontar abril y mayo y recien el descuento lo voy a considerar en junio-2020, y si tengo que presentar el formulario 608 ya que para este no hay prorroga como seria si necesito la planilla tributaria y al hacerlo me va salir a descontar automaticamente.
    Y como seria el envio ya que se envia la planilla tributaria y el archivo de los exportados mes a mes , no esta claro

  17. Licenciado para el Formulario 501 v.2 IUE (Transportistas de carga interdepartamental), categorizados como NEWTON ESPECÍFICO – RESTO – PERSONA UNIPERSONAL – UNIPERSONAL, con el conflicto de esta pandemia, ¿Hasta cuando se tiene plazo para el llenado del Form. y el pago?

  18. Lic. Una consulta, para el pago del Formulario 501 del IUE (Transportistas de carga interdepartamental), categorizado como NEWTON ESPECIFICO – RESTO, con este problema de la pandemia, ¿Hasta cuando se tiene plazo para el llenado del Form. y el pago?

  19. Ola una consulta seria obligatorio hacer nuestra declaracion jurada de este 2 periodo trimestral de la presente gestion 2020 pese a la pandemia covid-19?

  20. Lic. Caseres los pagos de impuestos por retenciones de los formularios 570 -410-604 del mes de Marzo se amplia igual el plazo o debemos enviar en la fecha correspondiente para después rectificar

    • Hola Gerogina, los pagos por retenciones no se postergaron para nada, ya que son dineros de terceros que un agente de retención guarda para luego depositarlo. O sea no son «sus impuestos».

  21. Buenas noches licenciado, saqueme de duda los lcv de marzo 2020 tengo que enviarlo este mes? mi nit acaba en 13.

  22. Buenas, disculpe soy profesional independiente y tengo que enviar mi formulario IVA e IT de los meses de marzo y abril hasta que fecha tengo para pagar estos?

    • Hola Dana, sí, aun no hay una aclaración al respecto, supongo ya sale, pero hay multa de 50 fact en adelante si se emiten así.(De 51 a 100 facturas 50 UFV, De 101 a 1.000 facturas 100 UFV, De 1.001 a 10.000 facturas 300 UFV, De 10.001 facturas en adelante 500 UFV) quiza considerar nomas pagar las multas que son progresivas o caso contratio adquirir un software para emision modalidad computarizada, nosotros por ej tenemos cuesta a 490 bs. Aquí están todas las características del software, precios y demo: https://boliviaimpuestos.com/menta-sistema-de-facturacion-computarizada/

      Bueno pero yo creo que sale pronto una RND que postegue y aclare esto (es que tiene que ve también con el nuevo sistema de facturación electrónica a implantarse en junio y que quizá también se postergue, otra vez).

  23. Para la planilla que presentaré en el mes de junio por periodos de abril y mayo necesito los form 110 que me prestarán hasta el 20 de junio, a partir del 20 de junio podré presentar mi planilla de abril y mayo ????

  24. Buenas tardes, acá explica que los form 110 a ser presentados hasta el 20 de junio son de marzo y abril , sin embargo la resolución indica que son de periodos de abril y mayo, cual debería tomar en cuenta ???

  25. hoy 18 de abril tenia que hacer mi declaración IT 400 e IVA 200 correspondiente al mes de marzo 2020, hasta cuando tengo para presentar mi declaración? gracias

  26. Si bien para los agentes de retención retención rc iva se posterga el envío de la planilla tributaria y no así el 608 en caso de haber retenciones las fechas de vencimiento continúan las mismas? Como se hará el envío si para declarar el 608 tenemos que tener la planilla tributaria y no se la hizo porque estaban postergadas las fechas de envío
    El plazo de envío es cada 13 de mes como hago para el envío del 608 por favor

  27. No entiendo. ¿Pagaremos los impuestos o no? ¿Se debe presentar el informe de credito fiscal hasta cuando? Por favor aclaren.

  28. Como consulta esta presentación solonse posterga ynse debe presentar un acumulado de todos los meses?
    Ahora que la mayor cantidad de comercio es informal no te dan factura ejemplo rodriguez o gatita de lima, como se consigue contar con facturas para cubrír este tema?
    Gracias

  29. Las declaraciones mensuales el formulario 200 y 400 y el lcv yo declaro hasta cada 20 porfavor y me sacan de duda 76570222

  30. Buenas tardes, mi consulta Facilidades de pago de Febrero y Marzo se deben pagar 30/04/20 ? siendo que dice :Prorrogar hasta el 12 de junio de 2020 en la facilidades de pago que fenecerán el 30 de abril y segün la RND 1020-6 son los meses «Febrero y Marzo» Ahi mi duda ….Gracias

      • Consulto, si segun la RND1020-6 el vencimiento de Feb/20 y Mar/20 pasó al 30/4, y luego en la RND 1020-9 para todas las facilidades con vencimiento al 30/4 pasa al 12/6, entonces eso no incluiría tambien Feb/20?. Lo otro seria suponer que se tendría que declarar y pagar dentro el periodo de cuarentena. Por favor comentar, gracias!

  31. Buenas tardes, es una pena que no consideren que no existe liquidez, para pagar el IUE y los impuestos mensuales de febrero, marzo y abril. Se tiene que postergar estamos en cuarentena obligada, empresas cerradas y con obligaciones de todo tipo.

  32. Una consulta, de la narración, de que los sujetos pasivos mantengan un saldo a favor del fisco por los periodos de abril y/o mayo 2020, estos serán retenidos de su haber correspondiente al mes de junio.
    Esto quiere decir que en caso de que no tengan saldo a favor el dependiente, y no pudiendo presentar el formulario 110 v.3 al agente de retención se procederá a una determinacion de saldo a favor del fisco y en el mes de junio se deberá retener este saldo determinado, sin poder descontar las facturas a ser presentadas en el perido de junio a través del formulario 110 v.3 ?

  33. Estimado Lic. Esta significa que no presentaré mis formularios 110 de abril y mayo en la empresa que trabajo y como me harán el descuento mensual ya que yo gano 20.000 bs.
    O tengo que presentar mis formularios de abril y mayo en junio osea 3 formularios por separado
    Esa seria mi consulta le estaré muy agradecido por su respuesta

Los comentarios están cerrados.

Recibe noticias tributarias
........
Solo coloca tu email y te mantendremos actualizado
SUSCRIBIRSE
close-link
Descarga la herramienta
Accede con tu email a todas las descargas y suscribirte
DESCARGAR