RND 10-0032-12
AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL RÉGIMEN AGROPECUARIO UNIFICADO (RAU) – GESTIÓN 2011
VISTOS Y CONSIDERANDO:
La Paz, 27 de noviembre de 2012
Que de acuerdo a lo dispuesto por el Parágrafo III del Artículo 53 concordante con el Artículo 66 Numeral 7 del de la Ley 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente y con carácter general prórrogas de oficio para el pago de tributos.
Que el Artículo Único de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0024-12 de 21 de septiembre de 2012, actualiza para la gestión 2011 el valor de las Cuotas Fijas por Hectárea del Régimen Agropecuario Unificado (RAU), cuyo vencimiento se produce el 31 de octubre de 2012.
Que los sujetos pasivos del RAU mediante sus asociaciones y confederaciones, han solicitado ampliación de plazo para la presentación y pago de este impuesto, debido a que se encuentran en estado de emergencia por la sequia y el incremento de focos de calor e incendios, ocasionando graves daños y alteración en las condiciones normales de vida de los habitantes, conforme prevé el Decreto Departamental Nº 169/2012 de 7 de septiembre de 2012 y la Resolución de Gobernación Nº 143/2012 de 5 de octubre de 2012, emitidos por los Gobiernos Autónomos Departamentales de Santa Cruz y Beni respectivamente.
Que a efectos de lograr el cumplimiento voluntario de los sujetos pasivos comprendidos en el RAU para el pago de sus obligaciones tributarias, se hace necesario ampliar el plazo para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente señaladas,
RESUELVE:
Artículo Único.- Ampliar hasta el 28 de diciembre de 2012, el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y pago del impuesto al Régimen Agropecuario Unificado (RAU) correspondiente a la gestión fiscal 2011.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
Presidente Ejecutivo a.i.
Servicio de Impuestos Nacionales
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.