RND 10-0022-13

RND 10-0022-13

ALTA AUTOMÁTICA DEL IT – APLICACIÓN DE LA LEY Nº 366, LEY DEL LIBRO Y LA LECTURA “OSCAR ALFARO”

La Paz, 11 de junio de 2013

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, otorga a la Administración Tributaria la facultad de dictar normas administrativas de carácter general que permitan la aplicación de la normativa tributaria.

Que la Ley Nº 366 de 29 de abril de 2013, Ley del Libro y la Lectura “Oscar Alfaro”, tiene por objeto promover el ejercicio del derecho a la lectura y escritura en condiciones de libertad, equidad social y respeto a la diversidad de expresiones culturales, generando políticas públicas, planes y acciones de fomento a la escritura, lectura y acceso al libro, la creación cultural, literaria, académica y científica.

Que la Disposición Adicional Única de la citada Ley, modifica el Inciso h) del Artículo 76 de la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente), no considerando dentro la exención del pago del Impuesto a las Transacciones – IT, la edición de libros, diarios, publicaciones informativas en general, periódicos y revistas.

Que a efectos de una aplicación efectiva de la Disposición Adicional Única de la Ley Nº 366, es necesario identificar a los contribuyentes inscritos en el Padrón Nacional de Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales – SIN, que ya no están alcanzados por la exención del Impuesto a las Transacciones – IT, a objeto de que se actualice su registro con las características y obligaciones tributarias respectivas.

Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:

Artículo 1.- (Objeto). Actualizar en el Padrón Nacional de Contribuyentes el registro de aquellos contribuyentes que ya no se encuentran alcanzados por la exención del Impuesto a las Transacciones – IT, en aplicación de la Ley Nº 366 de 29 de abril de 2013, Ley del Libro y la Lectura “Oscar Alfaro”.

Artículo  2.-  (Alcance).  Todos los contribuyentes con NIT Activo Habilitado, que se encuentren registrados con la actividad de Edición de libros, folletos, periódicos y publicaciones periódicas.

Artículo 3.- (Alta Automática del IT). A partir del periodo fiscal Mayo/2013, se dará alta automática con la obligación tributaria del Impuesto a las Transacciones – IT, Formulario 400,  a los contribuyentes con la actividad mencionada en el Artículo 2 de la presente Norma, de acuerdo a Anexo adjunto.

Artículo 4.- (Reposición del certificado NIT). Los sujetos pasivos alcanzados por la presente Resolución Normativa de Directorio, deberán realizar el trámite de reposición del Certificado de Número de Identificación Tributaria, a través de la Oficina Virtual, previa actualización en el Padrón Biométrico Digital.

Regístrese, hágase saber y cúmplase.

Roberto Ugarte Quispaya

Presidente Ejecutivo a.i.

Servicio de Impuestos Nacionales

ANEXO

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0022-10

124035026 486656012 2845952017
124843021 749038017 2981036011
125170013 950002011 2996199015
125455028 957882011 3159666019
127189022 1002729024 3176484011
130845029 1002801029 3231073016
138977026 1002927025 3368970019
139041026 1003643029 3387563017
143106011 1004921028 3396407011
144558028 1006265028 3421774013
146764023 1006445022 3433366013
146826027 1012805026 3481646019
151492022 1012879020 3547740017
153978026 1019747023 3585411016
154320020 1020531027 3622336013
155854024 1020731025 3628122019
157546027 1020759029 3769999010
160712025 1021133025 3773850015
168508024 1027867029 3827326013
170170021 1029593023 3937721014
171010022 1029695020 4148506017
171638029 1067740015 4295018019
173810025 1115507013 4295126013
174862021 1117480014 4568823018
177058023 1119950016 4569599011
180064022 1255888014 4831258010
182090026 1388333010 4854728011
198792021 1529367011 5180169014
210606027 1650518019 5346476019
213234016 1709826018 5394444010
223002029 2229214015 6085485018
246918014 2521227012 6398841010
328566010 2624435013 9057008018
370553011 2698683017

 

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

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