RND 10-0021-09
La Paz, 23 diciembre 2009
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 106 de la Ley Nº 843 crea el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE), aplicable a las salidas por vía aérea al exterior de personas naturales residentes en Bolivia.
Que el Artículo 2 de la Ley Nº 2047 de 28 de enero de 2000, sustituyó el segundo párrafo del artículo 106 de la Ley Nº 843, estableciendo en Bs 120 (Ciento veinte 00/100 Bolivianos) el monto del impuesto, determinando que dicho monto será actualizado por la Administración Tributaria a partir del 1 de enero de cada año, de acuerdo a la variación del tipo de cambio en moneda nacional respecto al Dólar Estadounidense.
Que asimismo el Artículo 2 de la Ley Nº 2434 de 21 de diciembre de 2002, dispone que las alícuotas, valores, montos, patentes, tasas y contribuciones especiales establecidas en leyes, serán actualizadas respecto a la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), publicada por el Banco Central de Bolivia, correspondiendo actualizar el monto del Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE), considerando los parámetros de actualización previstos en la normativa legal precedentemente citada.
Que de conformidad al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de de 2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en ese entendido, el inciso a. del numeral 1. de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto así lo imponga.
POR TANTO:
La Presidenta Ejecutiva a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a. numeral 1) de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002 y elArtículo 10 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001.
RESUELVE:
Artículo Único.- El monto actualizado del Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) en Bs 227 (Doscientos Veintisiete 00/100 Bolivianos), será aplicable a partir del 1 de enero de 2010.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Marlene D. Ardaya Vásquez
PRESIDENTA EJECUTIVA a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.