Quieres sacar NIT, Aquí podrás ver los Requisitos para aperturar NIT en Bolivia.

Introducción
En Bolivia, es obligatorio contar con un Número de Identificación Tributaria (NIT) para realizar cualquier actividad económica alcanzada por el régimen impositivo. El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) es la entidad encargada de regular este proceso.
La inscripción al Padrón Biométrico Digital (PBD) se puede realizar:
- En línea a través de www.impuestos.gob.bo
- Presencialmente en las plataformas del SIN
Recomendación: Es preferible realizar el trámite de manera presencial, ya que es más rápido. El trámite en línea implica una visita INSITU posterior para verificar datos, la cual puede ocurrir dentro de los siguientes 5 días (por lo q no es de manera inmediata).
Requisitos según Actividad
Régimen general
A) Empresa Unipersonal
Servicio al Contribuyente
EMPRESA UNIPERSONAL
NORMATIVA: Ley 843 (Título I, III y VI), RND 10-0009-11, RND 10-0012-15, RND 10-0012-16 y RND 101700000022
- Documento de Identidad vigente.
- Factura o aviso de cobranza de luz del Domicilio Fiscal y Habitual (*), cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días (**).
- Croquis del Domicilio Fiscal y Habitual.
(**) Para zonas fronterizas y áreas rurales, podrá tener una antigüedad de 180 días.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
b) Empresa Jurídica
Servicio al Contribuyente
PERSONA JURÍDICA
NORMATIVA: Ley 843 (Título I, II, III y VI), RND 10-0009-11, RND 10-0012-15, RND 10-0012-16 y RND 101700000022
- Testimonio de Constitución de Sociedad/Personería Jurídica/Acta de Asamblea debidamente notariada.
- Poder Notariado que establezca las facultades del Representante Legal de la entidad.
- Documento de Identidad del Representante Legal.
- Factura o aviso de cobranza de luz del Domicilio Fiscal y Habitual del Representante Legal, cuya fecha de emisión no sea mayor a 60 días (*).
- Croquis del Domicilio Fiscal y del Domicilio Habitual del Representante Legal.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
c) Organismo no Gubernamental, Fundación, Asociación y/o Entidad Civil sin fines de lucro.
ORGANISMO NO GUBERNAMENTAL – FUNDACIÓN, ASOCIACIÓN Y/O ENTIDAD CIVIL SIN FINES DE LUCRO
NORMATIVA: Ley 843 (Título II y III), RND 10-0009-11, RND 10-0012-15 y RND 10-0012-16
- Testimonio de la Personalidad Jurídica protocolizado por la Notaría de Gobierno (la Fundación, Asociación y/o Entidad Civil sin fines de lucro, adicionalmente presentará los Estatutos Aprobados).
- Resolución Administrativa que acredita la Personalidad Jurídica otorgada por el Gobierno Autónomo Departamental.
- Poder Notariado que establezca las facultades del Representante Legal.
- Documento de Identidad vigente del Representante Legal.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Fiscal cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario (**) a la fecha de inscripción.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica (*) del Domicilio Habitual del Representante Legal, cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario (**) a la fecha de inscripción.
- Croquis del Domicilio Fiscal y del Domicilio Habitual del Representante Legal.
- En el caso de que tenga presencia en dos o más Departamentos se deberá presentar la Resolución Ministerial emitida por el Ministerio de Autonomías.
- Llenar el Formulario MASI 001 para obtener el Número de Trámite.
(**) Para zonas fronterizas y áreas rurales, podrá tener una antigüedad de 180 días.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
d)Profesional Independiente
Servicio al Contribuyente
PROFESIONAL U OFICIO INDEPENDIENTE
NORMATIVA: Ley 843 (Título I, II y VI), Ley 1448, D.S. 21530, D.S. 21531, D.S. 21532, D.S. 4850, RND 10-0009-11, RND 10-0012-15, RND 10-0012-16, RND 101700000022 y RND 102200000003
- Documento de Identidad vigente.
- La representación gráfica de la factura o aviso de cobranza del servicio de energia eléctrica del Domicilio Habitual(*), cuya fecha de emisión no sea mayor a 60 días(**).
- Croquis del Domicilio Fiscal y Habitual.
- Título Académico o en Provisión Nacional, a nivel técnico o profesional, cuando corresponda.
(**) Para zonas fronterizas y áreas rurales, podrá tener una antigüedad de 180 días.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
e) Consultor en Línea
Servicio al Contribuyente
CONSULTOR DE LÍNEA
NORMATIVA: Ley 843 (Título II), Ley 1448, D.S. 21531, D.S. 4850 y RND 102200000001
- Documento de Identidad vigente.
- La representación gráfica de la factura o aviso de cobranza del servicio de energia eléctrica del Domicilio Habitual(*), cuya fecha de emisión no sea mayor a 60 días(**).
- Croquis del Domicilio Habitual.
- Título Académico o en Provisión Nacional, a nivel técnico o profesional, cuando corresponda.
(**) Para zonas fronterizas y áreas rurales, podrá tener una antigüedad de 180 días.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
f) Alquileres
Servicio al Contribuyente
ALQUILER DE BIENES INMUEBLES
NORMATIVA: Ley 843 (Titulo I, II y VI), Ley 1448, D.S. 21530, D.S. 21531, D.S. 21532, D.S. 4850, RND 10-0009-11, RND 10-0012-15, RND 10-0012-16, RND 101700000022 y RND 102200000003
- Documento de Identidad vigente.
- La representación gráfica de la factura o aviso de cobranza del servicio de energia eléctrica del Domicilio Habitual(*), cuya fecha de emisión no sea mayor a 60 días(**).
- Croquis del Domicilio Habitual.
(**) Para zonas fronterizas y áreas rurales, podrá tener una antigüedad de 180 días.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
g) Anticréticos
¿Qué son los Contratos de Anticrético?
El Anticrético consiste en la cesión transitoria de un bien inmueble a cambio de una cantidad de dinero, lo que implica la celebración de un contrato Civil (registrado en Derechos Reales) entre el propietario del bien inmueble y el acreedor denominado anticresista.
El dinero entregado por el anticresista debe ser devuelto por el propietario después de un determinado lapso de tiempo (establecido en el contrato celebrado) para poder recuperar el bien inmueble.
¿Quiénes deben Inscribirse?
Tanto el propietario como el anticresista se constituyen en sujetos pasivos del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC – IVA) por lo que ambos deben obtener su Número de Identificación Tributaria (NIT).

Servicio al Contribuyente
ANTICRÉTICOS
¿QUIÉNES DEBEN INSCRIBIRSE?
Tanto el propietario como el anticresista se constituyen en sujetos pasivos del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC – IVA) por lo que ambos deben obtener su Número de Identificación Tributaria (NIT).
Para la obtención del NIT, deben presentar en oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales los siguientes requisitos:
- Documento de Identidad vigente.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica (*) del Domicilio Fiscal y/o Habitual, cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario (**) a la fecha de inscripción. Esta factura no será exigida en el proceso de inscripción en Plataformas Móviles o «In Situ».
- Croquis del Domicilio Fiscal y/o Domicilio Habitual.
(**) Para la inscripción de domicilios de zonas fronterizas y áreas rurales, la factura de energía eléctrica podrá tener una antigüedad de hasta 180 días posteriores a la fecha de emisión.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
h) Transporte (Régimen General)
¿QUIÉNES PERTENECEN A ESTE RÉGIMEN?
Pertenecen a este régimen las Personas Naturales, Empresas Unipersonales y Jurídicas que realizan actividades de:
- a) SECCIÓN I : Transporte Interdepartamental de Carga y/o Pasajeros
- 2) SECCIÓN II: Transporte Nacional e Internacional de Carga y/o pasajero
a) SECCIÓN I : Transporte Interdepartamental de Carga y/o Pasajeros
¿Quiénes pertenecen a este Régimen?
Pertenecen a este régimen las Personas Naturales afiliadas o no a líneas sindicales, que poseen hasta 2 vehículos a su nombre con una antigüedad igual o mayor a los 6 años y PRESTEN SERVICIO DE TRANSPORTE INTERDEPARTAMENTAL DE PASAJEROS Y/O CARGA.

b) SECCIÓN II: Transporte Nacional e Internacional de Carga y/o pasajero
¿Quiénes pertenecen a este Régimen?
Las Empresas Unipersonales y Personas Jurídicas (Empresas Jurídicas, Sindicatos de Transporte de pasajeros y carga) que realizan operaciones de transporte de PASAJEROS Y/O CARGA NACIONAL E INTERNACIONAL.
Las Personas Naturales o Jurídicas que realizan operaciones de transporte de carga y/o pasajeros deben obtener su Número de Identificación Tributaria (NIT).

Servicio al Contribuyente
TRANSPORTE – RÉGIMEN GENERAL
¿QUÉ REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DEBEN PRESENTAR?
Personas Naturales:
- Documento de Identidad vigente.
- Registro Único Automotor (RUAT) a nombre del titular.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica (*) del Domicilio Fiscal y Habitual (Antigüedad no mayor a 60 días calendario (**) a la fecha de inscripción).
- Croquis del Domicilio Fiscal y/o Domicilio Habitual.
Personas Jurídicas:
- Testimonio de Constitución o documento que acredite la Personería Jurídica.
- Documento de Identidad de los afiliados y del representante legal vigente.
- Poder Notariado que establezca las facultades del Representante Legal.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica (*) del domicilio fiscal y del Representante Legal (Antigüedad no mayor a 60 días calendario (**) a la fecha de emisión).
- Registro Único Automotor (RUAT) a nombre de los afiliados.
- Croquis del domicilio fiscal y habitual de representante legal.
(**) Para la inscripción de domicilios en zonas fronterizas y áreas rurales, podrán tener una antigüedad de 180 días posteriores a la fecha de emisión.
NORMATIVA APLICABLE
DS 28522, DS 28988, DS 29745, RND 10.0003.07, RND 10.0001.09, RND 10.0033.15, RND 10.0019.16, RND 10.0009.11 y RND 10.0012.15.
¿QUÉ REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN DEBEN PRESENTAR?
Personas Naturales:
- Documento de Identidad vigente.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica (*) del Domicilio Fiscal y/o Habitual (Antigüedad no mayor a 60 días calendario (**) a la fecha de inscripción).
- Croquis del Domicilio Fiscal y/o Domicilio Habitual.
Personas Jurídicas:
- Testimonio de Constitución o Documento que acredite su Personería Jurídica.
- Documento de Identidad vigente del Representante Legal.
- Poder Notariado que establezca las facultades del Representante Legal de la entidad.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica (*) del domicilio fiscal y habitual del Representante Legal (Antigüedad no mayor a 60 días calendario (**) a la fecha de emisión).
- Croquis del Domicilio Fiscal y/o del Habitual del Representante Legal.
(**) Para la inscripción de domicilios en zonas fronterizas y áreas rurales, podrán tener una antigüedad de 180 días posteriores a la fecha de emisión.
NORMATIVA APLICABLE
LEY 843, LEY 3249, D.S. 28656, RND 10.0012.06, RND 10.0038.13 y RND 10.0019.16
NOTA IMPORTANTE
Para habilitar la característica especial de «Régimen Tasa Cero al IVA Transporte de Carga Internacional» y poder emitir Facturas por Transporte de Carga Internacional con Tasa Cero debe presentar:
- Tarjeta de Operación Internacional vigente otorgado por el organismo nacional competente.
- Autorización para realizar operaciones en tránsito aduanero internacional vigente.
Estos no son los únicos requisitos para aperturar un NIT. Existen requisitos adicionales que la norma no mencionas. al finalizar este post los mencionamos
Régimen Especial
a) Régimen simplificado
RÉGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO
NORMATIVA: D.S. 24484, D.S. 3698, RND 10-0009-11, RND 10-0012-15, RND 10-0012-16 y RND 101700000022
- Documento de Identidad vigente (*)
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Fiscal y Habitual (**), cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de inscripción (***). Esta factura no será exigida en el proceso de inscripción en Plataformas Móviles o «In Situ».
- Croquis del Domicilio Fiscal y Habitual.
Debe presentar documentos originales, los mismos serán devueltos a la conclusión de la inscripción.
(*) Cédula de Identidad para nacionales o Carnet de Extranjería para extranjeros.
(**) La presentación de éste requisito, sólo se exige, si la dirección del Domicilio Fiscal o Habitual, no es la misma que la consignada en el Documento de Identidad del Titular. (Persona Natural)
(***) Para domicilios de zonas fronterizas y áreas rurales, podrá tener una antigüedad de 180 días posteriores a la fecha de emisión.