Rectificación Formulario 605

Sobre la rectificación del Formulario 605 no existe una normativa al respecto. Pero aquí te damos una recomentación.

Datos Generales

El formulario 605 es un formulario informativo, no determina impuestos.

Se ha establecido su vigencia con la RND 101800000004 de la gestión 2018, con el Envío de Estados Financieros o Memoria Anual e Información Tributaria Complementaria.

El plazo de envío es pasados 120 días de la gestión fiscal que cierra. El envío coincide con la declaración jurada del Form. 500 Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE).

El Formulario 605 se lo llena en el Software SIAT Aplicativo Contribuyentes para gestiones cerradas del 2018 en adelante.

Rectificación del formulario 605

La normativa quehabla sobre este formulario (RND 101800000004) no especifica los procedimientos en caso necesitar hacer una rectificación del formulario 605.

Tampoco indica algún plazo para poder reenviar corregido (como sucede por ejemplo con la información de Bancarización, LCV o Agente RC IVA).

Suponemos que al tratarse de información compleja que se envía a través del software SIAT, no es simple realizar una rectificación o no lo han implantado aún. Ya que se envía información con muchos datos (Estados Financieros y, si califican se deberá enviar también la Información Tributaria Complementaria).

Recomendación

Enviar una carta al SIN solicitando la Rectificación del Formulario 605, explicando la necesidad de rectificar, ya sea la información de:

  • Los datos de cabecera o generales
  • La información de los Estados Financieros
  • Los anexos tributarios

Hemos visto que en el SIN resetean el envío para volverlo a enviar. No tiene multas establecidas en la tabla de multas y sanciones:

https://boliviaimpuestos.com/multas-impuestos-nacionales-2017/

El SIN especifica que no es una rectificación sino una ANULACIÓN, te paso el tiktok del SIN:

@sinbolivia

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.

26 comentarios en «Rectificación Formulario 605»

  1. Estimado lic. De una empresa agroindustrial Si lamentablemente en la gestión 2019 ,no se presento la auditoría externa por haber pasado los 1.2 m, como podría proceder para solucionar .
    Y si ahora en esta gestión 2020 se está presentado con auditoría más .

  2. Buenos días, al igual Jacqueline, consulté con la línea de atención de impuestos y me especificaron que si solicito la anulación del form. 605, y luego los vuelvo a enviar, me genera multa por presentar fuera de plazo, ya que no se puede realizar la rectificación.
    Me gustaría que nos pueda confirmar esta información.
    Quedo muy agradecida con la información que nos pueda brindar.
    Gracias

  3. Buenas noches licenciado que pasa si quiero rectificar mis estados financieros 2020 porque me equivoque al jalar el inventario final y resultó que pague en demasía el formulario 500, pero a la vez tengo otro problema esta empresa es unipersonal y el representante falleció y dejó como sucesión indivisa a su hijo, usted cree que pueda modificar mis estados por favor estaré atenta a sus recomendaciones gracias

  4. Lic . Roberto muchas gracias por toda su ayuda una consulta al enviar el 605 me equivoqué al poner el nombr del representante legal invertí los apellidos después todo está bien. La razón social esta correcto . Tendré multa en caso de fiscalización?? Gracias de antemano

  5. Lic. Se puede hacer la rectificatoria del formulario 605 en el tema de la compensación de pérdidas. hay alguna multa

  6. Lic. Roberto, una consulta, se puede solicitar la anulacion de los estados financieros de la gention 2018 (formulario 605), y asi poder nuevamente enviar el 605 con los 5 estados financieros?

  7. Estimado Lic. Cáceres, le que yo consulté con personal del SIN el hecho de solicitar la anulación para volver a enviar la información y demoró 1 mes en recibir ka confirmacion de la anulación y volvi a enviar la información 1 dia despues del plazo y con eso ya soy pasible a la multa por envío de lani formacion fuera de plazo.

  8. Excelente Estimado Lic. Roberto, sin embargo si el REENVIO se lo realiza fuera de plazo exista MIDF por presentación Fuera de Plazo.

      • Estimado Lic. Cáceres, le que yo consulté con personal del SIN el hecho de solicitar la anulación para volver a enviar la información y demoró 1 mes en recibir ka confirmacion de la anulación y volvi a enviar la información 1 dia despues del plazo y con eso ya soy pasible a la multa por envío de lani formacion fuera de plazo.

      • Hola Roberto, al respecto, comentarte que al solicitar una «ANULACION DE ESTADOS FINANCIEROS» de un periodo, implica que el contribuyente asume que no ha enviado dentro del plazo el Form. 605, por lo cual, entenderiamos que al reenviar posterior al plazo limite el contribuyente incurrio en IDF, multa 200 UFVs. Sin embargo el SIN tendria que establecer procedimiento de rectificacion.

Los comentarios están cerrados.

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