RC IVA por vacaciones en finiquito

Retención del RC IVA por Vacaciones en Finiquitos

La retención del RC IVA por vacaciones en finiquito puede parecer al trabajador una arbitrariedad por parte de la empresa.

El Fisco también exige que se haga la retención del RC IVA cuando en un finiquito se pagan las vacaciones no tomadas. Para así considerar como deducible dicho gasto.

¿Pero aplica realmente la retención del RC IVA?

En la consultora tuvimos este problema cuando se estaba retirando a un empleado en una empresa a la que asesoramos.

Se lo estaba retirando y exigía que se le pague las vacaciones sin retenciones.

El empleado indicaba que las vacaciones son un beneficio social establecido por las leyes laborales.

Que este beneficio debe ser resarcido y reintegrado ya que no se tomaron las vacaciones.

Creo que la persona estaba siendo asesorada por algún abogado y envió una nota indicando finalmente:

En virtud del artículo 25 del TEXTO ORDENADO LEY 843, el pago por vacaciones asociadas al retiro del empleado es un beneficio que le corresponde al trabajador y una obligación que tiene el empleador de cumplir con las cargas sociales que emanan de la Ley, por lo tanto, no correspondería efectuar la retención del RC-IVA.

Analicemos la norma sobre el RC IVA por vacaciones en finiquitos

Tal aseveración del trabajador parece muy fundada y cierta, pero cabe analizar este tema para no cometer errores.

Las vacaciones consisten en la Cesación de actividades por varios días consecutivos, semanas o lapso mayor, con fines de descanso (…)

En principio, las vacaciones no son divisibles en lo que se refiere al tiempo de su disfrute ni su omisión es compensable con dinero, pues de otro modo se frustraría la finalidad que se persigue con la medida, y que no es otra que defender la salud del trabajador. (Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. Manuel Ossorio. Nuestro resaltado)

El hecho de no ser compensable con dinero le da a este beneficio un carácter distinto que la norma también lo toma en cuenta.

Si bien es cierto que el artículo 25 de la Ley 843 indica que dentro de los alcances del RC IVA no se encuentran los beneficios pagados:

También es cierto que existe un Decreto Supremo del RC IVA que especifica en su primer artículo qué beneficios sociales no están gravados por el RC IVA. El DS es el 21531:

 

De este modo, el art. 1- d) del DS 21531, que reglamenta y delimita los alcances del RC IVA, especifica que no se encuentran comprendidos en el objeto de este impuesto los beneficios sociales por indemnizaciones y desahucios. Siempre y cuando se encuentre trabajando el dependiente en la empresa.

Sin embargo, las gratificaciones extraordinarias adicionales, percibidas en caso de retiro o por cualquier otra circunstancia, en el presente caso las vacaciones pagadas por retiro, constituyen ingresos gravados por el RC IVA.

Esta disposición es también concordante con lo establecido por el inc. d) del art. 19 de la Ley 843.

Leer aquí del RC IVA gravado a personas con carácter de dependencia y a los que no son dependientes. 

Lo que sucede es que cuando se es dependiente tiene una calidad determinada de contribuyente ante el RC IVA (RC IVA Dependiente), y cuando se retira, cuando ya no es dependiente, sufre un cambio en su calidad de contribuyente ante el RC IVA (RC IVA contribuyente directo).

En consecuencia, los ingresos del trabajador por concepto de vacaciones no tomadas y pagadas en caso de retiros están gravadas por el RC IVA de otra manera a cuando estaba como dependiente.

Cuando ya se retira de la empresa, es como si tuviera un ingreso como cualquier persona no dependiente. Recibir un pago por «vacaciones» sería como recibir pagos por alquileres, intereses, dietas o cualquier otro tipo de ingreso no sujeto al IUE.

En consecuencia para el RC IVA de forma directa. Se paga directo al SIN en el formulario 610 y ya no se descargar el 110 ante la empresa, sino ante el SIN.

A saber, el Form 110 también hace esa distinción:

Si la persona no tiene NIT para llenar el Form. 610 o no tiene NIT como unipersonal o profesional independiente, la empresa le hace la retención del RC IVA 13% pagadero en el formulario 604.

OK, ¿y quién paga la retención: la empresa o el empleado?

Según el artículo 1 del DS 21531, que hemos citado, dice que «constituyen ingresos gravados por el RC IVA los señalados por el art (…)» Entonces el RC IVA grava a los ingresos.

En este caso los ingresos son del trabajador y es un egreso para la empresa.

Al ser un ingreso para el trabajador, él es sujeto gravado por el RC IVA y se le debe descontar para que la empresa en calidad de agente de retención lo pague posteriormente.

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

43 comentarios en «RC IVA por vacaciones en finiquito»

  1. ¿ por cuantas gestiones (años) de vacaciones no tomadas se pagan estas en caso de retiro?
    ¿ Las vacaciones se calculan por duodecimas? Ej: un año y medio de vacaciones no tomadas ¿ se pagan por 22.5 dias ?

  2. estimado Lic. roberto
    sOBRE la consulta, en derecho las vacaciones no son pagadas a no ser que aya liquidación, ahora bien mi pregunta.
    si en derecho tu no sacarte las vacaciones por que el empleador no te otrogo las mismas en ese sentido no deberian desconatrse por que es un derecho que no se otorgo?
    ahora por otro lado el acumlo de saldo a favor del dependiente que se tiene en las planillas tributarias, tienen el fin de??? ser utilizado cuando? y si ese no puede ser amortizable para las vacaciones siendo estas hasta cuando duro la relación de trabajo.

  3. Buenas tardes, el pago de primas al personal retirado se considera como gratificaciones extraordinarias y correponde retener el 13% directo? y en este caso tampoco se puede descargar con facturas?

  4. Buenas tardes roberto, en que formulario se declara el rc iva por vaciones pagadas? Y en el finiquito va el descuento del rc iva y el pago de vacacion..

  5. Hola buen día, entonces por el valor de vacaciones en bs puede presentar formulario 110, y la misma ingresaria a la declaracion del mes formulario 608?

  6. Se debe pagar en su finiquito, vacaciones a un empleado si no ha cumplido un año de servicio y ha sido despedido ?

  7. en lo referido al pago de vacaciones en comision (personal de la COB) que cuentan con la respectiva resolucion del Ministerio de Trabajo para realizar el pago, el monto a pagar por la vacacion, puede ser incorporado a la planilla tributaria?

  8. Buenas noches….Y el retroactivo….. tbn se debe considerar como ingreso extraordinario o adicional??…. sujeto a impuesto rc iva?

  9. si el dependiente tiene saldo de credito fiscal en su papeleta de pago, el mismo se puede utilizar para la compensacion economica de vacaciones?

  10. Y en el caso que el trabajador tuviera saldo RC IVA a favor, el descuento por la retención podría deducirse de dicho saldo?

  11. buenas noches, consultar que pasa con el credito fiscal que tiene a favor esta persona al momento de su retiro; no puede utilizarse para no realizar la retencion?

  12. Gracias por compartir el tema. por mi parte, las vacaciones o pagos extraordinarios lo adicionaba a la planilla tributaria. alguien comente si es valido.

  13. Y que pasa si yo meto ese monto de las vacaciones pagadas a planilla tributaria para reducir el importe a pagar?.

    • Hola Gabriel, si te refieres a insertar en planillas como otros ingresos, no es legal ya que las vacaciones no se pagan. Solo es una retribución aceptable en el caso de despido.

    • Hola Mirko, no, porque no es un ingreso para el dependiente, ya que no es legal los ingresos por vacaciones. Se trata de un ingreso como tercera persona ya no vinculada a la empresa, por eso aplica el RC IVA como retención directa.

      • Buenos dias, y esta respuesta tambien aplica a gratificaciones extraordinarias adicionales (Ejm : pagamos BONO DE CUMPLIMIENTO en caso de retiro) consideradas en el finiquito y no en la planilla?

      • Hola Carmen, según el art. 26 de la Ley 843 los ingresos en relación de dependencia, o sea como trabajador, están gravados por el RC IVA y se deben deducir los 2 SMN… etc. Estamos hablando de que esos ingreso figurarían en la planilla tributaria porque son ingresos válidos como dependiente.

        Ya que las vacaciones pagadas son ingresos pero no en relación de dependencia (no se pueden pagar vacaciones dentro de una relación laboral, pues no es el objeto de la vacación), las vacaciones pagadas son como ingresos ya no de un dependiente, sino de una tercera persona; por eso aplica un RC IVA directo del 13% que no va en planillas.

        En resumen, todos los ingresos válidos para un trabajador (ver inc. d) art. 19 de la Ley 843) y según la norma laboral, van en planilla. Ahi se incluyen todo tipo de bonos.

Los comentarios están cerrados.

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