Si está pensando en constituir una empresa en Bolivia, seguro se pregunta ¿debo pagar impuesto a las utilidades que genere? La respuesta es sí.
En cualquier país de la región se paga un tributo por las ganancias, el porcentaje o alícuota hace la diferencia de una nación a otra.
¿Qué es el impuesto a las utilidades?
Comencemos explicando que utilidad es el interés, beneficio o fruto que se obtiene de algo, el cual está asociado a la ganancia lograda a partir de un bien o una inversión.
El monto de esa utilidad se refleja en los Estados Financieros de una empresa.
Es así que el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) se aplica en todo el territorio nacional sobre las utilidades generadas por las compañías de acuerdo a sus Estados Financieros, al cierre de cada gestión anual.
Conforme a la normativa vigente en el país, este tributo se enmarca en la Ley 843 TOV (Texto Ordenado Vigente) en su Título III y en el Decreto Reglamentario No. 24051, además de la Resolución Administrativa No. 05-0041-99, entre otras.
¿Cuánto se paga por IUE en Bolivia?
La alícuota es del 25% y se aplica sobre:
- Utilidad neta imponible, obtenida en la gestión.
- Diferencia entre ingresos y egresos.
- Ingresos presuntos.
¿Qué es la Utilidad Neta y cómo se calcula?
La Utilidad Neta es el beneficio económico efectivo que obtienen los propietarios de una empresa u organización, para la cual se considera no solo los ingresos obtenidos, sino también todos los gastos efectuados así como las obligaciones tributarias, bancarias, entre otras.
Conforme al Artículo 7 de la vigente Ley 843 se indica:
“Para establecer la utilidad neta sujeta al impuesto, se restará de la utilidad bruta (ingresos menos costo de los bienes vendidos y servicios prestados) los gastos necesarios para obtenerla y, en su caso, para mantener y conservar la fuente cuya deducción admite la Ley y el Reglamento”.
En otras palabras utilidad bruta es simplemente el resultado de restar de las ventas totales el costo de las mismas; mientras que, en el caso de la utilidad neta, se restan de los ingresos totales los impuestos, intereses, gastos generales y demás costos efectuados por la empresa.
Cálculo de la Utilidad Neta
Para realizar un cálculo básico del porcentaje de margen de Utilidad Neta, se puede aplicar la siguiente fórmula:

Para comprender mejor tenemos el siguiente ejemplo.
En la gestión 2019 una empresa de muebles sumó $us. 40.000 como ingresos totales. Para calcular su utilidad y pagar este impuesto, primero restó de sus ventas totales el costo de las mismas, estimado la utilidad bruta, luego a esa cifra restó gastos e impuestos, obteniendo $us 8.500 como Margen Neto.
Seguidamente los $us 8.500 los dividió por los ingresos totales ($us. 40.000) y lo multiplicó por 100, obteniendo el margen de utilidad neta de 22,5%.
¿Quiénes pagan el impuesto a las utilidades?
El Impuesto a las Utilidades de las Empresas debe ser pagado por:
- Empresas privadas (incluida las unipersonales).
- Empresas públicas.
- Personas naturales que ejercen la profesión libre u oficios en forma independiente.
- Notarios de Fe Pública.
- Oficiales de Registro Civil.
- Comisionistas.
- Corredores y otros.
Igualmente pagan personas naturales y jurídicas que remitan rentas al exterior y sucursales de empresas que efectúan actividades parciales en el país.
¿Cómo evolucionó el cálculo de la alícuota?
Entre 1973 y 1985 (antes de la Ley 843) se encontraba vigente el Decreto Ley 11154 a través del cual se aplicó en el país el Impuesto sobre la Renta de las Empresas, el cual estableció una alícuota del 30%. Esta norma fue base para el actual IUE.
Posteriormente, entre 1986 y 1994 bajo el nombre de Impuesto a la Renta Presunta de las Empresas (IRPE), se aplicó una alícuota del 3% al patrimonio de las compañías, estimado que las utilidades estaban en función al patrimonio (primera versión de la Ley 843 de mayo 1986).