A continuación vamos a hablar sobre qué significa el principio de fuente y de renta mundial.
Empezaremos aclarando los siguientes conceptos:
¿Qué es la Renta?
- Es el flujo de ingresos económicos.
¿Qué es la Fuente?
- Es el lugar donde se genera la actividad productora de renta.
¿Qué es el Impuesto a la Renta y Patrimonio?
- Es una parte primordial del sistema tributario porque liga el ahorro con la inversión, beneficia a los mercados laborales y emprendimientos.
- Debe ser pagado en el lugar donde los ingresos se han generado o donde se encuentre ubicado el bien para el caso del impuesto sobre el patrimonio.
Diferencias entre el principio de fuente y de renta mundial
Principio de Renta Mundial
- Grava las rentas de fuente nacional que sean generadas por residentes o no residentes y de territorialidad o fuente extranjera obtenidas por sujetos residentes, por ejemplo, un venezolano también debe declarar sus rentas obtenidas en el exterior.
- Los países de la región que han decidido adoptar este principio son: Argentina, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela.
Principio de Fuente
- Es un sistema adoptado por países importadores de capital, como Bolivia, Uruguay y Paraguay; ya que no se cuenta con empresas bolivianas que tengan agencias y sucursales en varios países del mundo en los que estén generando rentas.
- Impone a impuesto a los ingresos generados dentro del territorio o fuente boliviana, de acuerdo con el Art. 42 de la Ley 843 provienen:
- De bienes
- De la realización o actividad económica
- De hechos ocurridos en el país sin importar la nacionalidad, residencia de las partes involucradas o el lugar de celebración de los contratos.
Ver porcentajes de los formularios IUE Beneficiarios Exterior en este link:
Según el Art. 4 del D.S. 24051 , respecto al principio de fuente y de renta mundial, son considerados de territorialidad o fuente:
a) Alquileres de inmuebles.
b) Intereses y regalías producidas por cosas situadas o derechos económicos utilizados en Bolivia; el 50% de las rentas vitalicias, las cuales, son una pensión que paga una compañía privada de seguros a los asegurados mientras se encuentren con vida; estas pólizas de seguro tienen muchas variantes y pueden ser adelantadas, vencidas, diferidas, temporales, etc.
c) Intereses generados por actividades comerciales, industriales, forestales, civiles, agropecuarias, extractivas; por la locación de obras o prestación de servicios en Bolivia.
d) Ganancias producidas por bienes materiales o inmateriales y derechos utilizados económicamente en el país.
El D.S. 27190 adiciona el siguiente inciso:
e) Honorarios, retribuciones o remuneraciones por prestación de servicios: de consultoría, asesoramiento de todo tipo, asistencia técnica, investigación, profesionales y peritajes, realizados desde o en el exterior.
Ejemplo:
Si una empresa Colombiana contrata un consultor boliviano para que elabore un informe sobre el mercado de alimentos en Bolivia cobrando por su trabajo la suma de $us. 10.000.
Entonces el trabajo del consultor es de fuente boliviana y está sujeto a los impuestos bolivianos debido a que el trabajo se desarrolla en Bolivia, por más de que el dinero llegue del exterior.
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.
Estimado Roberto, una empresa de Colombia me contrató para darle servicios de desarrollo de software de forma remota por dos años, ellos no tienen presencia en Bolivia, y me pagan de forma mensual a una cuenta de Bolivia. estaría sujeto a impuestos?
Hola Marce. Tu pregunta es algo compleja y requiere revisar las normas, aquí puedes solicitar ese servicio:
https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online/
Si tengo una empresa en Bolivia que gana comisiones en el exterior, se considera utilidad de fuente boliviana?
Hola Juan Carlos, depende de qué tipo de negocio es. O sea, si se produce la renta gracias a algo puesto en Bolivia.