El Principio de Capacidad Económica en la Jurisprudencia Tributaria Boliviana

En varias impugnaciones se menciona el Principio de Capacidad Económica, conoce más de este principio en la Jurisprudencia Tributaria Boliviana.

Introducción

El principio de capacidad económica es un pilar fundamental de cualquier sistema tributario justo y equitativo. Este principio establece que los impuestos deben ser proporcionales a la capacidad de cada contribuyente para pagarlos, evitando así cargas excesivas que puedan afectar su subsistencia o desarrollo económico. En Bolivia, este principio se encuentra consagrado en el artículo 323 de la Constitución Política del Estado.

En el presente post, exploraremos el concepto de capacidad económica, su relevancia en el ámbito tributario y contable, y cómo ha sido utilizado con éxito por los contribuyentes en su defensa. Analizaremos casos específicos en los que el principio de capacidad económica ha sido clave para resolver disputas tributarias a favor del contribuyente, proporcionando una visión práctica de su aplicación.

¿Qué es el Principio de Capacidad Económica?

El principio de capacidad económica establece que los impuestos deben ser diseñados y aplicados de manera que respeten la capacidad real de cada contribuyente para contribuir al sostenimiento del Estado. Esto implica que los impuestos no deben ser confiscatorios ni expropiatorios, y que deben tener en cuenta la situación económica individual de cada sujeto pasivo.

Normativa Aplicable

En Bolivia, el principio de capacidad económica se encuentra consagrado en el artículo 323 de la Constitución Política del Estado, que establece que el sistema tributario se funda en los principios de igualdad, justicia y capacidad económica. A nivel legal, este principio se desarrolla en diversas leyes tributarias, como la Ley N° 843 (Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas) y la Ley N° 2492 (Código Tributario Boliviano).

Artículo 323.
I. La política fiscal se basa en los principios de capacidad económica, igualdad, progresividad, proporcionalidad, transparencia, universalidad, control, sencillez administrativa y capacidad recaudatoria.

¿Cómo se Aplica el Principio de Capacidad Económica?

El principio de capacidad económica puede ser aplicado de diversas maneras en el ámbito tributario y contable. A continuación, se presentan algunos ejemplos:

  • Diseño de impuestos: Al momento de crear o modificar impuestos, el legislador debe considerar la capacidad económica de los contribuyentes a los que se aplicará el tributo. Esto implica establecer bases imponibles y alícuotas que no resulten excesivas o confiscatorias.
  • Aplicación de exenciones o beneficios fiscales: El principio de capacidad económica puede justificar la aplicación de exenciones o beneficios fiscales a contribuyentes que se encuentren en situaciones económicas desfavorables, como pequeñas empresas o personas de bajos ingresos.
  • Determinación de la deuda tributaria: En caso de discrepancias entre el contribuyente y la Administración Tributaria sobre la determinación de la deuda tributaria, el principio de capacidad económica puede ser utilizado como argumento para demostrar que la determinación realizada es excesiva o no se ajusta a la realidad económica del contribuyente.
  • Procedimientos de ejecución tributaria: En caso de que la Administración Tributaria inicie procedimientos de ejecución tributaria, el contribuyente puede alegar el principio de capacidad económica para solicitar la suspensión o modificación de las medidas coactivas, si estas resultan desproporcionadas o afectan su subsistencia.

a) Aplicación en el Ámbito Tributario

En el ámbito tributario, el principio de capacidad económica puede ser utilizado por los contribuyentes en su defensa en diversas situaciones, como:

  • Impugnación de Resoluciones Determinativas: Si el contribuyente considera que la determinación de la deuda tributaria realizada por la Administración Tributaria es excesiva o no se ajusta a su capacidad económica, puede impugnar la Resolución Determinativa ante las instancias administrativas o judiciales correspondientes, alegando la vulneración del principio de capacidad económica.
  • Solicitud de prescripción: En caso de que la Administración Tributaria no haya ejercido sus facultades de determinación o ejecución dentro de los plazos establecidos por ley, el contribuyente puede solicitar la prescripción de la deuda tributaria, argumentando que la inacción de la Administración Tributaria ha generado una situación de inseguridad jurídica que afecta su capacidad económica.
  • Solicitud de exenciones o beneficios fiscales: Si el contribuyente se encuentra en una situación económica desfavorable, puede solicitar la aplicación de exenciones o beneficios fiscales, justificando su solicitud en el principio de capacidad económica.

b) Aplicación en el Ámbito Contable

En el ámbito contable, el principio de capacidad económica puede ser utilizado por las empresas para:

  • Registro de ingresos y gastos: Las empresas deben registrar sus ingresos y gastos de acuerdo con su capacidad económica real, evitando la sobrevaloración o subvaloración de los mismos.
  • Elaboración de estados financieros: Los estados financieros deben reflejar la situación económica real de la empresa, teniendo en cuenta su capacidad para generar ingresos y cumplir con sus obligaciones.
  • Toma de decisiones: El principio de capacidad económica puede ser utilizado por las empresas como criterio para la toma de decisiones, como la realización de inversiones o la contratación de personal.

Tabla Comparativa: Propósitos del Principio de Capacidad Económica

ÁmbitoPropósitos
Tributario* Garantizar la justicia y equidad del sistema tributario. * Evitar cargas tributarias excesivas o confiscatorias. * Promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
Contable* Reflejar la situación económica real de la empresa. * Facilitar la toma de decisiones informadas. * Promover la transparencia y la rendición de cuentas.

Situaciones en las que se Aplicaría el Principio de Capacidad Económica

El principio de capacidad económica puede ser aplicado en una variedad de situaciones tanto en el ámbito tributario como contable. Algunas de estas situaciones incluyen:

  • Cambios en la situación económica del contribuyente: Si un contribuyente experimenta una disminución significativa en sus ingresos o un aumento en sus gastos debido a circunstancias imprevistas, como una enfermedad, un desastre natural o una crisis económica, puede invocar el principio de capacidad económica para solicitar una reducción en su carga tributaria o la aplicación de beneficios fiscales.
  • Discrepancias en la valoración de activos o pasivos: En el ámbito contable, si existen discrepancias entre la valoración de activos o pasivos realizada por la empresa y la Administración Tributaria, el principio de capacidad económica puede ser utilizado para argumentar que la valoración realizada por la empresa es más adecuada a su realidad económica.
  • Aplicación de normas tributarias complejas o ambiguas: En situaciones en las que la aplicación de normas tributarias es compleja o ambigua, el principio de capacidad económica puede ser utilizado como criterio interpretativo para garantizar que la aplicación de la norma sea justa y equitativa, teniendo en cuenta la capacidad económica del contribuyente.
  • Procedimientos de fiscalización tributaria: Durante un procedimiento de fiscalización tributaria, el contribuyente puede invocar el principio de capacidad económica para demostrar que los ajustes propuestos por la Administración Tributaria son excesivos o no se ajustan a su realidad económica.

Precedente: Casos de Aplicación Exitosa por el Contribuyente

A lo largo de los años, el principio de capacidad económica ha sido utilizado con éxito por los contribuyentes en su defensa en diversos casos. A continuación se presentan algunos ejemplos adicionales:

  • Contribuyente (empresa) vs. Gerencia Distrital (GRACO) del Servicio de Impuestos Nacionales de La Paz (Auto Supremo N° 440/2015): El contribuyente impugnó una resolución que utilizaba el consumo de energía eléctrica como única variable para determinar la base imponible, alegando vulneración del principio de capacidad económica. El Tribunal Supremo de Justicia falló a favor del contribuyente, indicando que la Administración Tributaria no justificó la determinación sobre base presunta y que se violó el principio de verdad material.
  • Contribuyente (empresa) vs. Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (Auto Supremo N° 845/2015): Similar al caso anterior, el contribuyente impugnó una resolución que utilizaba el consumo de energía eléctrica como única variable para la base imponible. El Tribunal Supremo de Justicia nuevamente falló a favor del contribuyente por las mismas razones.
  • Gerencia Distrital Santa Cruz II del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria (Sentencia 209/2016): La Administración Tributaria determinó una deuda sobre base presunta basándose solo en extractos bancarios. La AGIT anuló la resolución, argumentando que no se agotaron los medios para una determinación sobre base cierta, vulnerando el principio de capacidad económica. El Tribunal Supremo confirmó la decisión de la AGIT.
  • Gerencia Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria (Sentencia 437/2016): La Administración Tributaria inició un proceso de determinación por falta de declaración jurada. El contribuyente alegó prescripción, confirmada por la AGIT. El Tribunal Supremo de Justicia determinó que la Administración Tributaria no había ejercido sus facultades dentro del plazo establecido por ley, por lo que la facultad de determinación había prescrito, respetando así el principio de capacidad económica del contribuyente.

Conclusión

El principio de capacidad económica es crucial para un sistema tributario justo. Su aplicación evita cargas excesivas, promueve el cumplimiento voluntario y protege los derechos de los contribuyentes. Los casos analizados demuestran su relevancia en la defensa de los contribuyentes, tanto en el ámbito tributario como contable.

Mariela Ortega Chosgo
Editor Tributario at Boliviaimpuestos.com | + posts

Contadora Pública con experiencia en auditoría, apoyo al contribuyente y comercio internacional.

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