¿Valen los Pasajes aéreos de terceros en Formulario 110?
He recibido la siguiente pregunta de una cliente:
… tengo una duda sobre unas facturas, en la presentación del Formulario 110, facturas de pasajes aéreos facturado al dependiente pero que viaja otra persona, tomando en cuenta que no tiene parentesco de primer grado, éstas son válidas?
Espero con muchas ansias tu respuesta.
En este punto cabe analizar la RND vigente sobre facturación virtual, 10-0021-16, en su artículo 54.
Artículo 54. (Apropiación del Crédito Fiscal).- I. La Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente es válida para respaldar la liquidación de los impuestos IVA, RC-IVA, IUE y como descargo en el Sistema Tributario Integrado (STI), en los términos dispuestos en la Ley Nº 843 (Texto Ordenado Vigente) y Decretos Supremos reglamentarios, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
(… )
4. Acredite la correspondencia del titular, consignando el NIT del comprador o el número de Documento de Identificación de éste, cuando no se encuentre inscrito en el Padrón Nacional de Contribuyentes.
En caso que el comprador sea Sujeto Pasivo tanto del IVA y del RC-IVA (dependientes), deberá solicitar se consigne el NIT en los documentos de gastos relacionados a la actividad gravada por el IVA y el Documento de Identificación en aquellos que respalden gastos personales a efectos de descargar el RC-IVA (dependientes). Asimismo, en caso que el comprador sea Sujeto Pasivo del IUE y ejerza profesiones liberales y/u oficios en forma independiente, debe solicitar se consigne su NIT en las Facturas o Notas Fiscales por compra de bienes y servicios;
(…) –nuestro resaltado
Es lo único particular que se pide al dependiente, además de los otros requisitos obvios como documento original, sin tachaduras, etc.
Entonces los boletos de avión aunque sean de terceras personas y aunque no tengan ninguna relación con el dependiente pero sí estén facturadas a su nombre, pueden acreditarse para el Formulario 110.
Precedente administrativo
Existe un caso (ARIT-LPZ-RA-0845-2015) de un dependiente que fue observado por el SIN porque tenía 11 facturas de boletos de avión en su Formulario 110, que no eran a su nombre.
El SIN le observó. El contribuyente fue a la AIT para interponer un recurso de alzada.
El análisis que hicieron los jueces de la AIT fue el siguiente:
Si bien el análisis es en base a la RND 10-0016-07, la actual norma sobre facturación virtual RND 10-0021-16 en su artículo 54 tiene casi el mismo contenido.
Ver el recurso de alzada aquí.
Registrar el boleto de avión en formulario 110
Hemos escrito en otros artículos acerca del llenado del boleto de avión o ticket de líneas aéreas para el libro de compras que aplica también para el Formulario 110.
Boletos de avion BSP y LCV: Cómo llenar
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.
y que pasa si la factura es en dolares???? que monto le coloco en el formulario o lo convierto en bolivianos y de ser asi que tipo de cambio debo usar la actual??
el tipo de cambio oficial 6.96
buenas noces, estimado roberto hasta cuantas boletos aereos puedes presentar.? ya sea para familiares o terceros..?
saludos.
No hay un límite, y hay casos confirmados en la AIT que no avidencian un límite.
lAS TARJETAS PREVALORADAS COMO LAS TARJETAS DE CREDITO TAMBIEN SIRVEN PARA EL DESCARGO EN EL FORMULARIO 110?
Si te refieres a las tarjetas de Tigo, entel… sí sirven, claro.
Estimado Roberto, muchas gracias por este analisis de boletos aereos.
un comentario, segun los fiscalizadores, tienen potestad para exigir y verificar la materialidad de la transacción, es decir te piden que demuestres como pagaste ese boleto aereo para otra persona, te piden que si tienes cuenta caja de ahorro, en el extracto debe estar ese importe como debito. La verdad me parece ridiculo ya que los gastos personales los hacemos en efectivo y espero que en el futuro no nos pidan bancarizar.
a colación comento que una colega pago los gastos medicos de su sobrina por bs.17.800.- la factura esta a su nombre y como paciente su sobrina, por ese hecho no le reconocen la factura.
muchas gracias.
A colación de cuanto comenta Daniel Gonzales, una alternativa y entiendo que es viable y no puede refutarse es que el pago que hizo un dependiente en este caso para cubrir gastos médicos debe reconocerse siempre y cuento pueda demostrar el dependiente que realizó el pago desde su cuenta bancaria, sea por transferencia o cheque. así lo entiendo como una alternativa viable de demostrar que si son recursos propios destinados para un tercero.
Revisa este recurso, aquí se ve que no hay una norma que exija al dependiente justificar sus gastos: http://servicios.ait.gob.bo/admin%5Cdocres/AGIT-RJ-0371-2015.PDF
No aplica, aquí un caso donde prevaleció la norma (o la ausencia de la norma al respecto): http://servicios.ait.gob.bo/admin%5Cdocres/AGIT-RJ-0371-2015.PDF
buENAS TARDES : MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION! COMO SIEMPRE NOS FAVORECEN , MI CONSULTA LA SIGUIENTE PARA LAS PERSONAS QUE SEAN COMISIONISTAS LES SIRVE LOS BOLETOS DE VIAJE Y SI PAGA PARA TERCEROS ? ALGUN TEMA QUE TENGA REFERENTE A LOS COMISIONISTAS? QUE FACTURAS LE SIRVEN ? SI SON LIMITADAS O LE SIRVEN LA MAYORIA DE LAS FACTURAS ? GRACIAS!!
Estimada María Eugenia, si eres comisionista en calidad de profesional independiente, las facturas relacionadas al rubro son por lo general los gastos para la oficina, pero de viajes en caso de justificar con algún contrato. Si es para terceros el boleto y otros gastos ya personales, van en el 110 de fin de año. Aquí hablamos al respecto: https://boliviaimpuestos.com/ventajas-fiscales-como-profesional-independiente/
MUCHAS GRACIAS POR LA RESPUESTA! DISCULPE PERO PARA SALIR DE DUDA SI ES QUE ES UNA EMPRESA UNIPERSONAL QUE SU ACTIVIDAD SEA COMISIONISTA CORREDORES DE PRODUCTOS BASICOS SUBASTDORES Y SU ACTIVIDAD SECUNDARIA ES ENSEÑANZA DE ADULTOS Y OTROS TIPOS DE ENSEÑANZAS, EN ESTE CASO LE FAVORECERIAN OTROS TIPOS DE FACTURAS QUE SEAN APARTE DE GASTOS DE OFICINA, SI VIAJAN CAPACITAN TIENEN CENAS , GASTOS EN TARJETAS TELEFONICAS, ECT. COMPRA DE EQUIPO DE COMPUTACION? ESPERO QUE ME PUEDA AYUDAR! MUCHISIMAS GRACIAS!
🙂 OK !
como respaldar los viaticos de funcionarios que viajan al exterior. se les hace una retencion o en su defecto presentan facturas.
Te sugiero ingresar a https://boliviaimpuestos.com/buscar-en-el-blog/ y en la barra lateral derecha de búsquedas colocar una palabra sobre lo que buscas, ahí ya están varios tutoriales y artículos de tu interés.
esto se aplica solo para los rc-iva dependientes o tambien para aquellos contribuyentes q tienen el 510, 610 y descargan el formulario 110
Hola Spencer, aplica para todas los tipos de contribuyentes que llenan el formulario 110, ya que todos llenan ese formulario como gastos personales. Si es un gasto personal, no te pueden privar de realizar cualquier gasto, estamos en un país libre. Aquí hablamos al respecto también: https://boliviaimpuestos.com/facturas-sin-limite-formulario-110/
Muy buena y razonable explicación