¿Se puede pagar el IUE con facilidades de pago?

Aquí te respondemos si es posible pagar el IUE con facilidades de pago y cuáles son los pasos a realizar.

Hay dos maneras de pagar el IUE en cuotas o pagar el IUE con facilidades de pago. La primera es el conducto regular apelando a las facilidades de pago que establece la norma al respecto. Y la segunda forma es simplemente declarando en el formulario 500 el IUE y pagar con el formulario o boleta 1000 de tanto en tanto. Vamos a hablar de las dos formas a continuación y sus pros y contras.

Algunas cosas que damos por presupuestas:

  • El IUE es el Impuesto a las Utilidades de las Empresas, aquí hablamos sobre cómo es su cálculo. Recordar que este impuesto aplica para empresas (Formulario 500, 520) y también para profesionales independientes (Formulario 510) (aquí la calculadora IUE para Profesionales Independientes).
  • Este impuesto, para el caso de las empresas, puede ser rebajado si se tienen pérdidas en gestiones anteriores. Aquí comentamos al respecto sobre cómo es su tratamiento.
  • Los formularios que se declararon y quedaron pendientes de pago total o parcial pueden pagarse con el formulario o boleta 1000, aquí cómo llenarlo.
  • Compensación con el IT. Los pagos en efectivo del IUE son considerados pagos a cuenta del IT (Impuesto a las Transacciones). Aquí comentamos cómo es la mecánica de estas compensaciones mes a mes. Aplica siempre y cuando se haya pagado el IUE (o una parte del IUE) en un mes dado y en el siguiente se puede compensar. Por ejemplo, pago en abril (que declaro en mayo) y compenso con el IT en mayo (que declaro en junio).
  • Se tiene hasta la siguiente gestión (vencimiento del IUE) para compensar con el IT todo lo pagado por el IUE. Si no se logra compensar, entonces esos saldos pasan a favor del Estado.

Procedimiento con Facilidades de Pago

¿Por qué colocamos con mayúscula Facilidades de Pago? Es porque este procedimiento ya está normado explícitamente.

Las Facilidades de Pago, en resumen, implican llenar otros formularios más, pagar una garantía (o comprometer) y un anticipo de la deuda o deudas. Se lo puede hacer hasta 60 cuotas de pago y se añaden otros costos menores como interés y mantenimiento de valor (con UFV) —si te atrasas, se debe pagar todo de una.

Esta modalidad por lo general se usa para aunar deudas, o si tienes un proceso de fiscalización y es mucho dinero. Aquí comentamos en detalle este instituto legal llamado Facilidades de pago y aquí como pagar en cuotas de forma online.

Bien, para pagar el IUE con Facilidades de Pago no te conviene si solicitas para más de 12 meses, porque imagina que pagues en 20 cuotas, las últimas cuotas que rebasen el siguiente vencimiento del IUE no podrán ser compensadas con el IT.

Se debe tomar en cuenta que si se paga una parte del IUE en un mes dado, sólo esa parte pagada en efectivo (cash, contante y sonante) se podrá compensar el siguiente mes. Aquí no manda lo declarado en el formulario; sino lo pagado.

Esta forma de pagar a plazos es lo correcto según la normativa, pero implica, como ves, un trámite algo burocrático.

Te comento una alternativa.

Procedimiento con Boletas de pago 1000

Este otro procedimiento de pagar el IUE con facilidades de pago, bueno, de pagar en cuotas, consiste en declarar el Formulario del IUE (500, 510, 520) e ir pagando en el Formulario o Boleta 1000 según la disponibilidad que tengamos en nuestros fondos.

Lo que pasará con este procedimiento es lo siguiente:

  • No se podrá compensar el IT con el IUE declarado, sino solo la parte pagada en el mes anterior.
  • Se deben añadir el mantenimiento de valor e interés por la parte que se está pagando, calculado desde su fecha que debía pagarse (más adelante vemos un ejemplo).
  • Si se tarda en pagar varios meses o años, puede que el SIN inicie un proceso de cobro (un Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria, aquí hablamos al respecto). El SIN no necesita hacer un proceso de determinación del impuesto en estos casos, simplemente ejecuta porque ya se juró en la declaración jurada cuánto se debía.

Ejemplo alternativo a pagar el IUE con facilidades de pago

En el mes de abril de 2021, el último día de vencimiento 30 de abril, se declaró el formulario 500 con un IUE por pagar de Bs. 39800. —IUE de la gestión 2020, por cierto.

Por entonces no se tenía dinero, se pagó sólo Bs9800 (más sus accesorios) recién el 21 de junio de 2021. El modo de cálculo en la boleta 1000 fue:

Cálculo realizado con la Calculadora Tributaria online de Bolivia Impuestos. 

Este pago del IUE en Junio se lo pudo compensar en el siguiente o siguientes meses para no pagar el IT. El monto a compensar es de Bs9810, recordar que son válidos los montos por actualización o mantenimiento de valor del IUE (9800 + 10). Aquí hablamos de ese tema y sobre cómo manejar dos IUE simultáneos por compensar.

Luego, el 25 de enero de 2022 se pagó el saldo, Bs30000 (más su s accesorios). La forma cómo se pagó fue:

Entonces con este pago, en febrero se pudo compensar el IUE pagado de Bs30121 (deuda más su mantenimiento de valor). Sin embargo se compensará sólo hasta el mes de mayo de 2022, que es el mes donde aparece el nuevo vencimiento del IUE (que por cierto esta vez cae el 3 de mayo de 2022).

Decimos que «sólo hasta el mes de mayo» porque esta empresa, según las operaciones que tiene, no podrá compensar todo su IUE con el IT y tendrá que perder buena parte de su IUE que se irá a favor del Estado.

Para evitar estos desfaces y pérdidas de dinero te sugiero usar nuestro Planificador Tributario.

Conclusiones:

Como te indicaba, pagar el IUE con facilidades de pago, o sea, Facilidades de Pago según el procedimiento normativo al respecto, es lo correcto en estas situaciones. Pero para simplificar procesos se puede optar por declarar el formulario a tiempo e ir pagando con la boleta 1000. El riesgo está en tardarse mucho porque al ver esos formularios impagos el SIN ya puede actuar para iniciar el proceso de cobro.

Espero te haya servido estas notas, coméntame por favor tus puntos de vista o dificultades que no hemos tratado sobre cómo pagar el IUE con facilidades de pago.

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

22 comentarios en «¿Se puede pagar el IUE con facilidades de pago?»

  1. UNA CONSULTA UNA S.R.L. DEBE EL IUE DE LA GESTION 2018, 2019, 2021, DESEO PAGAR CON BOLETA 1000 SOLO UN PORCENTAJE DEL IUE DE LA GESTION 2021 PARA COMPENSAR EL IT, ES POSSIBLE O NO, QUE NORMAS PUEDEN RESPALDAR ESTE PROCEDER

    • Soledad, puede compensar el IUE de una gestión anterior al IT actual.

      El artículo 77 párrafo quinto de la Ley 843 dispone que en caso que al producirse un nuevo vencimiento de la presentación de la declaración jurada del IUE quedase un saldo sin compensar correspondiente a la gestión anual anterior, el mismo se consolidará en favor del fisco.

      Esto es concordante con la R.A. No. 05-0041-99 numerales 20, 22 reglamenta la compensación del IUE con el IT, estableciendo que el «IT correspondiente al mes siguiente y posterior a aquel en el que se liquidó el IUE» podrá ser deducido con el importe efectivamente pagado por el IUE.

      En ambas normativas se habla de una anterior gestión liquidada del IUE. No de más gestiones anteriores.

      Ahora los IUE que pague de gestiones anteriores, en nuestra opinión, sí son deducibles (ya que el IUE e sun impuesto directo), aquí hablamos al respecto: https://boliviaimpuestos.com/impuesto-a-la-propiedad-de-bienes-inmuebles-de-gestiones-pasadas-es-deducible/

  2. Una consulta: en el caso de haber realizado plan de pago del IUE, como obtengo el monto que puedo compensar para el IT para el mes siguiente al del pago de la cuota?

    • Hola Lic, el monto para compensar es lo que ha pagado del IUE (la deuda) más su mantenimiento de valor. El interés que se haya pagado no aplica como pago del IUE. El monto es lo que pagó en la boleta.

  3. Buenas noches una consulta; no pude pagar mi IUE de la gestión 2019 hasta la fecha. (Empresa unipersonal ya cerrada en la gestión mayo 2020) que leyes se me vendría encima?
    Y por cual de los metodos de pago me aconsejaría obtener.

    • Hola Verónica, tranquila. Declare el form 500 y 605 (estados financieros en digital), con un contador. Pague el form 500 con boleta 1000. (le sumarán 50 ufvs de multa por retraso y, si hay mantenimiento de valor de la deuda que no es mucho). Y listo. Si no lo hace lo antes posible es probable que luego le observen los del SIN.

  4. Buenas noches no eh pagado el iue de la gestión 2015, 2017 y 2020, y solo quiero pagar la gestión 2020 puedo hacerlo y en que artículos o Ley puedo ampararme para hacer dicha solicitud si es viable la solicitud, aguardo su respuesta, gracias

  5. La empresa es unipersonal que presta servicios, el contador externo en el balance declaro en caja un saldo que no existe y tambien aumento una cuenta de inventario de mercadería, para declarar pérdida en la gestión 2021….por favor necesito su colaboración y consulto como puedo subsanar el balance?

    • Así es, el art. 14 del DS 24051 dice: Impuesto a las Transacciones. Esta deducción únicamente alcanza al Impuesto a las Transacciones efectivamente pagado y no al compensado con el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.

    • Así es, el art. 14 del DS 24051 dice: Impuesto a las Transacciones. Esta deducción únicamente alcanza al Impuesto a las Transacciones efectivamente pagado y no al compensado con el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas

  6. Una consulta con la ampliacion del pago IUE 2021 hasta el 3 de mayo, se puede compensar el IUE 2020 hasta el periodo de mayo que se declara en junio 2022?

  7. Una consulta con la ampliacion del pago IUE 2021 hasta el 3 de mayo, se puede compensar el IUE 2020 hasta el periodo de mayo que se declara en junio 2022?

  8. Leo todo lo que me llega del señor Cáceres, son por demás de interesantes sus publicaciones, gracias señor Cáceres

  9. Entonces cuando realices pagos parciales lo compenso el total pagado incluido los accesorios? O compenso sólo el tributo omitido?

Los comentarios están cerrados.

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