Modelos de notas por exposición de EEFF con suspensión de UFVs

Presentamos algunos modelos de nota para la exposición de los EEFF con la suspensión de UFV, para cierres al 31/12/2020 y posteriores.

El problema radica en la exposición de los EEFF.

Por un lado está la actualización con UFVs en los estados financieros. En la gestión 2019 por ej. tenemos un saldo de terrenos Actualizado por 12.000, y en la gestión 2020, su saldo actualizado digamos es por 12500. Así lo tenemos registrado, los 500 adicionales van a APITB. 

Sin embargo, si se presentan balances comparativos de ambas gestiones, SOLO PARA EXPOSICIÓN, el saldo de 12.000 del 2019 vamos a exponerlo como 12.500, porque según la inflación ese sería su valor para comparar con 2020. Esto no tiene efectos contables, es sólo para exponer la comparación. 

Es porque los Estados Financieros que se presentan son comparados con la anterior gestión para fines de exposición, como en el siguiente ejemplo:

Por lo general, los saldos de gestiones anteriores son reexpresados a la moneda de los últimos estados, esto para fines de comparación y exposición.

Por ejemplo: Los saldos de la gestión 2019 los comparamos con los de 2018, para eso primero reexpresamos los saldos del 2018 a la UFV del 31/12/2019.

Aquí no hay un problema, porque la gestión 2019 ha tomado las UFVs hasta el 31/12/2019, en consecuencia es coherente reexpresar a la misma fecha la gestión 2018.

Asímetría luego de la suspensión de UFVs

El problema surge cuando existe la suspensión de las UFV en la gestión 2020.

En las gestiones con cierres al 31 de dic 2020 y subsiguientes, las cuentas no serán completamente actualizadas hasta su último día según las UFVs. Esto debido a la suspensión de las UFV desde el 11 de Dic. de 2020, según el CTNAC (Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad).

Tenemos:

Tipo de empresaFecha suspensión
UFV
Fecha cierreDías sin
actualizar
Comercial10/12/202031/12/202021
Industrial10/12/202030/03/20213 meses y 20 días
Agrícola, ganadera10/12/202030/06/20216 meses y 20 días
Minera10/12/202030/09/20219 meses y 20 días
Comercialsin ajuste31/12/2021sin ajuste
Industrialsin ajuste30/03/2022sin ajuste
subsiguiente +sin ajuste +subsiguiente + sin ajuste +

Cierres al 31.dic.2020

Como podemos ver, los cierres al 31/12/2020 van a tener 21 días sin ajustar según UFVs. Pues estamos actualizando sólo hasta el 10/12/2020.

Si exponemos y comparamos este cierre al 31/12/2020 con la gestión 2019, vamos a tener que reexpresar los saldos del 2019 al 10/12/2020 para que exista simetría:

Y así lo están haciendo las empresas para la gestión 2020: reexpresando los datos del 2019 a las UFVs del 10.dic.2020 para fines de exposición y comparación.

Notas sobre la suspensión 31.dic.2020

Hemos visto las siguientes notas con cierres al 31.dic.20 que se publicaron en la Gaceta Electrónica del Registro de Comercio (de acceso público):

De la empresa Inversiones Guabirá S.A.
De la empresa File Ardisa

Son dos formas de indicar qué UFV están tomando para reexpresar los datos de la gestión anterior para fines de comparación con la actual.

  • En primer ejemplo el tercer párrafo indica qué criterios se toman para la reexpresión de la anterior gestión para fines de comparación con la actual.
  • En el segundo ejemplo, el tercer párrafo indica qué UFV se tomó para la reexpresión.

Creo que el primer ejemplo es más ilustrativo y claro.

Cierres al 31.mar.2021 en adelante

En la gestión con cierre al 31/03/2020 de industriales, sus actualizaciones son sólo hasta el 10/12/2020.

Esto significa dejar de actualizar durante 3 meses y 20 días (del 10/12/20 al 31/03/21).

Son casi 4 meses que se habrían suspendido las UFVs en este tipo de empresas.

Al respecto hay una parte de la Norma Contable 3 que dice (párrafo 10):

En el caso que la profesión disponga la suspensión de la reexpresión de estados financieros, como se establece en el numeral 3 anterior, los estados financieros del período anterior (gestión anterior) se presentarán en forma comparativa, sin reexpresión, con los del periodo actual (gestión actual). Esta situación será revelada en notas a los estados financieros.

Significa que en la comparación ya no se debe reexpresar la gestión anterior, en vista a que en la gestión actual ya se suspendieron las UFVs.

(En aplicación extricta, esto ya deberíamos hacerlo con cierres al 31/12/20, pero al tratarse sólo de 21 días sin UFVs, las empresas han tomado el criterio de no aplicarlo y los auditores tampoco lo han observado —según los EEFF de los ejemplos revisados.)

Pues bien, los cierres al 31/03/2020 sí implican un mayor número de días sin UFVs (casi 4 meses). Entonces ya el CTNAC se ha pronunciado para aplicar la comparación sin reexpresar la anterior gestión.

El CTNAC ha emitido el Boletín Técnico Informativo N° 3 – Abril de 2021, en el que da un ejemplo de nota para empresas que cierran al 31 de marzo de 2020.

Descargar

En el modelo de nota, tenemos (con nuestro remarcado):

2.1 Consideración de los efectos de la inflación y el cambio contable

En cumplimiento a la normativa local vigente, los estados financieros al 31 de marzo de 2020 han sido preparados en moneda constante, reconociendo, en forma integral, los efectos de la inflación. Para ello, se ha utilizado, como indicador de ajuste, la variación de la Unidad de Fomento de Vivienda (UFV), siguiendo los lineamientos establecidos en la Norma de Contabilidad Nº 3 (Revisada y Modificada) y la Resolución CTNAC 01/2008 de 11 de enero de 2008 del Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia.

En cumplimiento a la Norma de Contabilidad Nº 3 y lo dispuesto por el Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad del Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia, en su Resolución N° 03/2020 de fecha 8 de diciembre de 2020, se suspendió el ajuste por inflación de los rubros no monetarios de los estados financieros a partir del 11 de diciembre de 2020, considerando que, oficialmente, el Índice General de Precios establecido a través de Índice de Precios al Consumidor (IPC) refleja una baja inflación. Consiguientemente, con este cambio contable, los estados financieros de la Entidad están reexpresados por inflación hasta el 10 de diciembre de 2020 (fecha de suspensión del ajuste).

La inflación anual acumulada considerando el IPC, hasta el 31 de marzo de 2020, fue de 1,44% y hasta el 31 de marzo de 2021 1,16%.

Solo para fines de comparación, y habiéndose suspendido el ajuste por inflación, los importes de los estados financieros y las notas explicativas correspondientes al 31 de marzo de 2020 se presentan sin la reexpresión a moneda del 31 de marzo de 2021. Este cambio contable, considerando las circunstancias actuales de la economía y los indicadores antes mencionados, no tiene un efecto material sobre la presentación de los estados financieros.

Atención: cuando se habla de no reexpresar para fines de comparación, se refiere a la exposición de saldos anteriores con los actuales en un reporte, el cual no tiene efectos contables. No se refiere a la actualización con suspensión de UFVs que sí tiene registros contables. Aquí comentamos las UFVs a tomar en cuenta para cierres durante 2021.

Con esa aclaración por parte del CTNAC queda claro entonces cómo presentar los EEFF para fines de comparación de empresas con cierre al 31 de marzo, 30 de Junio y 30 de septiembre de 2020.

A saber: las gestiones con cierre actual se quedan con su actualización de UFV parcial y la gestión anterior se compara sin reexpresar sus UFVs.

Es cierto, aquí existiría una incongruencia para fines comparativos.

Según la firma Valdivia Peralta y Asociados, en su Boletín Axioma de enero 2021, remarcan:

El Principio de “Uniformidad” – NC 1, establece que “Los principios generales, cuando fueren aplicables, y las normas particulares utilizados…deben ser
aplicados uniformemente de un ejercicio a otro
”; concordante con la NC 14, cuando establece que “Una vez adoptada una política…debe aplicarse en forma consistente durante la gestión y en forma uniforme de año en año para propósitos de comparación”; debiendo “…estos…ser comparativos y expresados en moneda constante…” (NC 11) o moneda histórica.

y en efecto, no tendríamos afinidad en la comparación de saldos con UFVs parciales vs. saldos sin UFVs.

Sin embargo, podemos salvar esta eventual situación si no son significativas según la inflación y se especifican en las notas, tal como lo indica la NC 3 y el Boletín 3/21 del CTNAC.

Gestiones con cierre 31.dic.21 en adelante

Desde la gestión con cierre al 31.dic.2021 no habría duda de aplicar el párrafo 10, de no reexpresar la gestión anterior para fines comparativos, esto porque toda la gestión 2021 ya no tendrá UFVs.

Si no hay una hiperinflación en el futuro, entonces seguiríamos con este criterio para los siguientes cierres.

Curso Ajustes con suspensión de UFVs

Para comprender de mejor manera los ajustes con suspensión de UFVs, tenemos el curso online al respecto disponible de forma inmediata:

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

7 comentarios en «Modelos de notas por exposición de EEFF con suspensión de UFVs»

  1. Para el cálculo de la actualización de activos fijos, considerando que la empresa cierra al 31 de diciembre de 2021
    Como se procederá con el cálculo?
    Con las ufv del 10 diciembre de 2020?

  2. Buenas tardes estimado lic. , una consulta, en las Notas a los EEFF 2020; NOTA 2. POLITICAS Y PRÁCTICAS CONTABLES. NOTA 3. CRITERIOS DE VALUACIÓN , con esto de la variación de las UFV, como sería su redacción. Si es posible que me lo escriba o que tengo que hacer para obtener esa información. Muchas gracias.

Los comentarios están cerrados.

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