Modificación a la clasificación como Newton Específico

modificación a la clasificación como newton específico

Modificación a la clasificación como Newton Específico

Con una reciente RND (10-0006-14) se hace una Modificación a la clasificación como Newton Específico. A continuación definiremos lo que es newton específico y cómo se hace la modificación.

¿Qué significa Newton Especifico?

En el universo del Régimen General están los PRICOS (Principales Contribuyentes), GRACOS (Grandes contribuyentes) y RESTO (Resto de contribuyentes). OK.  Esto se mantiene. De ese gran universo los Newton eran los PRICOS y GRACOS y algunos del RESTO. Para incluir a algunos contribuyentes del RESTO se sacaron algunas resoluciones con listas específicas indicando que ya eran Newton y uno tenía que estar pendiente de si ya eres Newton o no. Así poco a poco se iba sumando el número de Newtons.

Con la Resolución 10-0003-13 definitivamente todos los RESTO de contribuyentes, que no eran Newton, pasaron a ser Newton específico y con esta RND se disponía que este grupo de contribuyentes no estaba obligado a enviar el Da VINCI LCV. Ahora con una nueva RND (10-006-14) se modifica indicando que si se trata de entidades públicas o instituciones públicas, estas sí deben enviar el LCV generado por el Da Vinci. Y que de las gestiones no enviadas 2013 y enero de 2014, tienen plazo hasta mayo de 2014.

En resumen, aquí un cuadro actualizado.

Diferencia entre Newton  y Newton específico y sus obligaciones (actualizado)

ACTIVIDAD NEWTON NEWTON ESPECÍFICO
Llenan Formularios con pago cero en: Oficina virtual Newton Oficina Virtual Newton, o Software Da Vinci con conexión a internet
Llenan Formularios con importe a pagar en: Oficina virtual Newton Oficina Virtual Newton, o Software Da Vinci con conexión a internet,  o en Formularios Físicos
Llenan Formularioscon importe a pagary pagan en: Institución Financiera Institución Financiera
Enviar el archivo Libro de Compras y Ventas Enviar a través del software Da Vinci Elaborar, notariar y tenerlo en custodia. No están obligados a enviar en digital DA VINCI LCV (excepto las Entidades Públicas que sí deben enviar LCV).

RND 10-0006-14 

MODIFICACIÓN A LA RND Nº 10-0003-13
CLASIFICACIÓN DE CONTRIBUYENTES NEWTON-ESPECÍFICO
La Paz, 24 de febrero de 2014

VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que los artículos 78 y 79 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, facultan al Servicio de Impuestos Nacionales a establecer la forma de presentación de declaraciones juradas y pago de tributos, utilizando los medios e instrumentos tecnológicos disponibles en el país.

Que el Artículo 7 del Decreto Supremo Nº 27310 de 9 de enero de 2004, dispone que las operaciones electrónicas realizadas y registradas en el sistema informático de la Administración Tributaria por un usuario autorizado, surten efectos jurídicos y tienen validez probatoria; presumiéndose que toda operación electrónica registrada en el sistema informático pertenece al usuario autorizado.

Que la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0003-13 de 06 de febrero de 2013, clasifica como contribuyentes Newton-Específico, a los sujetos pasivos o terceros responsables de la categoría Resto del Régimen General, que no hubieran sido previamente clasificados como Contribuyentes Newton.

Que siendo de interés para la Administración Tributaria tener acceso a la información de las transacciones efectivamente realizadas que permitan verificar el correcto pago de obligaciones tributarias, es necesario modificar y complementar el Artículo 5 (Libro de Compras y Ventas) de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0003-13 de 06 de febrero de 2013, conforme lo establecido en el Artículo 15 de la RND Nº 10-0004-10 de 26 de marzo de 2010.

Que de conformidad al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, y las disposiciones precedentemente citadas,

RESUELVE:
Artículo 1.- (Modificación). Se modifica el Artículo 5 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0003-13 de 6 de febrero de 2013 con el siguiente texto:

Artículo 5.- (Libro de Compras y Ventas). Los contribuyentes clasificados como Newton-Específico, no están obligados al envío y a la presentación de la información del Libro de Compras y Ventas a través del módulo Da Vinci LCV, debiendo cumplir con su elaboración y custodia conforme a normativa vigente, exceptuándose a las entidades y empresas públicas que si tienen la obligación de presentar la información del Libro de Compras y Ventas IVA a través del módulo Da Vinci LCV de la Oficina Virtual, sean o no sujetos pasivos del IVA.

Artículo 2.- (Envío del Libro de Compras y Ventas de períodos anteriores). Para aquellas entidades y empresas públicas que no hayan realizado el envío de la información del Libro de Compras y Ventas a través del módulo Da Vinci LCV correspondiente a los periodos febrero de 2013 hasta enero de 2014, se otorga el plazo para el envío de dicha información hasta el 31 de mayo de 2014, manteniéndose la obligación de presentación de ésta información establecida en el Artículo 15 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0004-10 de 26 de marzo de 2010.

Artículo 3.- (Vigencia) La presente Resolución Normativa de Directorio tiene vigencia a partir de su publicación.

Regístrese, hágase saber y cúmplase.

 

tags: intituciones públicas lcv, entidades públicas lcv, alcalcías lcv.

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

8 comentarios en «Modificación a la clasificación como Newton Específico»

  1. Buenas noches lic. una consulta y con esta resolucion los NEWTON ESPECIFICO deben enviar la bancarizacion por la oficina virtual¿?

  2. NO PUDE ENVIAR LOS FORMULARIOS IVA E IT EN, QUE CORRESPONDEN AL MES DE FEBRERO, EN LA FECHA LIMITE QUE LE CORRESPONDE A MI NIT. EL CASO ES QUE, HABIÉNDOSE CAMBIADO LOS FORMULARIOS 200 Y 400, DESPUÉS DE MUCHOS INTENTOS NO PUDE TERMINAR EL PROCESO DE ENVÍO, EL BOTÓN CORRESPONDIENTE, NO RESPONDÍA. ENTIENDO QUE EL SISTEMA AÚN TIENE FALLAS, PERO AL DÍA SIGUIENTE RECIÉN RESPONDIÓ EL BOTÓN QUE TERMINA EL PROCESO DE ENVÍO. ME DIJERON QUE YA TENGO UNA MULTA. MI CONSULTA ES: ¿A QUE OFICINA ME DIRIJO PARA DEMOSTRAR QUE NO FUE MI INTENSIÓN EVITAR EL PAGO DE IMPUESTOS, SINO QUE QUE EL SISTEMA NO FUNCIONÓ CORRECTAMENTE, Y DE ESTE MODO EVITAR LA SANCIÓN? . GRACIAS POR SU ATENCIÓN

    • Estimado Felix, lamentablemente no puede demostrar eso legalmente, si no funcionan los sistemas, en otra declare en Formularios preimpresos o intente operar la oficina virtual en horarios fuera de oficina.

Los comentarios están cerrados.

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