Modificación de la Planilla Tributaria RC-IVA: Novedades Resolución Normativa de Directorio Nº 102400000031.
Fundamento Legal y Contexto Normativo
Como señala la propia Resolución en sus considerandos, «el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas reglamentarias administrativas de carácter general a efectos de la aplicación de las normas tributarias».
Esta facultad legal es el sustento fundamental de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102400000031, que son las MODIFICACIONES A LA RND N° 101900000010 Y RND N° 102000000025.
Digitalización Completa: El Nuevo Módulo RC-IVA
El documento es explícito al definir el nuevo objeto de la normativa: «Reglamentar el uso del Módulo RC-IVA – Mis Facturas y la generación de la Planilla Tributaria para la presentación de la Declaración Jurada del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) Formulario 608, a través del SIAT en Línea.»
Los elementos clave del nuevo módulo incluyen:
Aprobación de Nuevas Funcionalidades
Según el Artículo 3 de la resolución, se aprueban tres componentes fundamentales:
- Módulo RC-IVA – MIS FACTURAS para registro y selección de facturas por dependientes
- Módulo para gestión de dependientes por Agentes de Retención
- Planilla Tributaria para determinación del RC-IVA, que formará parte de la Declaración Jurada
Presentación de Documentos: Nuevas Reglas
La resolución establece cambios significativos en la presentación de documentos. Textualmente, en el Artículo 4 se indica que los dependientes «deberán presentar en forma mensual a sus Agentes de Retención el Formulario 110, a través de la opción habilitada en el SIAT en Línea».
Tratamiento de Facturas
Puntos cruciales sobre las facturas:
- Facturas manuales o pre-impresas requieren presentación física
- Facturas en línea no necesitan impresión
- Para facturas sobre 50.000 Bolivianos, se requiere carga digital de documentos de pago
Obligaciones de los Agentes de Retención
Modificación de la Planilla Tributaria RC-IVA.
La resolución es clara en sus directrices. Los Agentes de Retención:
- Deben generar Planilla Tributaria cuando exista impuesto retenido
- Están exentos de declaración si no hay facturas o saldos
- Deberán «custodiar aquellos Formularios 110 que contengan facturas manuales» por el término de prescripción previsto en la Ley N° 2492
Traslado de Saldos: Una Innovación Importante
Un aspecto destacado es el traslado automático de saldos. La norma especifica que «el sistema de forma automática trasladará este saldo de crédito fiscal al momento de la generación de la Planilla Tributaria del periodo correspondiente».
Disposiciones Transitorias y Consideraciones Finales
La resolución incluye disposiciones específicas para periodos anteriores:
- Envío o corrección de Planilla Tributaria por periodos previos debe hacerse através del Módulo RC-IVA – Mis Facturas
- Declaraciones Juradas originales o rectificatorias de periodos anteriores deben presentarse por el SIAT en Línea
Vigencia e Implementación
Como indica la Disposición Final, la resolución «entrará en vigencia a partir de su publicación», lo que implica una implementación inmediata.
PDF de RND Resolución Normativa de Directorio Nº 102400000031
Conclusión
La Resolución Normativa de Directorio Nº 102400000031 Introduce cambios en el sistema tributario boliviano del RC-IVA, fundamentales que buscan digitalizar y optimizar los procesos de declaración y retención de impuestos mediante:
- Digitalización completa del proceso tributario a través del Módulo RC-IVA – Mis Facturas
- Simplificación del registro en Planilla Tributaria y gestión de facturas
- Automatización de procesos como el traslado de saldos de crédito fiscal
- Establecimiento de obligaciones claras para agentes de retención.
Espero que este post te haya aclarado varios puntos de la normativa RND quie trae la Modificación de la Planilla Tributaria RC-IVA y otros aspectos importante.
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Mariela Ortega Chosgo
Contadora Pública con experiencia en auditoría, apoyo al contribuyente y comercio internacional.