Ley N° 1391 – Establece la Tasa Cero del IVA para un sector

La normativa establece que se tiene vigencia para esta Tasa Cero del IVA hasta finales de septiembre del 2023.


Actualización 2024: Ley N° 1546 amplía hasta el 31/12/2024 este incentivo tributario.


La normativa establece que se tiene vigencia para esta Tasa Cero del IVA hasta finales de septiembre del 2023.

En la presente publicación podrás ver datos sobre el incentivo que se implementó el 2021 para un sector en Bolivia:

¿Hasta cuándo estarán exentos del IVA los bienes contemplados en la Ley N 1391?

La facturación tasa cero establecida en la Ley N 1391 es válida hasta el 29 de septiembre de 2023, es decir, del presente mes.

¿A qué actividades económicas aplica la facturación tasa cero de la Ley N 1391?

La facturación tasa cero aplica a los contribuyentes que realicen la venta en el mercado interno de bienes de capital, plantas industriales, vehículos de carga de alta capacidad y maquinaria pesada. Estos bienes deben estar destinados a los sectores agropecuario, industrial, construcción y minería.

Incluye vehículos frigoríficos y maquinaria pesada importada o de producción nacional.

La base legal que sustenta la facturación tasa cero se encuentra en:

  • Ley N 1391
  • Ley N° 1462
  • Decreto Supremo N° 4579
  • Decreto Supremo N° 4795
  • Resolución Normativa de Directorio del SIN N° 102100000018.

La vigencia de esta exención es hasta el 29 del presente mes reglamentado por la Ley N° 1462 en su disposición adicional primera:

ARTÍCULO 6. (VIGENCIA DE LOS INCENTIVOS TRIBUTARIOS). La exención y la tasa cero establecidas en la presente Ley, tendrá vigencia hasta el 29 de septiembre de 2023.

Art. 6 – Ley N° 1462

¿Aún se puede suscribir a esta facturación tasa cero?

La suscripción a la facturación tasa cero según la Ley N 1391 tuvo vigencia temporal hasta el 8 de septiembre de 2022.

Por lo tanto, ya no se puede suscribir al IVA con tasa cero.

Alcance de este incentivo tributario:

De acuerdo a la memoria anual del 2022 de la Aduana Nacional se obtuvieron los siguientes resultados con el incentivo tributario:

Del total de valor CIF de importación en el marco de la Ley N 1391, se evidencia que el 48,3% del total, es importado para el sector agrícola, le sigue la industria manufacturera que concentra el 15,0%, la minería con el 8,6%, la actividad de la agroindustria con el 7,0%, la construcción con el 4,3%, la ganadería con el 2,0% y el resto de las actividades (comercio, servicios, electricidad y otras) concentran el 14,8%...
Cabe destacar que los bienes importados son nuevos y en el caso de los usados no exceden los 10 años de antigüedad.

Aporte:

A modo de comentario considero que sería mejor para las empresas que tuvieran incentivos para exportar, así estaría todo de forma balanceada.

Es cierto que ofrecer incentivos tributarios para importar trae ventajas, como ser que se estimula la inversión y el crecimiento, se ofrece incentivo para estimular la inversión en la producción nacional al reducir los costos de adquisición de insumos esenciales y también se promueve la competitividad, pues al facilitar el acceso a tecnología y maquinaria pueden ayudar a mejorar la competitividad de las empresas bolivianas en el mercado global.

Pero en conclusión, lo ideal sería tener un equilibrio entre incentivos tanto a la importación como a la exportación, que permita por un lado modernizar el aparato productivo boliviano facilitando importaciones clave, y por otro lado maximizar las oportunidades de crecimiento a través de mayores exportaciones con valor agregado. Una combinación balanceada de incentivos para ambos flujos de comercio exterior puede potenciar el crecimiento sostenido del sector empresarial y la economía.

Conclusión

La facturación tasa cero para ciertos bienes de capital según la Ley N 1391 sigue vigente hasta fines de septiembre del presente año. Los contribuyentes del sector deben aprovechar alguno de los pocos incentivos que se ofrecen tributariamente, tal como este incentivo tributario temporal para dinamizar la actividad.

Les invitamos a leer algunos de nuestras anteriores publicaciones.

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Carolina Rocio Salazar Pecho
Editor Tributario at Boliviaimpuestos.com | + posts

Contadora Pública con experiencia en análisis normativo, auditoría y comunicación asertiva.

2 comentarios en «Ley N° 1391 – Establece la Tasa Cero del IVA para un sector»

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