Régimen General y la obligación de Estados Financieros en Físico y Digital

Todo lo que debes saber sobre el régimen General y la obligación de Estados Financieros en Físico y Digital.

Régimen General y la obligación de Estados Financieros en Físico y Digital

Alcanzados

En este régimen están alcanzadas las personas naturales y jurídicas que realizan actividades económicas, exceptuando las actividades económicas que pertenecen al régimen especial.

Los contribuyentes PRICO, GRACO Y RESTO son todas las personas Naturales y Jurídicas, empresas públicas y privadas, sociedades, incluidas las empresas unipersonales, se incorporan también los contribuyentes directos o independientes que perciben ingresos por cuenta propia, y otros que realizan :

Actividades económicas como:

  • Venta habitual de bienes muebles (ejemplo electrodomésticos, ropa, cemento, vehículos, bebidas alcohólicas y otros
  • Alquileres de bienes inmuebles (Ej.: vajilla, disfraces, vehículos, casas departamentos).
  • Servicios en general (Ej.: Restaurantes, karaokes, médicos, contadores y otros.)
  • Importaciones definitivas.

Estos contribuyentes son clasificados como:

  • GRACO (Grandes contribuyentes)

Tanto los PRICOS y GRACOS, son contribuyentes CON UN MAYOR INGRESO Y/O APORTE EN EL PAGO DE IMPUESTOS, respecto a las recaudaciones obtenidas para el Estado Plurinacional de Bolivia.

Son clasificados como PRICOS Y GRACOS a través de Resolución Normativas de Directorio.

  • RESTO

Son aquellos contribuyentes que de igual forma contribuyen al desarrollo del país que no fueron clasificados como PRICO Y GRACO.

Los que debes saber sobre el Régimen General, lo encuentra aquí:

Requisistos para su inscripción

Si deseas inscribirte al regimen general aqui mostramos los requisitos:

Empresa Unipersonal:

Empresa Jurídica:

Profesional independiente o de oficio

Consultor en Línea:

Alquileres

Organismo NO Gubernamental, Fundación, Asociación y/o Entidad Civil sin fines de lucro.

Importante

Detalles importante que debes tomar en cuenta:

  • Los que están en este régimen emiten facturas.
  • De acuerdo a la actividad económica realizada se encontrará alcanzado por otros impuestos (ej.: ICE, IEHD, otros).
  • Si la fecha de vencimiento del NIT cae en sábado, domingo o feriado, este se traslada al primer día hábil siguiente.
  • para la presentación de Formularios se lo hace a traves del SIAT en línea.
  • Los profesionales Independientes, consultores en línea, alquileres no estan alcanzados por el IUE, no presentan Estados Financieros.
  • Solo los contribuyentes que estén alcanzados por el IUE que se encuentren obligados a llevar registros contables, presentan los Estados Financiero (Digital y/o en Físico) y la declaración de formularios que correspondan al IUE (Formulario 605, form 500, otros)
  • El Formulario 605 se envía aunque NO tenga movimiento en la gestión.
  • El Formulario 605 debe ser llenado de acuerdo a los Estados Financieros elaborados.
  • La obligación de Estados Financieros en Físico y Digital dependera de tus ingresos anuales, (el presentar en físico, o solo en digital).

Presentación Digital y Física De Estados Financieros

Acerca de el régimen General y la obligación de Estados Financieros en Físico y Digital, se debe tomar en cuenta que deben realizar Estados Financieros, los contribuyentes que estén alcanzados por el IUE que se encuentre obligados a llevar registros contables de acuerdo a normativa vigente, adicionalmente al envío del Formulario 605.

La presentación de Estados Financieros (EEFF) y información Tributaria Complementaria en físico y digital, se debe presentar según corresponda la RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 101800000004 y RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO N° 101800000007.
Estas resoluciones reglamentan la forma, medio y plazos para la presentación física y digitalizada a la administración Tributaria de los Estados Financieros, Dictamen de Auditoria Externa, Dictamen Tributario, Informe de Procedimientos Mínimos Tributarios, Información Tributaria Complementaria y/o Memoria Anual

Importante Nuevo estado Financiero (Balance de Comprobación de Sumas y Saldos)

Con la nueva RND Nº 102400000040 (27/12/2024) incluye, de manera digital el envió del Balance de Comprobación de Sumas y Saldos:

Artículo 7 :Los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas deberán enviar los Estados Financieros o Memoria Anual de forma digital a través de los módulos “Envío Digital de Estados Financieros” o “Envío Digital de Memoria Anual” del “Aplicativo Contribuyentes”; o a través de la Oficina Virtual, de acuerdo a lo siguiente.:
a)…. Este inciso es el que fue modificado:..

Artículo Único.- Modificar el Inciso a) del primer párrafo y segundo párrafo, del Parágrafo I del Artículo 7 de la RND N° 101800000004 con el siguiente texto:

“a) Los sujetos pasivos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) obligados a llevar registros contables, deberán enviar lo siguiente:

  1. Balance de Comprobación de Sumas y Saldos.
  2. Balance General.
  3. Estado de Resultados (Pérdidas y Ganancias).
  4. Estado de Resultados Acumulados (Estado de Evolución del
    Patrimonio).
  5. Estado de Cambios de la Situación Financiera (Estado de
    Flujo del Efectivo).
  6. Notas a los Estados Financieros.
  7. Inventario Físico Valorado.
  8. Compensación de Pérdidas (cuando corresponda el
    beneficio de compensación)

Aquí hablamos más al respecto de este tema <<Enlace>>

Tabla de obligaciones de los Estados financiero y/o memoria anual

En este cuadro resumimos lo que se debe ELABORAR, los que corresponden a la PRESENTACIÓN FÍSICA, al ENVÍO DIGITAL, de los Estados Financieros o Memoria Anual podrán presentar la siguiente documentación:

Puedes verificar de manera más didáctica consulta AQUÍ

Requisitos de Reportes Tributarios

Tipo de Entidad:

Nivel de Ingresos:

Resumen de Requisitos:

Entidad: Estados Financieros

Ingresos: Menos de 1.200.000

Total de documentos requeridos: 0

ELABORA
    PRESENTACIÓN FÍSICA
      ENVÍA DIGITAL FORMULARIO 605
        ENVÍA DIGITAL ANEXOS TRIBUTARIOS

          Quieres saber mas aqui hablamos más al respecto de la obligación de Estados Financieros en Físico y Digital.

          Los Anexos Tributarios

          Los Anexos Tributarios puedes descargarlos:https://boliviaimpuestos.com/15-anexos-tributarios-y-dictamen-tributario/

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          Mariela Ortega Chosgo
          Editor Tributario at  |  + posts

          Contadora Pública con experiencia en auditoría, apoyo al contribuyente y comercio internacional.

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