Incremento Salarial 2017

El incremento salarial 2017 ya está vigente con el DS 3161 y Resolución Ministerial 350/17. A continuación hablaremos sobre los cambios en el incremento salarial 2017 y en cuanto al RC IVA 2017.

El incremento salarial es para todos los del sector privado y algunas entidades del sector público (ver más abajo), que no deberá ser inferior al 7%.

Si antes un salario era Bs3800, con el incremento salarial ahora sería Bs.4066 . (3800+7%).

El Decreto Supremo no indica si este incremento es obligatorio o no  para el nivel ejecutivo, directivo y mandos superiores. Pero la Resolución Ministerial dice:

III El incremento salarial no es obligatorio para el personal de la empresa o institución  privada que ocupe cargos: presidentes, vicepresidentes, miembros de directorios, gerentes, subgerentes, directores generales, directores y subdirectores ejecutivos o de cargos  de igual jerarquía que tengan un nivel salarial acorde al cargo asignado.

En una empresa podemos tener otros cargos y en realidad no sabemos qué considerar como «cargos de igual jerarquía», entonces se tomaría como parámetro el cargo Gerente o subgerente (ya que esos cargos casi siempre hay en las empresas)  y de ahí para arriba considerar como incrementos opcionales.

Nivelación al Salario Mínimo Nacional 2017

Si antes un salario mínimo era de 1805, ahora se lo debe nivelar a Bs. 2000, que es el nuevo salario mínimo para 2017. Lo que significa un incremento en el SMN de 10.8%.

Retroactivos

Se los debe nivelar según el incremento desde la gestión 2016. Esto quiere decir que si ya estaba contratado en dic de 2016, el retroactivo aplica desde el 01/01/2017.

Contratados en la gestión 2017

Si ingresó entre el 01/01/2017 y el 30/04/2017, el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016. Otros personeros dicen que sí aplica para los recientes contratados el 2017.

Es evidente la irresponsabilidad en emitir normas sin especificar claramente. Por ejemplo el 2015 sacaron otra resolución especificando que aplicaba para personas contratadas entre enero y abril de 2015, y por entonces los que presentaron sin incluirlas tuvieron que rectificar sus planillas.

Esperemos que ahora saquen una aclaración oficial coherente y que por lo menos las rectificaciones no tengan otro costo.

De todas maneras, si ingresó el 1ro de mayo, ya ingresó tomando en cuenta el incremento salarial, entonces no recibe incremento.

Plazo de pago y presentación

El pago del retroactivo debe ser hasta el 31 de mayo de 2017. Y la presentación es hasta el 30 de Junio de 2017, por oficina virtual del Min. de trabajo.

Bono de antigüedad y subsidios

Deberán considerar el nuevo salario mínimo nacional a efectos de pagar el bono de antigüedad y subsidios.

Análisis en detalle del Incremento Salarial 2017

Cada caso particular de trabajadores y situaciones especiales lo analizamos en el curso de Presentación del Incremento Salarial.

Se desarrolla la jurisprudencia, procedimientos y tiene formatos de planillas oficiales para presentar ante el Min. de Trabajo y otras instituciones.

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RC IVA 2017

Los montos alcanzados por el RC IVA cambian a partir de este nuevo salario mínimo nacional 2017. Los alcanzados son lo que ganan más de 4 salarios mínimos nacionales, neto de AFPs. Si tengo un total ganado hasta 9165 no estoy alcanzado.

Entonces  la persona que está alcanzada es aquella que tiene un total ganado mayor a 9165. A continuación puedes calcular tu RC IVA 2017 según tu total ganado.

Calculadora RC IVA 2017

Descargar DS 3161 de Incremento Salarial 2017

Descargar RM 350/17 de Incremento Salarial 2017

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

141 comentarios en «Incremento Salarial 2017»

  1. Para un contribuyente directo dr rciva (alquileres) si no tiene ingresos en el trimestre se puede poner los creditos de los 2 smn por mes para que quede como saldo a favor para el siguiente periodo

  2. buenos dias lic. su sitio web me parece excelente ofrece bastante informacion en temas contables y sobre los impuestos, mi pregunta seria los contratados en 2017 recibiran incremento salarial???
    ya que hasta el momento los señores del ministerio de trabajo no se pronuncian para nada y ademas se les envia correo sobre esta aclaracion y no dicen nada.
    Espero si salga alguna norma sobre el incremento nos la haga conocer, porque ese personal del ministerio de gobierno ni idea.
    Me despido atentamente de su persona.

  3. muy buenas tardes, en la empresa q trabajo, el gerente dice q no pude pagar el retroactivo? se puede presentar al ministerio esta situacion?? y que se llegue a un acuerdo con los trabajadores p7 no pagar el retroactivo??

  4. Por favor, en un edificio donde se paga los sueldos al personal con las expensas, de igual manera hay incremento? Y se puede pagar todos sus beneficios y volver a contratar con un salario por ej. De 1200 por 6 horas, y empezar de cero sólo manteniendo pago de antigüedad?
    En que tipo de contrato no se paga beneficios sociales? Gracias.

  5. hola buenas tardes , si en mi planilla por el momento solo figuran los gerentes ,y como bien el dice el incremento no es obligatorio , mi pregunta es la siguiente : ¿tengo que hacer mi PRESENTACIÓN de planillas en la ovt , aun si no existe un incremento ?

  6. Buenas tardes Lic. caceres

    trabajo en una empresa privada, en donde han tomado la decision de pagar el incremento salarial 2017 solo a los que ganan menor o igual a 5000 bolivianos, sin tomar en cuenta la jerarquia de cargos, es esto correcto???
    Mi persona no ocupa ningun cargo mencionado en la resolucion, ni tampoco algun cargo de igual jerarquia, mi cargo es consultor de sistemas, soy empleado de planta.

  7. Buenas tardes SR ROBERTO QUISiera saber a el RETROACTIVO aplica para EMPLEADAs como TRABAJADORAs del hogar. Por favor esa DUDA y de ante mano muchas GRACIAS.

  8. Que pasa si la empresa lleva doble contabilidad. Por Decir en planillas mi sueldo sale cn el salario mínimo pero a mi me PAGAN más. Eso afecta en el incremento salarial o PAGO de retroactivos

  9. SR. CACERES: YO FUI A CONSULTAR AL MIN. EN SANTA CRUZ Y DIJERON QUE SI CORRESPONDE LOS CONTRATADOS DE ENERO AL MES DE ABRIL, YA QUE EL AUMENTO ES PARA LA GESTION 2017, POR FAVOR SERIA BIEN CONSULTAR AL MIN. DE TRABAJO EN LA PAZ PARA SALIR DE DUDAS.
    YA QUE ANTES EN SU PAGINA DECIA QUE DEL 1 DE ENERO AL 30 DE ABRIL CORRESPONDIA. AHORA SI LOS CONTRATADOS DEL 1 DE ENERO AL 30 DE ABRIL PERCIBEN SALARIO MINIMO DE 1820, TAMPOCO CORRESPONDERIA EL MINIMO DE 2000BS?

    • Hola Luwi, es la palabra verbal de funcionarios en LP que dicen que no aplica o que sí aplica en SC. Requiere una aclaración formal por parte del Min de Trabajo. Como hemos visto, la norma no es clara y ante eso nosotros recomendamos hacer el incremento de todas maneras a personas contratadas el 2017 hasta abril. Basándonos en el principio de protección al empleado y en una actitud conservadora por parte de la empresa. El 2015 sacaron una Resolución aclaratoria sobre el increm del 2015, indicando que aplicaba para contratados entre enero y abril de 2015. Quizá ahora lo hagan, solo que también causará rectificaciones y otros costos. Es preocupante cómo año a año sacan normas sin especificar y abierta a interpretaciones.

    • Hola Luwi, es la palabra verbal de funcionarios en LP que dicen que no aplica o que sí aplica en SC. Requiere una aclaración formal por parte del Min de Trabajo. Como hemos visto, la norma no es clara y ante eso nosotros recomendamos hacer el incremento de todas maneras a personas contratadas el 2017 hasta abril. Basándonos en el principio de protección al empleado y en una actitud conservadora por parte de la empresa. El 2015 sacaron una Resolución aclaratoria sobre el increm del 2015, indicando que aplicaba para contratados entre enero y abril de 2015. Quizá ahora lo hagan, solo que también causará rectificaciones y otros costos. Es preocupante cómo año a año sacan normas sin especificar y abierta a interpretaciones.

  10. ESTIMADO el gran problema en este momento en muchas empresas es la DUda sobre los trabajadores que fueron contratados ENTre el 01-01-2017 al 30-04-2017 les corresponde el INCRemento salarial 2017?
    Si dice que el incremento 2017 sera sobre el INCREMEMento del 2016 entiendo que se refiere a los q CONTINUan trabajando desde el 2016 oviamente seria sobre el basico actual del trabajador que porsupuesto ya estaria cn el INCREMento del 2016

  11. En mi empresa por presion nos han hecho firmar un acta de aprobacion de convenio colectivo de incremento salarial y designacion de representantes de los trabajadores donde por acuerdo no percibiremos aumento salarial.(corremos riesgo que nos retiren) si no aceptamos.
    esto es correcto.

  12. Buenos dias

    consultarle si se modifico el BÁSICO en el mes de enero, CORRESPONDERÍA el incremento salarial mas el retroactivo

    gracias

    • Hola Sergio. Sí, corresponde.
      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:
      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

  13. hola,disculpe,mi sueldo era de 1800 ahora con este decreto me aumentaron a 2000..quisiera saber como calcular mi retroactivo? gracias!!

  14. Buena NOche mi consulta es la.SIGUIEnte, en la empresa donde trabajo realizaron un Ajuste salarial a varios bajaron el.sueldo esto lo hicieron En abril no perdieron antiguedad no hay recontrataciin corresponde el incremento salarial, en la empresa indican q no corresponde.

    • el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

  15. ROberto gracias por la informacion en el caso que en enero 2017 me isieron un incremento en mi haber basico corresponde el incremento y retroactivo?

  16. Disculpe una consulta yo entre a trabajar el 11 de abril de 2017 quisiera saber si me corresponde el incremento salarial Desde abril o no me corresponde

    • La norma tampoco es clara al respecto:

      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

  17. BUEN DIA
    MI CONSULTA ES LA.SIGUIENTE SI REALIZARON UN AJUSTE SALARIAL MAS CLARO TE BAJARON EL.SUELDO EN ABRIL DE 2017Y TU TRABAJAS HACE MAS DE 5 AÑOS CORRESPONDE EL INCREME.TO SALARIAL?? YA Q LA EMPRESA INDICA Q NO POR ESE AJUSTE
    GRACIAS

    • La norma tampoco es clara al respecto:

      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

  18. En caso no paguen en la fecha indicada y lo paguen junto con el sueldo pero no el 31/05/17 sino el 01/06/17 que pasaría en ese caso ejemplo sociedad hotelera los Tajibos que hubieran hecho eso hay sancion

    • Hola Luis, sí. El Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

  19. buenas tardes , una consulta, si entre a trabajar en marzo 2017 y es un contrato a plazo fijo por 1 año, me corresponde el aumento salarial ? y en todo caso tb el retroactivo de 2 meses ?
    porque en mi empresa dicen que porque no he pasado los 3 meses es que no me corresponde.
    muchas gracias
    saludos

    • Hola Ariane

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016. La norma tampoco es clara al respecto:

      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

      Debido a la tendencia por regla a favorecer al trabajador en caso de dudas en la norma, debería existir incremento para los contratados el 2017. Y bueno. tampoco la norma dice nada explícito. Pero confiarse en la palabra verbal de un funcionario tampoco es prudente.

      Nosotros, por prudencia, estamos aplicando el incremento a las personas contratadas el 2017 antes del 1ro de mayo.

  20. QUISIERA SABER EL PORCENTAJE QUE SE LE DEBE INCREMENTAR A UNA PERSONA Q NO GANA POR DEBAJO DEL SALARIO MÍNIMO

  21. Existen TAMBIÉN empleados oportunistas, aquellos que trabajan muy poco tiempo y quieren sacar BENEFICIOS a la empresa, debería el ministerio de trabajo velar por los empleadores, tratan de hacer daño, y lo ven como un negocio.

  22. Estimado, si me aumentaron el sUeldo en marzo. Solo me corresponde RetroActivo de enero y febrero?
    O deberian auMentarme el 7% de marzo y abril tambien?

  23. EN QUE PARTE DEL DS 3161 O DE LA RESOLUCION MINISTERIAL 350/17 HABLA DEL RETROACTIVOS PARA PERSONAL NUEVO QUE INGRESO DESDE ENERO – ABRIL 2017

  24. si gano 15000 bs y tengo un cargo de jefatura con 2 personas a mi cargo me corresponde el incremento salarial?

  25. Buenas tardes
    Trabajo en una empresa con contrato desde 01-07-2016, y en marzo de este año me aumentaron el sueldo con un contrato de ADENDA, me corresponde el incremento salarial?
    gracias
    Saludos

  26. Buenos dias, yo ingrese aun empresa el 1 de febrero con el sueldo minimo y sigo trabajando en la misma, recibo retroactico..?? Por que me dicen que solo se dara retroactivo a los que esten trabajando desde diciembre del 2016…??

    • el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

  27. buenos dias
    UNA CONSULTA
    ESTA OBLIGADA UNA EMPRESA A PAGAR INCREMENTO SALARIAL 2017 SI EN SU BALANCE DE LA GESTION TUVO PERDIDA?
    POR FAVOR EN QUE PARTE DE LA LEY 3161 DICE?
    O EN QUE PARTE DE LA RM

  28. Mi consulta es si un trabajador gana 1805 haber básico para pagarle el retrO activo es sobre ese importe que tengo que calcular el 7 % o por el total ganado. A partir de mayo su haber básico ya va ser de bs 2000

  29. ahi una consulta a los de salario fijo reciben igual es mi caso yo recibo mi salario 4000 bs igual aplica el incremeto

  30. Buenas tardes, Lic. Roberto….

    tengo una consulta le corresponde el pago del retroactivo a personal retirado en el mes de abril??

    • Sí, ya que el 2016 estaba con un salario x y la norma dice:
      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17:
      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

  31. BUENAS TARDES QUICIERA HACER UNA CONSULTA SE LES ESTA INCREMENTANDO EL4 % AL GERENTE Y SUB GERENTE ESO ES VALIDO Y ESTAN AHCIENDON CARACTER RETROACTIVO ESTA CORRECTO ESE INCREMENTO

  32. Una pregunta yo entre a trabajar en una empresa el 16/01/2017 y mi sueldo liquido es de 3500 no me han descontado mis afps no me dan ni boleta de pago solo me transfieren ese monto a mi cta bancaria por haber ingresado en esa fecha me corresponde el incremento salarial ??????

    • La norma tampoco es clara al respecto:

      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

  33. Roberto, quiero saber si yo recibo retroactivo. Pasa que trabaje enero y febrero y me sacaron por periodo de prueba. Recibo mi retroactivo por esos dos meses?

    • La norma tampoco es clara al respecto:

      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

  34. buenas tardes, mi consulta es la siguiente, yo trabajo como administradora en una empresa privada y por encima mio esta el gerente, me indican que no me corresponde el incremento, que solo son beneficiados los de cargos menores. Es cierto esto?

  35. ESTIMADO LIC. ROBERTO
    TENGA USTED MUY BUENAS TARDES LE AGRADECERIA ME EXPLIQUE Y ADJUNTE LAS RESOLUCIONES Y NORMATIVAS EN LA QUE INDICA QUE SI ME CORRESPONDE EL INCREMENTO SALARIAL
    TRABAJO EN UNA EMPRESA PRIVADA DESDE EL 15 DE ENERO PERCIBIENDO UN SUELDO DE BS. 3070 CON EL CARGO DE ASISTENTE DE GERENCIA Y ME DIJERON QUE NO ME CORRESPONDE NI EL RETROACTIVO, NI EL INCREMENTO SALARIAL, PORQUE YO NO FIGURO EN SU PLANILLA DE LA GESTIÓN 2016.
    LE PIDO POR FAVOR ME AYUDE Y FACILITE LAS RESOLUCIONES PARA QUE DEMUESTRE QUE SI ME CORRESPONDE YA QUE LEYENDO LOS ANTERIORES COMENTARIOS Y LAS RESOLUCIONES YO ENTIENDO QUE SI ME CORRESPONDE TOMANDO EN CUENTA QUE YA PASE EL PERIODO DE PRUEBA Y SIGO OCUPANDO EL MISMO CARGO.
    LE AGRADESCO DE ANTEMANO, SALUDOS.

  36. buenos días Roberto:
    mi consulta ES PARA REALIZAR EL CALCULO DEL RETROACTIVO…SE TOMA EN CUENTA SOLO EL HABER BASICO O EL TOTAL GANADO DONDE EN MUCHOS CASOS INCLUYEN BONOS,Y OTRAS COMISIONES.
    PORFAVOR ESPERO TU RESPUESTA
    GRACIAS.

  37. Las empresas publicas, bajo el regimen de la ley general del trabajo, bajo que norma se deben respaldar para el pago del incremento salarial?
    Ya que las normas señaladas solo hacen referencia de empresas del sector privado.

  38. Buenas tardes la fecha limite para la presentacion del xoncenio salarial es el 31 de mayo o hasta el 30 de junio con las planillas .

  39. Para el descargo de facturas para el inCremento Salarial, de que meses entran? Hay que preSentar junto al descargo de mayo ose hace aparte?

  40. Buenas tardes,
    una pregunta al respecto indican que no corresponde el incremento a los empleados que ingresaron en la gestión 2017 por que el reglamento indica SOBRE LA BASE DEL HABER BASICO DE LA GESTION 2016… POR FAVOR AGRADECERE ME PUEDA ACLARAR

    • el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

  41. Buenos días,
    Si un trabajador ingreso el 31 de enero de 2017 recibe retroactivo? se le TENDRÍA que incrementar el 7% a su salario?

  42. una pregunta licenciado roberto; si el periodo de prueba no existe porque lo nombra en la parte de retroactivos «…entonces recibe incremento salarial (siempre y cuando haya pasado los 3 meses de prueba).»
    para esas persona no se le toma en el retroactivo.

  43. buenas noches estimado roberto:
    primero agradecerle por la informacion publicada, ya que nos sirve de gran ayuda, al mismo tiempo quisiera observar su comentario sobre el punto de retroactivos, donde usted indica:

    «retroactivos.- Se los debe nivelar según el incremento desde la fecha que ingresó. Si era antiguo, desde el 01/01/2016. Si ingresó entre el 01/01/2017 y el 30/04/2017 se presupone que ingresó sin el incremento salarial, ya que no salió el DS. entonces recibe incremento salarial (siempre y cuando haya pasado los 3 meses de prueba).»
    en el caso de los antiguos (2016) estoy plenamente de acuerdo, pero en el caso de los nuevos que ingresaron entre el 01/01/2017 y el 30/04/2017, no esta muy claro y genera CONFUSIÓN, ya que efectivamente el d.s. sobre el incremento salarial 2017, salio el 01 de mayo de 2017, pero como sabemos en materia laboral, la ley es retroactiva cuando beneficia al trabajador, en este entendido, corresponderia el pago del retroactivo a todos los nuevos que ingresaron entre el 01/01/2017 y el 30/04/2017.
    por otro lado me gustaria saber si el periodo de prueba de 90 dias sigue vigente, por que si no, corresponderia nomas el pago de retroactivos a todos los nuevos que ingresaron antes del 30 de abril.
    asimismo, la Resolución Ministerial 350/17, en su articulo segundo dispone: «Para el incremento salarial, señalado en el artículo primero, parágrafo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe considerarse los siguientes criterios de forma obligatoria: i.- El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016».
    entonces, SEGÚN lo dispuesto por este articulo segundo de la resolución ministerial, podemos resaltar que el incremento se realiza de manera obligatoria, sobre la remuneración básica «percibida» (recibida), durante la GESTIÓN 2016; por cuanto «no» correspondería el pago de retroactivos a los nuevos que ingresaron entre el 01/01/2017 y el 30/04/2017.
    me despido de usted, SOLICITÁNDOLE una respuesta a lo mencionado a fin de aclarar esta confusión generada por la normativa laboral, saludos y gracias por la atención.

    • La norma tampoco es clara al respecto:

      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

    • el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

    • el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

      • PERO DONDE PUEDO VER ESO Y RESPALDARME PARA QUE ME TOMEN EN CUENTA PARA EL INCREMENTO SALARIAL PORQUE VARIAS EMPRESAS SE ESTAN ESCUSANDO DE QUE EN EL DS NI EN LA resol. minis. no habla nada del personal nuevo

      • Hola Claudia, sí.

        Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016. La norma tampoco es clara al respecto:

        el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

        I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

        que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

        Debido a la tendencia por regla a favorecer al trabajador en caso de dudas en la norma, debería existir incremento para los contratados el 2017. Y bueno. tampoco la norma dice nada explícito. Pero confiarse en la palabra verbal de un funcionario tampoco es prudente.

        Nosotros, por prudencia, estamos aplicando el incremento a las personas contratadas el 2017 antes del 1ro de mayo.

  44. Buenas tardes y va salir ese ds donde pagen el retroactivo alos q firmamos en enero de 2017 y seguimos trabajando para que nos pagen ese retroactivo que nos deberian de pagar

    • el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      que tampoco dice explícitamente qué hacer con los contratados el 2017.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

  45. Buenos dias mi consulta es si el aumento salarial se aplica al basico o al total ganado???
    Muchas gracias espero su respuesta.

  46. Un saludo, Mi consulta es. Si en una empresa hay «cargos operativos» con en «nombre» de «director», como por ejemplo «director de diseño». corresponde aumento salarial?

    • Hola Pablo, la RM habla de subgerencias para arriba y si hay cargos inferiores llamados «director» que más se refiere al objeto de la labor, no aplicaría el pago opcional.

  47. Hola una pregunta si en mi emprEsa yo no ocupo un cargo jeRarquico y mi haber ganado es 7703, me corresponde un incremento salarial ??? Es una empresa privada

  48. Mire yo nose como hacer porque aqui no tengo ningun seguro a nadie nos aseguran somos alrededor de 30 personas mas o menos . Llevo 2 años y 3 meses ya casi . No cumplen con mi seguro de vida mis vacaciones mis permisos ni mi bono que ya cunple dos años . Segun escuche que a otra persona le dijeron que no pagarian retroactivo ni incremwnto como podemos hacer para que todo eso se cunpla porque ya able von ellos sobre mi seguro y no lo aran m dijeron . Quieren asegurarme individual y eso segun yo no me conviene porque el dia en que tenga mi bebe quisas no tenga ningun beneficio me podrian ayudar como aserlo sugerirme pero sin dañar a la empresa o sin que se enteren que yo estoy avisando porque segun mi colega lo amenasaron con despedirle bueno diciendole que se busque otro trabajo si esque queria todos esos beneficios . Por favor no quiero ningun problema pero todo esto pasa aqui en la empresa donde trabajamos varias personas

    • Hola Luana, en realidad pasa en muchas empresas. Lo que debe hacer es ir al Min de trabajo si cree que se están vulnerando sus derechos, ahí le asignarán un personero para seguir un proceso administrativo.

    • Estas en todo tu derecho de exigir tus beneficios que te corresponde por ley, y te digo ellos no pueden despedirte solo por eso por mas que lo hagan la empresa saldra perdiendo porque de todas formas te van a reincorporar .

  49. MUCHAS GRACIAS POR LOS DATOS… UNA CONSULTA MAS PORFAVOR EN QUE PARTE DEL DECRETO O REGLAMENTO INDICA:

    Si ingresó entre el 01/01/2017 y el 30/04/2017 se presupone que ingresó sin el incremento salarial, ya que no salió el DS. entonces recibe incremento salarial (siempre y cuando haya pasado los 3 meses de prueba).

    ¿QUE SE HARÍA CON LAS PERSONAS QUE NO CUMPLIERON AUN LOS 3 MESES DE PRUEBA…???

    • Hola Rodrigo.
      La norma tampoco es clara al respecto:

      el Art. 2 de la Resolución Ministerial 350/17 dice:

      I. El incremento salarial de la gestión 2017, debe aplicarse sobre la remuneración básica percibida durante la gestión 2016.

      Según respuesta verbal de los personeros del Min de trabajo, solo aplica para personas que estuvieron ya contratadas el 2016.

  50. Buenas tardes lic roberto. disculpe usted, necesito hacerle unas preguntas. el porcentaje del incremento no puede ser menor a 7%. en mi empresa estan por darnos el 5.4%, es posible esto? o tiene que ser el 7% si o si.
    otra cosita mas la presentacion de la planilla de retroactivo al mintrabajo es hasta el 30 de junio, pero debe estar ingresada hasta el 31 de mayo o la puedo ingresar en junio. el deposito de los 130 bs lo hice en mayo. me puede sacar de la duda por favor. mil gracias de antemano.

  51. Gracias por la informacion muy buena para el ciudadano para asi compartirla con los demas personas y colegas de trabajo

  52. Buenas tardes estimado, muy buena la pagina con todo las herramientas ofertadas.
    le PODRÍA sugerir una planilla modelo en excel para el retroactivo o si la hay mis disculpas

  53. sR. CACERES
    BUEN DIA
    MI CONSULTA ES: SI UN TRABAJADOR SE RETIRO EN FEBRERO DE 2017, Y TOTAL GANADO ERA DE BS. 2.250.-, DEBO PAGARLE EL RETROACTIVO???
    Y REALIZAR UNA RELIQUIDACION DE SUS BENEFICIOS SOCIALES??
    AGRADEZCO SU RESPUESTA DE ANTEMANO

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