ICE nuevas alícuotas: cerveza, vinos, bebidas con alcohol y derivados

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Impuestos Nacionales está emitiendo la actualización de normas para cada año, otra de las más importantes es la emisión de una RND especificando nuevas alícuotas para el ICE (Impuesto a los Consumos Específicos).

Su aplicación sobre los productos alcanzados con el Impuesto a los Consumos Específicos las cuales se actualizarán por la Administración Tributaria para cada gestión.

El contribuyente deberán aplicar alícuotas específicas de productos gravados por el Impuesto a los Consumos Específicos (ICE), actualizadas para su aplicación durante las diversas gestiones,

De productos como:

  • Bebidas no alcohólicas en envases herméticamente cerrados (excepto aguas naturales y jugos de fruta de la partida 20.09) y bebidas energizantes
  • Cerveza con 0.5% o más grados volumétricos
  • Vinos, chicha de maíz y bebidas fermentadas y vinos espumosos
  • Alcoholes, singanis, otros aguardientes, licores y cremas en general, whisky, ron, y vodka
  • Cigarros (puros) (incluso despuntados), cigarrillos (puritos) y cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco.
  • Los demás tabacos y sucedáneos del tabaco, elaborados; tabaco «homogeneizado» o «reconstituido»; extractos y jugos de tabaco.
  • Productos que contengan tabaco, tabaco reconstituido, nicotina o sucedáneos del tabaco o de nicotina, destinados para la inhalación sin combustión; otros productos que contengan nicotina destinados para la absorción de nicotina en el cuerpo humano

Detallando las alicuaotas de acuerdo al siguiente detalle:

(Vamos a ir actualizando este post con cada nueva lista de alícuotas)

ACTUALIZACIÓN DE LAS ALÍCUOTAS ESPECÍFICAS DEL IMPUESTO A LOS CONSUMOS ESPECÍFICOS (ICE)

PARA LA GESTIÓN 2024

De acuerdo con la Resolución Normativa de Directorio Nº 102300000038.

Haz clic aquí para descargarlo.

PARA LA GESTIÓN 2023

De acuerdo con la Resolución Normativa de Directorio Nº 102200000031.

PARA LA GESTIÓN 2022

Resolución Normativa de Directorio Nº 102100000029

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

2 comentarios en «ICE nuevas alícuotas: cerveza, vinos, bebidas con alcohol y derivados»

  1. Buenas tardes lic caceres gracias por la info de su web nos ayuda mucho..
    Escribo en este tema ya antiguo por no haber encontrado otro, me queda una duda al revisar unas declaraciones juradas de un cliente nuevo, tal cliente compra y vende alcohol potable, como sabemos en las facturas de compra de alcohol viene el importe del ICE, en este caso en la factura de cpra de alcohol solo viene el importe de Bs. por litro(Bs. 1.36) y supongo q se debe multiplicar por los litros comprados para sacar el total de ICE, siempre supe q el ICE es No-Deducible para el IVA, por algo existe la columna de ICE en el libro compras IVA q resta al importe total, pero conste que en este nuevo cliente no se hiso tal resta, pues este cliente tiene declarado compras sin restarle el ice lo cual es incorrecto a mi saber, por favor lic caceres ayudeme si estoy en lo correcto, (pues las declaraciones las hiso una lic. experta en impuestos y talves es correcto lo que hizo) son importes grandes de compras.
    Gracias de antemano lic caceres muchas gracias

    • Estimado Lic. Victor, el ICE debe ser pagado por los distribuidores de la bebida , y no por los consumidores, si su empresa no es una distribuidora ; y para tu declaración debe tomar en cuenta el total facturado menos el ICE. saludos

Los comentarios están cerrados.

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