¿Eres del grupo de contribuyentes que cambia al SFL y no encuentras la fecha límite en la página del SIN? Aquí está la información actualizada.

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Desde finales del 2021, se estableció la nueva reglamentación de Facturación mediante la RND 102100000011. Como resultado, se han creado varias listas de contribuyentes que están obligados a cambiar su modalidad de facturación a una en línea, ya sea electrónica en línea, computarizada en línea y/o portal web en línea.
En esta publicación, explicaremos en palabras simples las distintas listas y sus prórrogas.
¿Cómo saber en cuál es la modalidad de destino para tu NIT?
Para que los contribuyentes sepan cómo pueden verificar en cuál grupo se encuentran lo pueden consultarlo por medio de la página del Servicio de Impuestos Nacionales; contamos con un tutorial de cómo consultarlo, puedes ingresar haciendo clic aquí.
Sin embargo, es importante mencionar que esta consulta no proporciona la fecha límite para adecuar tu sistema, dado que se ha ido modificando con las prórrogas.
Tal como vemos, este NIT se encuentra dentro de las listas del cuarto grupo de contribuyentes:

Al consultar la modalidad de destino nos aparece que la fecha de adecuación es el 01 de abril de 2023 y no toma en cuenta las prórrogas que han habido, dado que la fecha actual para que el cuarto grupo de contribuyentes implemente el nuevo sistema de facturación es el 31 de julio.

Es por eso que hemos organizado este post para ti.
PRIMER GRUPO de contribuyentes – Parte 1
Primer lista y vencimiento para cambiar a facturación virtual
- El primer grupo tuvo el plazo hasta el 1 de diciembre de 2021.
- Emitieron un listado en el anexo de esta RND para adecuar e implementar sistemas informáticos de facturación y emitir Documentos Fiscales Digitales en línea.
- Quienes utilizan la modalidad de facturación Oficina Virtual y no fueron expresamente clasificados para la modalidad de facturación electrónica o computarizada en línea, también cambiaron a la modalidad de facturación Portal Web en Línea.
RND Nº 102100000012, de 11 de agosto de 2021.
Haz clic aquí para acceder a esta RND.
Haz clic aquí para acceder al anexo de esta RND.
PRIMER GRUPO de contribuyentes – Parte 2
Juegos de azar y sorteo pasan a la facturación virtual
- Operadores de juegos de azar y sorteos autorizados por la Autoridad de Fiscalización del Juego fueron parte del primer grupo para adecuar sus sistemas y emitir Documentos Fiscales Digitales en línea desde el 1 de diciembre de 2021.
- No se emitió una lista específica, solo se mencionó que también estaban alcanzados los juegos de azar y sorteos.
RND Nº 102100000013, de 27 de agosto de 2021.
Haz clic aquí para acceder a esta RND.
SEGUNDO GRUPO de contribuyentes
Listas del segundo grupo
- Los contribuyentes listados en el Anexo de la RND 102100000019 tenían hasta el 1 de abril de 2022 para cambiar de modalidad de facturación. Esto significaba que a partir de esa fecha, ya no podrían utilizar la modalidad de facturación anterior, y debían hacer uso exclusivamente de las modalidades de facturación en línea especificadas.
RND Nº 102100000019, de 14 de octubre de 2021.
Haz clic aquí para acceder a esta RND.
Prórrogas para el segundo grupo:
- Se amplió el plazo hasta el 30 de junio de 2022, para que los contribuyentes del «Segundo Grupo de Contribuyentes» cambien a la modalidad de facturación virtual.
RND Nº 102200000005, 25 de marzo de 2022:
Haz clic aquí para acceder a esta RND.
- Se extendió el plazo hasta el 31 de julio de 2022 para que el Segundo Grupo pudiera emitir mediante la modalidad de facturación en línea asignada.
RND Nº 102200000014, 01 de julio de 2022:
Haz clic aquí para acceder a esta RND.
ATENCIÓN:
Los contribuyentes designados para implementar alguna de las modalidades de facturación en línea, del primer o segundo grupo , podían utilizar la modalidad de facturación Computarizada SFV o manual que hubieran utilizado previamente durante el primer mes de implementación. Esto con el fin de garantizar la continuidad en la emisión de facturas mientras se adaptaban al nuevo sistema de facturación en línea.
RND Nº 102100000023 , de 01 de diciembre de 2021.
Haz clic aquí para acceder a esta RND.
TERCER GRUPO de contribuyentes
Listas del tercer grupo
- Primero está la lista de los contribuyentes del tercer grupo que debieron implementar la modalidad de facturación en línea hasta antes del 1 de octubre de 2022.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102200000010, 18 de mayo de 2022
Ampliación de los plazos más RND:
Sin embargo, la RND 102200000020 amplió el plazo hasta el 30 de noviembre de 2022.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102200000020, 23 de septiembre de 2022.
- Luego, se estableció una nueva prórroga hasta el 31 de enero de 2023, y finalmente, desde el 1 de febrero de 2023, deben emitir Documentos Fiscales únicamente a través de la modalidad de facturación en línea.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102200000025, 29 de noviembre de 2022.
CUARTO GRUPO de contribuyentes
Listas del cuarto grupo
- Se suben al cuarto grupo de contribuyentes debe implementar la modalidad de facturación en línea a partir del 1 de abril de 2023.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102200000024, de 10 de noviembre de 2022.
Ampliación de plazos y prórrogas:
Se amplía el plazo para el cuarto grupo hasta el 31 de mayo de 2023.
Haz clic para acceder a la RND Nº 10230000009, de 17 de marzo de 2023.
Se amplía el plazo para el cuarto grupo hasta el 31 de julio de 2023.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102300000016, de 18 de mayo de 2023.
Se amplía el plazo para el cuarto grupo de contribuyentes hasta el 30 de septiembre de 2023.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102300000024, de 18 de mayo de 2023.
Nuevo plazo para el cuarto grupo de contribuyentes hasta el 31 de enero del 2024.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102300000026, de 23 de agosto de 2023.
Es decir, desde el 01 de febrero de 2024 deberán emitir Documentos Fiscales Digitales a través de la modalidad de facturación en línea asignada.
QUINTO GRUPO de contribuyentes
Entre las últimas listas está la del quinto grupo, fue lanzado el 27 de junio de 2023.
Este grupo tuvo como primer plazo hasta el 31 de julio para cambiar su modalidad de facturación.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102300000019, 27 de junio de 2023 con las listas de los contribuyentes que deben cambiar la modalidad de facturación.
Se amplía el plazo para el quinto grupo hasta el 30 de septiembre de 2023.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102300000023, de 28 de julio de 2023.
ÚLTIMO: Nuevo plazo para el quinto grupo de contribuyentes hasta el 29 de febrero del 2024.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102300000027, de 23 de agosto de 2023.
Es decir, desde el 01 de marzo de 2024 deberán emitir Documentos Fiscales Digitales a través de la modalidad de facturación en línea asignada.
SEXTO GRUPO de contribuyentes
La lista del sexto grupo fue lanzado el 30 de junio de 2023.
Este grupo tuvo como primer plazo hasta el 31 de agosto para cambiar su modalidad de facturación.
Haz clic aquí para acceder a la RND Nº 102300000020, 30 de junio de 2023 con las listas de este grupo.
ÚLTIMO: Nuevo plazo para el sexto grupo de contribuyentes hasta el 31 de marzo del 2024.
Es decir, desde el 01 de abril de 2024 deberán emitir Documentos Fiscales Digitales a través de la modalidad de facturación en línea asignada.
Haz clic para acceder a la RND Nº 102300000028, de 23 de agosto de 2023.
SÉPTIMO GRUPO de contribuyentes
La última lista es del séptimo grupo, lanzado el 28 de julio de 2023.
Este grupo tiene hasta el 30 de septiembre para cambiar su modalidad de facturación.
Es decir, desde el 01 de octubre de 2023 deberán emitir Documentos Fiscales Digitales a través de la modalidad de facturación en línea asignada.
Haz clic aquí para acceder a esta RND Nº 102300000022, 28 de julio de 2023 con las listas de los contribuyentes que deben cambiar la modalidad de facturación hasta fin del mes de septiembre.
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Carolina Rocio Salazar Pecho
Contadora Pública con experiencia en análisis normativo, auditoría y comunicación asertiva.
Saludos licenciado, mi duda… como puedo modificar la modalidad de facturación que me asignaron? dado que factura 1 o 2 veces por mes y por importes menores a Bs2000 y me clasificaron como Facturación Electrónica, a la fecha estuve emitiendo facturas con el portal web (me encuentro en el séptimo grupo)
Hola Lizeth, lamentablemente no se puede elegir una modalidad (a menos que sea por ej querer ir de manual a electrónica por propia voluntad). La imposición de modalidad del SIN obedece a criterios internos. A largo plazo, por ejemplo, la idea es que casi todo el mundo use electrónica.
SOLO EL CUARTO GRUPO TIENEN OTRA AMPLIACIÓN A OCTUBRE ???’
Buenos días, por el momento según normativa vigente el cuarto, quinto y séptimo grupo tienen para cambiarse hasta el 30 de septiembre.