Simplificando el cumplimiento tributario para contribuyentes Resto
La RND 10-0018-16 introduce los Formularios 200 IVA y 400 IT en su Versión 3 Resumido, diseñados para simplificar la presentación de declaraciones juradas para los contribuyentes clasificados como Resto en el Régimen General. Esta medida busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, especialmente para aquellos que no realizan transacciones u operaciones complejas.
RND publicada en fecha 26/06/2016
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO No 10-0018-16
FORMULARIOS 200 IVA Y 400 IT – VERSIÓN 3 RESUMIDO
La Paz, 24 de junio de 2016
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, faculta a la Administración Tributaria a dictar normas de carácter general para la aplicación de las normas tributarias, y los Artículos 78 y 79 reglamentan la presentación de Declaraciones Juradas en forma impresa o por cualquier medio tecnológicamente disponible en el país.
Que los Incisos b), l), m) del Artículo 4, así como el Artículo 3 de la Ley No 2166 de 22 de diciembre de 2000, señalan que es función, misión y atribución del Servicio de Impuestos Nacionales facilitar y afianzar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
Que la Resolución Normativa de Directorio 10-0001-06 de 13 de enero de 2006, “Nuevos Formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias”, dispuso la aprobación de los formularios de Declaración Jurada y de boletas de pago en su segunda versión, a ser utilizados de manera obligatoria por los contribuyentes clasificados como PRICOS, GRACOS, Exportadores y RESTO.
Que la Resolución Normativa de Directorio No 10-0015-13 de 19 de abril de 2013, modificada con la Resolución Normativa de Directorio No 10-0025-13 de fecha 28 de junio de 2013 y la Resolución Normativa de Directorio No 10-0002-14 de fecha 29 de enero de 2014, emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales, aprueban los Formularios Versión 3 correspondientes al Impuesto al Valor Agregado – IVA Formulario 200 e Impuesto a las Transacciones – IT Formulario 400, a ser utilizados de manera obligatoria por los contribuyentes del Régimen General.
Que la Resolución Normativa de Directorio No 10-0003-13 de 06 de febrero de 2013, “Clasificación de contribuyentes Newton – Específico”, dispuso la clasificación de los contribuyentes Resto del Régimen General como Contribuyentes Newton – Especifico, estableciendo características y demás formalidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Que con el objetivo de facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes registrados en el Régimen General clasificados como Resto que no realizan transacciones u operaciones complejas, en el marco del nuevo Modelo de Administración del Sistema Impositivo (MASI) se ha diseñado los Formularios Versión 3 Resumido para la presentación de Declaraciones Juradas correspondientes al Impuesto al Valor Agregado – IVA (F-200) y al Impuesto a las Transacciones – IT (F-400), los cuales simplifican el llenado de las casillas para la determinación de saldo a favor del Fisco o del Contribuyente.
Que conforme al Inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo No 26462 de 22 de diciembre de 2001, Reglamento de aplicación de la Ley No 2166 del Servicio de Impuestos Nacionales, el Presidente Ejecutivo en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, se encuentra autorizado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en uso de las facultades conferidas por el artículo 64 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas.
RESUELVE:
Artículo 1. (Objeto).– La presente Resolución tiene por objeto aprobar los Formularios en Formato Versión 3 Resumido correspondiente al Impuesto al Valor Agregado – IVA Formulario 200 e Impuesto a las Transacciones – IT Formulario 400, a ser utilizados por los Contribuyentes del Régimen General clasificados como Resto, con las excepciones establecidas en los artículos siguientes.
Artículo 2. (Aprobación).– Se aprueba los Formularios 200 IVA y 400 IT, en Formato Versión 3 Resumido que en Anexos forman parte de la presente Resolución.
Artículo 3. (Utilización de los Formularios 200 IVA y 400 IT, Versión 3 Resumido).– Los contribuyentes del Régimen General clasificados como Resto (personas naturales, empresas unipersonales, personas jurídicas, oficios libres, profesionales, alquileres, comerciantes, etc.), podrán presentar sus declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Transacciones (IT) en los Formularios 200 IVA y 400 IT en Formato Versión 3 Resumido, cuando declaren únicamente sus datos de ventas, compras y/o saldos para la determinación del saldo a favor del Fisco o del Contribuyente.
Los contribuyentes clasificados como Resto que sean Exportadores, con Tasa Cero, con actividades no Gravados por IVA e IT y otros que requieran el llenado de otras casillas, deberán utilizar de manera obligatoria los Formularios del Impuesto al Valor Agregado – IVA (200 V.3) y del Impuesto a las Transacciones – IT (400 V.3) aprobados mediante Resolución Normativa de Directorio No 10-0015- 13 de fecha 19 de abril de 2013.
Los Formularios 200 IVA y 400 IT, Formato Versión 3 Resumido aprobados por la presente Resolución, no son aplicables a los contribuyentes PRICOS y GRACOS.
Artículo 4. (Rectificatorias de Declaraciones Juradas).– Las Declaraciones Juradas presentadas en Formato Versión 3 Resumido, deben ser rectificadas utilizando los Formularios aprobados mediante Resolución Normativa de Directorio No 10-0015-13 de fecha 19 de abril de 2013.
Artículo 5. (Certificación Declaración Jurada).– La Certificación Electrónica de las Declaraciones Juradas en Formatos Versión 3 Resumido, se extenderá a través del Portal Tributario del Servicio de Impuestos Nacionales, en el formato de los formularios aprobados mediante Resolución Normativa de Directorio No 10-0015-13 de fecha 19 de abril de 2013.
DISPOSICIÓN FINAL
Única.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de julio de 2016, debiendo presentar las declaraciones juradas del IVA e IT del período fiscal junio/2016, en los casos que correspondan, en los Formularios 200 IVA y 400 IT en Formato Versión 3 Resumido.
Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Lic. V. Mario Cazón Morales
Presidente Ejecutivo a.i.
Servicio de Impuestos Nacionales