Formularios 200 y 400 Version 3 se postergan para el 2014
Última actualización: se posterga para marzo de 2014.
Los formularios 200 y 400 versión 3, que se iban a implantar primero en julio de 2013 (RND 10-0015-13 de 19 de abril de 2013), luego se postergó para septiembre de 2013 (RND 10-0025-13 de 28 de junio de 2013).
Ahora acaba de salir la RND 10-0032-13 que la posterga hasta enero de 2014.
(Actualización, ahora es hasta febrero de 2014)
El principal argumento que maneja el SIN para esta postergación es:
(…) los nuevos formularios diseñados para facilitar la declaración y cumplimiento de las obligaciones tributarias, para su efectiva y correcta aplicación requieren de ajustes técnicos, que involucran tanto al contenido de los mismos, como a los sistemas informáticos del Servicio de Impuestos Nacionales que interactúan con la información declarada por los contribuyentes, motivo por el cual se hace necesario postergar la entrada en vigencia de los Formularios 200 y 400 Versión 3.
A continuación copiamos la RND 10-0032-13 de postergación de los Formularios 200 y 400 v3.
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0032-13
MODIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº10-0015-13MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0025-13POSTERGACIÓN DE LA VIGENCIA FORMULARIOS 200 Y 400 VERSIÓN 3La Paz, 29 de agosto de 2013VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 78 de la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, establece que las Declaraciones Juradas son la manifestación de hechos, actos y datos comunicados a la Administración Tributaria en la forma, medios, plazos y lugares establecidos por las reglamentaciones que ésta emita, se presumen fiel reflejo de la verdad y comprometen la responsabilidad de quienes las suscriben en los términos señalados por este Código.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0015-13 de 19 de abril de 2013, se aprueban los Formularios Versión 3 correspondientes al Impuesto al Valor Agregado – IVA Formulario 200 e Impuesto a las Transacciones – IT Formulario 400, a ser utilizados de manera obligatoria por los Contribuyentes del Régimen General, con vigencia a partir del 01 de julio de 2013.
Que mediante Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0025-13 de 28 de junio de 2013, se modifica el Artículo 4 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0015-13 de 19 de abril de 2013, estableciendo que la citada disposición entrará en vigencia, a partir del 02 de septiembre de 2013.
Que los nuevos formularios diseñados para facilitar la declaración y cumplimiento de las obligaciones tributarias, para su efectiva y correcta aplicación requieren de ajustes técnicos, que involucran tanto al contenido de los mismos, como a los sistemas informáticos del Servicio de Impuestos Nacionales que interactúan con la información declarada por los contribuyentes, motivo por el cual se hace necesario postergar la entrada en vigencia de los Formularios 200 y 400 Versión 3.
Que conforme al Inciso p), del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en este sentido, el Inciso a. del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002, autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.
POR TANTO:
El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, en observancia de las disposiciones legales precedentemente citadas,
RESUELVE:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se modifica el Artículo 4 de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0015-13 de 19 de abril de 2013, modificado por el Artículo Único de la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0025-13 de 28 de junio de 2013, con el siguiente texto: “(Vigencia). La presente disposición entrará en vigencia a partir del 02 de enero de 2014.”
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Erik Ariñez Bazzan
Presidente Ejecutivo a.i.
Servicio de Impuestos Nacionales
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.
Y los profesionales independientes newton especifico, tambien se ha modificado? o que programa estamos obligados a tributar, y muchas gracias por la informacion
Los profesionales independientes y las empresas en general del regimen general, seguiremos usando los formularios que conocemos, hasta que se apliquen estos nuevos, un saludo
Muchisimas gracias, por enviarnos la información actualizada.
Gracias por la información, hay que estar a la espera
GRACIAS POR LA INFORMACIÓN
gracias por la informacion, mi estimado.
GRACIAS POR LA INFORMACION¡¡¡
muchas gracias por la informacion estare atenta
los profesionales independientes que son newton especifico estan obligados a llevar LCV?
No están obligados al LCV.
Gracias, por toda la informacion brindada, siga adelante con su pagina que es excelente