Facturas electrónicas, su vigencia y características

A continuación vamos a hablar sobre las facturas emitidas bajo la modalidad computarizada, ciclos y web (RND 10-0021-16) y en línea electrónicas (102000000017) acerca la impresión de originales y copias.

RND 10-0021-16 SFV – RND 102000000017

En realidad de la norma que estaríamos hablando es del la RND 10-0021-16 (Sistema de Facturación Virtual) la cual ha sido modificada (añadiendo un capítulo íntegro de facturación electrónica en línea) con la RND 102000000017.

Las modalidades que estaban eran:

  • Manual
  • Prevalorada
  • Computarizada
  • Oficina Virtual
  • Web y por ciclos

Se añadió las nuevas modalidades electrónicas en línea:

  • Electrónica en línea
  • Computarizada en línea
  • Portal Web en línea

Calidad de «Electrónica»

No porque ya no se esté aplicando el Sistema de Facturación Electrónica se debe decir que no hay o no habrán facturas electrónicas.

Con la reciente Resolución de Facturación «en Línea» se instauran de todas maneras las modalidades electrónicas en la facturación.

Vigencia de la facturación electrónica

Las facturas electrónicas (entendemos como tales aquellas que se emiten con conexión online entre el SIN y el Vendedor) se pretendió instaurar con la Resolución sobre Sistema de Facturación Electrónica (RND 101800000026).

Tenía que entrar en vigencia en 2019, luego en 2020, finalmente se anuló tal resolución. Sin embargo se sacó otra resolución para su aplicación.

Salió con otro nombre: Facturación en Línea (RND 102000000017) Esta norma sobre la facturación en Línea, retrotrae los elementos principales de la RND sobre facturación electrónica. Rescata las modalidades electrónicas y las añade a las ya existentes.

Entonces de todas maneras se está implantando en la gestión 2020 la facturación electrónica. Añadiendo modalidades electrónicas a las que ya existen, indicando su uso opcional.

Las modalidades electrónica en línea son opcionales de uso (quizá en el 2021 en adelante se obligue ya a ciertos contribuyentes) y tienen la diferencia esencial de que en vez del Nro. de Autorización, tienen el CUF (Código Único de Factura).

Por otro lado, estas facturas electrónicas en línea deben estar en conexión permanente con el SIN para ser emitidas, por eso se llaman «en línea».

Facturas físicas y digitales

Bueno, entre las definiciones de la Resolución sobre Facturación «en Línea» tenemos que las facturas pueden ser físicas o digitales. Las facturas digitales, desde luego, no necesitan impresión obligatoria.

“bb) Factura o Nota Fiscal: Es el documento tributario autorizado por la Administración Tributaria cuya emisión física o digital respalda la realización de compra-venta de bienes muebles, contratos de obras, prestación de servicios o toda otra prestación cualquiera fuere su naturaleza alcanzados por el IVA u otro impuesto, que incluye además a los Recibos de Alquiler.”

Art. 4. Definiciones

Las facturas físicas son: las manuales, prevaloradas, computarizadas.

Las digitales son: por oficina virtual, web por ciclos, computarizadas en línea, electrónicas en línea y Portal web en línea.

Artículo 97. (Impresión de la Factura Digital).- Cuando el comprador requiera una impresión del documento digital, el vendedor deberá entregar una Impresión de la Factura Digital

Art. 97 RND 10-0021-16 (modificada por la RND 102000000017)

Copias digitales son permitidas

Entre las definiciones tenemos también que las copias digitales son legales. O sea, no es necesario imprimirlas

q) Copia digital de la Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente: Es el ejemplar registrado y almacenado en medio digital que contiene la misma información y características de la Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente original y se constituye en el comprobante de la operación para el Sujeto Pasivo o Tercero Responsable Emisor.

Art. 4. Definiciones

Qué modalidades pueden prescindir de las copias físicas

En la RND 10-0021-16 , art. 44,. dice:

II. En la Modalidad de Facturación Computarizada, se podrá prescindir de las copias físicas de respaldo, en la medida que los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables generen copias digitales, que sean registradas y archivadas en medios electrónicos asegurando el cumplimiento de las siguientes condiciones: permitir la identificación del emisor, garantizar la integridad y consistencia de la información y datos en ellos contenidos, de forma tal que cualquier modificación en los mismos ponga en evidencia su alteración, conforme lo dispuesto por el segundo párrafo del Parágrafo I del Artículo 79 de la Ley Nº 2492 Código Tributario Boliviano. En caso que no se cumplan las condiciones previamente referidas, los Sujetos Pasivos o Terceros Responsables deberán generar copias físicas en los términos dispuestos en la presente Resolución.

Art. 44. RND 10-021-16

En los siguientes apartados indica también que para las modalidades:

  • Facturación por Oficina Virtual
  • Electrónica Web y por Ciclos

No se requerirán copias físicas de respaldo, salvo requerimiento del emisor.

Lo mismo sucede, desde luego, para las modalidades recientes en línea:

  • Electrónica en línea
  • Computarizada en línea
  • Portal Web en línea

Características de la modalidad Computarizada

Estamos hablando de la modalidad facturación computarizada (RND 10-0021-16) que no es la facturación computarizada en línea (RND 102000000017).

Es la que se usa actualmente en supermercados en formato rollo, pero también se puede imprimir en formato carta o similar.

Es una modalidad algo especial porque queda en medio de la manual y la electrónica.

Por eso tiene las siguientes características:

  • No necesita indicar ORIGINAL si es una impresión en formato de papel Rollo. (Art. 10)
  • Debe tener la leyenda ORIGINAL si es una factura que no es formato en rollo.
  • Debe ser entregada (no indica si físico o digital) al cliente en venta de bienes. O impresa por el cliente.
  • Se debe entregar impreso si el cliente lo pide.
  • No necesita copia impresa, es suficiente la copia digital.

Entonces el vendedor puede enviar en PDF (que no sea el formato en rollo) y el comprador imprime la factura con la leyenda ORIGINAL.

Ver cómo funciona un sistema de facturación computarizada:

Verificación de facturas

En el siguiente post hablamos del verificador de facturas del SIN:

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

32 comentarios en «Facturas electrónicas, su vigencia y características»

  1. Buenas noches quisiera consultar por q cuando ingreso al registro de mis compras al detalle me aparecen unas facturas q yo nunca compre y de las cuales desconosco, y tambien quisiera saber cuantos meses tienen vigencia las facturas para poder declararlas y como puedo saber en el siat si una factura esta dentro del plazo para poder declararla.

  2. Estimado Roberto,

    Por favor si me puedes brindar mas información sobre la «facturación por ciclos« como se aplica y cual es su procedimiento que se debe seguir ante mano muchas gracias

  3. Holaa. Buenas noches
    Mi pregunta es:
    ¿Qué tipo de sanción tiene una estación de servicios si sacan doble factura?

  4. Buenas tardes soy dependiente y verifique que algunas facturas se cargaron automáticamente por ej. compras en línea….pero yo no cuento con estas facturas…puedo declararlas y NO PRESENTARLAS EN FISICO?

  5. Saludos…
    Soy funcionario dependiente y como tal declaro mensualmente el formulario 110, en el aplicativo Mis Facturas.
    He notado que algunas compras se registran automáticamente, sin que yo las cargue al sistema, estas se tipifican con la letra “E”, ahora este registro no cuentan con un respaldo fisico, para el descargo del formulario 110, como hago para su descargo? o es que no es nesesario el respaldo fisico de estas facturas (E)????

  6. Saludos…
    Soy funcionario dependiente y como tal declaro mensualmente el formulario 110, en el aplicativo Mis Facturas.
    He notado que algunas compras se registran automáticamente, sin que yo las cargue al sistema, estas se tipifican con la letra “E”, ahora este registro no cuentan con un respaldo fisico, para el descargo del formulario 110, como hago para su descargo? o es que no es nesesario el respaldo fisico de estas facturas (E)????
    Otra duda que tengo es si es necesario adjuntar la copia física de la factura en la declaración del formulario 110.

  7. Lic, buenas tardes, en el tema de servicios básicos, hay problemas con usuarios que fallecieron y sus hijos no hicieron el cambio de nombre de un medidor, por lo cual en la actualidad esta con su NIT 0, cual será lo prudente para actualizar estos usuarios en una Base de Datos y estar listos para una facturación electronica o en linea a futuro?????
    Gracias.

    • Hola Enzo, es una buena pregunta, sobre todo para las empresas, ya que las facturas de servicios básicos ajenas sirven hoy si están con la misma dirección del NIT d euna empresa como inquilino. Con el Sistema de facturación en línea, estas facturas deben salir a nombre de la empresa o no tendrían valor.

      Lo mismo se presenta para personas naturales que tendrían la necesidad de que figuren sus normbes en tales facturas.

  8. Saludos,

    Soy dependiente y como tal declaro mensualmente el formulario 110, desde hace unos meses desde el aplicativo Mis Facturas.

    Desde el pasado mes, he visto que algunas compras se registran automáticamente, sin que yo las cargue al sistema. Según entendí de la lectura del post, estas son las facturas digitales. Algunas de ellas son del tipo «E» en el sistema y otras sencillamente están categorizadas como «Computarizadas». No entiendo cuál sería la diferencia a una factura que, por ejemplo, emitida por una compra en un supermeracdo, siendo que estas también se categorizan como «Computarizadas».
    Otra duda que tengo es si es necesario adjuntar la copia física de la factura en la declaración del formulario 110.

    Muchas gracias por brindarnos tan excelente contenido.

    • Hola Ronald, hay facturas «computarizadas» y «computarizadas electrónicas»: La primera solicita una dosificación por un tiempo. La segunda está conectada con el SIN todo el tiempo. De la primera es por ej las de supermercado, pero poco a poco las empresas irán migrando a la Electrónica, por lo menos las grandes empresas y con alta facturación.

  9. en el nuevo sistema de reintegro si olvide introducir una factura del mes de febrero y ya declare el formulario 111 podre introducir esa factura en el siguiente mes? o solo son validas las facturas del mes declarado

  10. Buenas noches, como registro el número de autorización y código de control en el Formulario 110 V3, cuando la factura solo cuenta con CUF?
    Gracias por la respuesta.

  11. Muchas Gracias por la publicación. En concreto mi consulta es: si emitimos facturas computarizada de la RND 10-0021-16, ¿Está permitido que enteguemos en PDF, a nuestros clientes?

  12. Buenos días! según la RND 102000000032 ¿podemos seguir usando el F110 V3?, cuando un análisis a esta RND por favor Lic., gracias.

Los comentarios están cerrados.

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