Vamos a definir a continuación cuáles son los elementos para considerar empresas PRICOS en Bolivia y con esto a los GRACO y RESTO.
En muchas ocasiones llegamos a escuchar que todos los contribuyentes inscritos en el Servicio de Impuestos Nacionales están clasificados en 3 grupos:

Cada uno de ellos tiene un motivo por su clasificación, pero en esta oportunidad te explicaremos quiénes y por qué son los contribuyentes “PRICO”.
¿Qué son los contribuyentes PRICO?
Según la normativa nacional nos indica que:
Son aquellos que por su volumen de operaciones y/o importancia fiscal de tributos se constituyen como primordiales para la Administración Tributaria, los mismos que son clasificados como tal mediante Resolución Normativa de Directorio.
RND 10-0006-10 en su Art. 2 inc. b)
En pocas palabras los contribuyentes “PRICO” son contribuyentes importantes para el SIN por su aporte significativo respecto a las recaudaciones obtenidas para el país.
¿Cómo se categoriza un contribuyente “PRICO”?
Los PRICOS son determinados en función a los objetivos y políticas institucionales del SIN de acuerdo a lo siguiente:
Principales Contribuyentes:
Son aquellos contribuyentes, que por su volumen de operaciones y/o importancia fiscal de tributos, ocupen las primeras 100 (cien) posiciones como mínimo.
Esta cantidad podrá ser incrementada en función de los objetivos institucionales según su importancia fiscal:
- Impuesto Determinado
- Impuesto pagado (Efectivo y Valores)
- Total Ventas
- Total Compras
- Compras (Con destino a la Exportación y Mercado Interno)
- Valor de las exportaciones y ventas (Exportadores que solicitan devolución impositiva)
- Importe de remesas al exterior 8º. Gastos respaldados con facturas (Contribuyentes con Exención del IUE)
Asimismo, de ser necesario, en casos que el SIN detecte que existen contribuyentes cuya categorización no coincida con la magnitud de sus operaciones, en atribución al Artículo 64 y Artículo 66 de la Ley 2492, podrán ser recategorizados.
¿Cuál es el método de selección para ser PRICO?
Está en función de la información acumulada de impuestos mensuales, trimestrales y anuales correspondientes a periodos fiscales y gestiones más próximas o actuales.
Tendrán la categoría de PRICO:
- Aquellos contribuyentes que ocupen las 100 (cien) primeras posiciones en la escala obtenida en función a uno de los siguientes parámetros: Impuesto Determinado, Impuesto Pagado (Efectivo y/o Valores), Total ventas o Total compras.
- Aquellos contribuyentes exportadores cuya sumatoria de montos en “Compras con Destino a Exportaciones y a Mercado Interno” o el “Valor de las Exportaciones y Ventas” sea mayor.
¿Se puede cambiar de Categoría?
Sí. Para la modificación de categoría al contribuyente categorizado se efectuará sobre los siguientes criterios señalados:
- En el caso de contribuyentes que por efecto de su comportamiento tributario deban ser categorizados de RESTO a GRACO ó de GRACO a PRICO, el cambio se efectuará anualmente.
- Los contribuyentes Categorizados como PRICO o GRACO permanecerán en la misma categoría, por el tiempo mínimo de dos (2) años calendarios consecutivos.
- Los contribuyentes categorizados como PRICO o GRACO mantendrán su categoría, no obstante, cambien de estado Activo a Inactivo o viceversa.
IMPORTANTE
- El SIN emite anualmente hasta el último día hábil del mes de enero de cada año la RND que establece la nómina de NIT, que serán Categorizados, Recategorizados o Confirmados como PRICOs.
- Para la Categorización, Recategorización y/o confirmación de contribuyentes bajo la jurisdicción de la Gerencia Sectorial de Hidrocarburos como PRICO o GRACO se procede conforme a los parámetros establecidos o de acuerdo a procedimiento especial que el SIN establezca.
- Deben cumplir con el registro, preparación y presentación de la siguiente información en la forma, medio y plazos establecidos por el SIN:
- Libro de Compras y Ventas IVA.
- Estados Financieros con (Dictamen de Auditoría Externa).
- Información Tributaria Complementaria y otros.
- El incumplimiento de las obligaciones tributarias están sujetas al procedimiento sancionador establecido en las siguientes RND:
- RND 10-0033-16
- RND 101700000015
- Los contribuyentes cuyo NIT consignen una marca de control vigente por procesos pendientes, no ingresarán a un proceso de categorización o recategorización.
- A partir de su registro en el Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital las Empresas Públicas, serán categorizadas automáticamente como contribuyentes GRACO, sin la posibilidad de ser recategorizadas como Resto.
¿QUÉ EMPRESAS BOLIVIANAS ACTUALMENTE SON PRICO?

Según el ultimo informe disponible del SIN publicado en su pagina web , estas son las empresas PRICOS actualmente:
En 1° lugar se encuentra la estatal YPFB, con sede central en La Paz, que en 2018 pagó en impuestos un monto de Bs 7.977 millones,
Todo lo recaudado representa un 18.9% de participación respecto al total nacional, superior al 17,2% de la gestión 2017.
El 2° lugar esta YPFB Refinación (Santa Cruz), que en 2018 pagó Bs 3.175, con una participación del 7.5% del total nacional.
Entre las dos primeras empresas, el total de lo recaudado llega a Bs 11.152, representando el 26.4% de aporte del sector estatal.
En el 3° lugar está la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) de capital privado, ubicada en La Paz.
La CBN aportó Bs 2.039 millones y una participación del 4,8%. Respecto a 2017, su aporte bajó en Bs 10.9 millones.
En 4° lugar se encuentra Minera San Cristóbal, de capitales transnacionales, con sede en Potosí, con 1.358,1 millones de pago en impuestos en 2018, un 3.2% de participación y superior a los 876,3 millones de la gestión 2017.
El 5° lugar está ocupado por otra estatal. Se trata de la Entel, cuyo aporte en tributos llegó a Bs 641,6 millones, con un 1.5%de participación, menor a los 647,5 millones de la gestión 2017.
Del 6° al 10° lugar se encuentran Tigo, Embol, Repsol E&P Bolivia, PIL Andina y Empresa Nacional de Electricidad, respectivamente.
RECUERDA
Estas empresas están obligadas a:
- Utilizar las modalidades de facturación prevalorada, computarizada, oficina virtual, electrónica web o electrónica por ciclos.
- No pueden volver o utilizar la facturación manual.
- Extraordinariamente podrán utilizar la modalidad manual previa solicitud en el SFV justificada.
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.
¿que empresas bolivianas actualmente son graco?
Como dice en la entrada, Leonardo, se va actualizando
Excelente documento me ayudo mucho
¡Felicidades !Roberto Cáceres , de verdad que hizo apasionarme con todo respecto a los temas de sus blogs .Espero venga a la ciudad de La Paz .
Saludos .
Un gusto, Celia, recibir tu mensaje. Claro que sí, a veces damos cursos por allá presenciales y que pase la pandemia y ya estamos por allá.