DS de Incremento Salarial 2014, qué novedades trae
Acaba de salir el DS 1988 de incremento salarial 2014. A continuación veremos las características de este Decreto Supremo de incremento salarial y su comparación con anteriores Decretos Supremos de incremento de los anteriores años.
Ya no existe lo «inversamente proporcional»
En el actual DS de incremento salarial 2014 han eliminado aquello de «inversamente proporcional» y han agregado el párrafo II indicando que es para todos los contratos:
ARTÍCULO 7.- (BASE DEL INCREMENTO SALARIAL EN EL SECTOR PRIVADO). I. El Incremento Salarial en el sector privado será convenido entre los sectores patronal y laboral, considerando como base del diez por ciento (10%) establecido en el presente Decreto Supremo
cuya aplicación podrá ser inversamente proporcional.II. El incremento salarial referido en el párrafo precedente se aplicará a todas las modalidades de contratos de trabajo asalariado.
Esta eliminación de lo «inversamente proporcional» quizá se debe a que no estaba claro en las normas cómo se debía aplicar y seguramente fue un problema más para el ministerio de trabajo en el momento de recibir las planillas. El año pasado se interpretaba de las siguientes maneras, según a quién le convenga:
- INTERPRETACIÓN 1. Es la aplicación del incremento aplanando la curva salarial. Los que ganan más no reciben nada o muy por debajo del porcentaje de incremento, y los que ganan menos reciben incluso montos superiores al porcentaje de incremento. En suma debe haber un incremento general del 8% en la masa salarial básica (8%, por e.j para el 2013).
- INTERPRETACIÓN 2. La aplicación de lo inversamente proporcional es siempre tomando el porcentaje del incremento salarial como mínimo de incremento, pudiendo incrementar más a los cargos superiores para que resulte proporcional al cargo.
En el actual DS de incremento salarial 2014, reiteramos, no existe la noción de «inversamente proporcional».
¿Incremento opcional a cargos superiores o directivos?
En el DS 1988 no indica si es opcional el pago a cargos directivos, al igual que otros DS de otros años, no indica esto. Debemos esperar la Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo para este punto. En la Resolución se indica generalmente si es opcional o no este incremento para «cargos directivos» (sí, este concepto también es ambiguo).
Retroactividad y plazo
En el DS de incremento Salarial 2014 se indica, como en los anteriores años, el carácter retroactivo del incremento. A diferencia de otros años se especifica además el plazo. En las Disposiciones finales indica que podrá ser efectivizado hasta el 31 de Julio de 2014.
¿Desde cuándo aplica?
¿Afecta el retroactivo al bono de antigüedad?
Convenio Colectivo para el Incremento
Necesariamente debe ser efectuado y presentado hasta el 31 de julio de 2014, sugiero el siguiente
modelo:
CONVENIO SALARIAL 2014
PRIMERA.- PARTES.- Por una parte ……………………….con registro patronal No………….representado legalmente por……………..y por otra parte los Trabajadores, los cuales firman en forma individual el presente convenio,(O sus
representantes sindicales) para lo cual se adjunta la planilla de firmas de aprobación respectiva.
SEGUNDA.- OBJETO.- Ambas partes por mutuo acuerdo expresado luego de una negociación directa convienen en que el incremento salarial para la gestión 2014, es del …..% sobre el salario básico, a ( todos o explicar a quiénes se incrementó tanto %) retroactivo al mes de enero 2014, mismo que cubre el incremento que se ha dispuesto mediante Decreto Supremo 1988.
TERCERA.- VIGENCIA DEL CONVENIO.- El presente convenio de incremento salarial tiene vigencia de un año calendario a partir de su suscripción.
CUARTA.- HOMOLOGACION.- El presente CONVENIO suscrito, será homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, de acuerdo a las disposiciones legales en actual vigencia y dentro los plazos establecidos para tal efecto.
QUINTA.- CONSENTIMIENTO.- Ambas partes de común acuerdo suscriben el presente convenio en un original y tres ejemplares en la ciudad de . ……. el ………..de ……. …….. de 2014.
Descargar DS 1988 de Incremento Salarial 2014
[sociallocker]DS Incremento Salarial 2014[/sociallocker]
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.
Estimado Lic. Quisera saber yo entre a trabajar el 2 de febrero de 2014 me corresponde el retroactivo por esos meses de febrero a abril.? Agradesco su respuesta.
sí, ya que aplica de mayo para atrás
estimado lic:
disculpe la tardanza en este comentario pero es necesario su opinión.
en la empresa donde trabajo me subieron el cargo a jefe (antes auxiliar) después de un examen de competencia en noviembre-2013, el 01-01-2014 empeze con el nuevo cargo. pero en mayo no recibí ningún incremento salarial, siendo que otros jefes si.
puede haber alguna excepción, ya que en la empresa solo justifico que ya habia recibido un aumento luego de la nivelación a jefe.
esperando pueda sacar esa duda en mi
le saludo muy atte.
Acerca del incremento salarial, en efecto, los jefes o similares no es obligatorio incrementarles. Pero sì a los subordinados.
Estimado Lic. Cáceres, en anterior oportunidad le hice la siguiente consulta y no recibí respuesta:
– Si bien y segun el DS 1988 a partir del 1º de mayo 2014 se aplicó el nuevo salario mínimo nacional, pero no así se pagó la diferencia proveniente del cálculo del NSMN, debe pagarse con caracter retroactivo a enero esa diferencia?
Por favor quiesiera que me aclare, esta situación en razón a que en el GAM Bermejo las autoridades indican que el DS no indica textualmente que debe pagarse con retroactividad la diferencia del Bono de Antoguedad.
Gracias por ayudarme
atentamente
Secreteraio General Sindicato de Trabajadores Municipales de Bermejo
Estimado Sr. Nicanor, al ser municipio, cambia la figura legal. Para darle una respuesta profesional, hemos habilitado este formulario para responder preguntas expecíficas con respaldo legal y procedimientos a seguir: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online
Saludos
Tengo contrato de consultor por producto desde noviembre del 2013 aplica el incremento? Gracias
Me parece que se está dando un dato erróneo. El incremento salarial aplica sólo a los empleados activos al 31/12/2013 y no así a los que iniciaron un trabajo a partir del 1/1/2014. Por lo menos así se interpreta el reglamento del incremento cuando señala: «El incremento salarial de la gestión 2014, deberá aplicarse sobre la base de la remuneración básica de la gestión 2013. En consecuencia mal podría aplicarse un incremento sobre la base de una remuneración básica pactada en el 2014 cuando el reglamento señala que debe hacerse sobre la base de 2013. Ahí se los dejo para que saquen sus propias conclusiones. Un saludo
Estimado Dagner, no pudimos encontrar tu cita en el DS. Pero sí la Disposición Final Primera dice: «La aplicación del incremento salarial dispuesto por el presente Decreto Supremo tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2014». O sea, desde la vigencia de este DS tiene efecto retroactivo al 01/01/2014. De todas maneras, gracias por plantear la duda, es interesante discutir estos temas de precisión.
Estimado Lic. Roberto si yo voy trabajando mas de año y decido retirarme en abril del presente año me corresponde el retroactivo . por favor indicarme en que me puedo respaldar y si la solicitud tengo que hacerla por medio del ministerio de trabajo, agradezco su respuesta y felicidades por este aporte que realiza para la sociedad.
Estimada Laura, le corresponde, desde luego. Puede solicitarlo al min de trabajo si es necesario.
Estimado Lic. Caceres
Una consulta si un trabajador entro en el 1 ero de abril de 2014, pero en su contrato dice que estará 3 meses de prueba, tendría que recibir el retroactivo? Gracias ,saludos
sí le corresponde, solo que dentro de los tres meses de prueba no le corresponde los beneficios sociales, en caso de que se retire.
Estimado licenciado,me gustaria saber sobre el retroactivo,si me tocaria recibir,entre a trabajar el once de noviembre el 2013. Gracias
desde luego, le corresponde
Estimado licenciado,mi pregunta es con respecto al retroactivo del aumento salarial,si yo entre a trabajar el once de noviembre del 2013,me corresponde recibir el retroactivo de estos cuatro meses.
Estimada Cristina, le corresponde.
Lic. Caceres, corresponde el incremento si el trabajador empieza relación laboral justo el 1ro de Mayo de 2014?
Que sucede con los meses de Enero a Abril que se trabajo bajo un contrato de servicios? Corresponde el Retroactivo?
Estimado Carlos, aplica dentro la modalidad de contrato laboral. Si antes entregaba factura y no tenía carácter de dependiente, entonces no aplica.
Estimado
Yo Ingrese a trabajar en Abril-14 a una empresa? me correponde Incremento y retroactivo de Abril?
Fui Retirado de mi anterior Empresa en Marzo-14, Me Correponde Reintegro de Enero a Marzo?
La Empresa debe Nivelar los Suelos incrementados a los Ultimos contratados desde Mayo-14 para adelante? o seguiran manteniendo la escala salarial sin Incremento?
Gracias por la respuesta
Estimado Erwin, le corresponde en ambos casos.
Mi consulta es: a partir de que monto de salario basico un trabajador/a recibe el incremento salarial? Ejemplo: un trabajador actualmente recibe el salario basico de 4800 bs, (no ocupa cargo jeraquico) le corresponde?
Estimada Raquel, le corresponde a cualquier monto de salario, según la norma.
estimado Lic. muy buenas tardes mi consulta es que pasa con esas personas que ganan en planillas de sueldos mas de 12.000bs en instituciones publicas este incremento les afecta y de que manera si usted me pudiera contestar le quedaria muy agradecido
Estimado Lic Wilson, Hemos habilitado un formulario para consultas tributarias particulares, ver este link para más detalles: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online.
Estimado licenciado,
Este incremento abarca también a trabajadores eventuales con contratos anuales de proyectos dependientes de Gobernaciones departamentales?
gracias de antemano
Estimada Lic. Fatima, Hemos habilitado un formulario para consultas tributarias particulares, ver este link para más detalles: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online. saludos
mi hermano desempeña el cargo de jefe de sucursal ( cargo jerarquico) y por esta razon no recibio el segundo aguinaldo ahora tampoco recibira el incremento salarial siendo que este gana 3.600 bs de salario basico sera igual q el segundo aguinaldo ya que se repite la orden . III. El incremento no es obligatorio para el personal de la empresa o institución privada que ocupe cargos de: presidentes, vicepresidentes y miembros de directorios; directores ejecutivos, gerentes, subgerentes, directores generales, directores y subdirectores ejecutivos; o de cargos de igual jerarquía, que tengan un nivel salarial acorde al cargo asignado.
por favor su orientacion .
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Si un empleado se retira en mayo, despues del primero de mayo le corresponde el retroactivo del incremento del 10% por los meses trabajados de enero hasta su retiro?
Gracias
lic. Cardona, Hemos habilitado un formulario para consultas tributarias particulares, ver este link para más detalles: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online. saludos
por favor una pregunta. El incremento ¿es tambien para los contratos eventuales?
sí
LIC. COMO LE VA, QUIERO HACERLE UNA CONSULTA.
YO SOY UN CONSULTOR DEL G.M.
Y ME CANCELA EL G.M. PERO UNA ONG. DEPOSITA A CUENTA DEL G.M,
Y ME DICEN QUE A MI PERSONA NO ME CORRESPONDE EL AUMENTO SALARIAL DEL 10% X Q SOY CONSULTOR DE LINEA
excelente aporte lic. Roberto,saludos cordiales.
Estimado Roberto , la mayoria anda suseptible con el tema de ingreso cuando uno se beneficia de este incremento salarial dado que hay varios trabajadores que entraron en enero y febrero (y estos perciben mas que el nuevo SMN establecido) ¿le corresponderia este año el incremento de 10%? dado que como te mencione entraron en enero y febrero de este año. favor si puedas responderme esa pregunta.
Saludos Lic.Roberto muy bueno la pagina es de gran ayuda siga adelante
les corresponde
SI UN TRABAJADOR EMPIEZA SUS FUNCIONES LABORALES BAJO CONTRATADO DENTRO LA EMPRESA EL 26 DE MARZO DE 2014, ESTE ES BENEFICIARIO DEL INCREMENTO SALARIAL DECRETADO POR EL GOBIERNO ESTE 1 DE MAYO?
PODRIA AYUDARME CON ESO POR FAVOR…
todo trabajador contratado con un sueldo x antes del Ds del incremento, o sea, del 1ro de mayo, tiene derecho al incremento
Muchas gracias por el envio de la informacion me es muy util
LICENCIADO MIL GRACIAS ES UNA MUY BUENA CONTRIBUCION Y NECESARIA.
EXITOS EN SUS LABORES
Si un empleado lleva menos de 3 meses en la empresa privada le corresponde el incremento?? depende de la empresa??
Estimado Paolo
todo trabajador contratado con un sueldo x antes del Ds del incremento, o sea, del 1ro de mayo, tiene derecho al incremento
una pregunta yo entre a trabajar en enero quisera saber si ami tambien me corresponde el incremento
todo trabajador contratado con un sueldo x antes del Ds del incremento, o sea, del 1ro de mayo, tiene derecho al incremento.
y qe pasa con aquellas personas que ingresaron en febrero o marzo. tambien les corresponde el incremento.??
sí
Estimado lic. una consulta, este incremento sera para todos los niveles, o sera como el año pasado, no obligatorio para cargos gerenciales
acabamos de publicar la Resolución Ministerial: https://boliviaimpuestos.com/2014/05/resolucion-ministerial-30214-de-incremento-salarial-2014.html
buenas tardes lic.Roberto , bueno mi pregunta es un poco defasada pero mecesito que me aclare la duda en año 2013 entre a trabajar el 11 de marzo en la empresa que actualmente trabajo pero no me incrementaron mi salario a sabienda que fue promulgado por DS en abril de ese año. la pregunta es ¿ a mi me correspondia dicho incremento? ¿ tengo derecho a reclamar?, ayudeme por favor saqueme de esta duda.
gracias
Estimado Lic. Roberto, Hemos habilitado un formulario para consultas tributarias particulares, ver este link para más detalles: https://boliviaimpuestos.com/consultas-tributarias-online.