Curso IUE Beneficiarios Exterior

El curso sobre IUE Beneficiarios Exterior que acabamos de producir (está actualizado con la RND 101800000015) trata sobre cómo cumplir con los impuestos sobre pagos al exterior, y hacerlos deducibles para el IUE.

Una forma de iniciar es tener los pasos para procesar las declaraciones. Déjame explicarte.

Pasos para preparar los formularos del IUE BE

Supongamos que he tenido varios pagos al exterior en agosto. Los pasos serían:

  • Identificar los pagos por remesas al exterior, vía swift de bancos, tarjeta de crédito, Paypal o giros (Money Gram u otros).
  • Separar pagos por servicios, tipos de servicios y otros que no sean gastos.
  • Separar los pagos por actividades parcialmente realizadas en Bolivia (pagaré menos impuestos de éstos!).
  • Recabar los invoices o facturas de los proveedores del exterior.
  • Construir un excel con los pagos, detallar y calcular las alícuotas, según cada caso.
  • Llenar los formularios 530 v3, 3050 v3 y si corresponden el 550 v3, 551 v3, 3051 v3.

Recolectar las invoices y colocar en un excel me tomará unos 40 minutos. Los formularios me tomarían unos 30 min. (evitar los momentos de interrupción en la oficina!)

Esa es solo una parte del curso

Sí. El curso está grabado, tiene herramientas excel, y está hecho para que sea fácil de comprender. Esto te digo porque analizamos casos complicados, con normas y jurisprudencia en mano.

Aquí está todo el contenido del curso:

inscripcion-28

Contenido:

Concepto
Principio de Fuente

Ley 843 DS 24051
Deducibilidad ante el IUE
Tipos de remesas
Exenciones
Pago por honorarios a consultores
IUE Beneficiarios Exterior por compra de bienes
IUE BE por compra de servicios

Intereses, amortización de capital

RND 101800000015
Nuevos Formularios 530 v3 y su boleta 3050 v3, 550 v3, 551 v3 y boleta 3051 v3

Crossing Up y alícuotas

Monto neto pagado
Alícuotas por IUE BE

Remesas: actividades parcialmente realizadas en el país

Alícuotas por presunción de utilidades
Casa matriz, agencias y sucursales
Actividades parcialmente realizadas, definición
Pago por Actividades parcialmente realizadas en el país
Remesas de Utilidades

Casos prácticos de análisis y llenado de Formularios 530 v3, 3050 v3, 550 v3, 551 v3, 3051 v3 (en oficina virtual)

Documentación

  • Vídeos tutoriales y formatos enviados al instante.
  • Factura electrónica enviada al instante.
  • Luego de dar el examen online Ud. puede imprimir su certificado de aprobación.
  • Asistencia online en problemas o temas concretos abordados en el curso.Una vez procesada la orden, usted recibe información sobre dónde pagar el curso y enviar el respaldo del depósito o transferencia. En breve recibe la Factura, acceso a los Materiales Digitales Multimedia en su Email y comienza a capacitarse.

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LUGAR, FECHA y HORARIO: Disponible al instante y en cualquier parte ya que es online. Puedes descargar los tutoriales y herramientas si lo deseas.
CERTIFICADOS: 12 Horas académicas.
🏁INSCRIPCIONES: https://goo.gl/xy5Keh
📞INFORMACIONES: WhastApp 75340153

Regístrate. Va a ser genial poder interactuar contigo en los foros, con tus preguntas, o ayudarte en algún caso concreto que tengas.

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Te espero ahí. Que tengas una buena semana!

–Roberto…

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.

11 comentarios en «Curso IUE Beneficiarios Exterior»

  1. En mi criterio en los pagos a Facebook, google, etc. no corresponde la retención ni el grossing up, y logicamente tampoco el pago del impuesto, Facebook no presta actividades en Bolivia.
    Principio de fuente (Art.42, Ley 843)

  2. Buenas tardes estimado Roberto, en mi trabajo tenemos por un invoice del exterior por una capacitación en Bolivia es una asociacion, la asociacion ya deposito al exterior por su cuenta, se retiene el IUE BE pero el deposito de pago se realiza a una cuenta bancaria nacional, es valido este pago o se tiene que pagar tambien el IT ?, agradecido por tus comentarios
    saludos
    Julio

  3. Buenas tardes, quiero saber yo trabajo en una empresa de servicios logisticos, trabajamos con navieras del exterior y una vez al mes giro por los servicios de fletes maritimos, mi pregunta es debo declarar este giro??? si la norma corre desde julio 2018 entonces debo declarar y pagar alguna multa por favor sus comentarios al respecto, gracias

    • Por el principio de fuente que rije en Bolivia las actividades realizadas fuera del territorio nacional no estan alcanzadas por este impuesto, ho hay que pagar el impuesto, ni retener, ni hacer el grossing up.
      Las navieras tributan en sus Estados.

  4. Hola Roberto,
    Ya tomé tu curso IUE-BE; sin embargo luego de leer el foro me ingresó la sgte duda:
    En el Foro indicas que se debe usar la boleta de pago 3050 y luego consolidar estas enel F-530; Sin embargo, en el video muestras que se pueden hacer pagos solo con el Form-530.
    ¿Puedo NO usar la boleta 3050 y pagar SOLO con el Form-530?
    Gracias por tu respuesta

Los comentarios están cerrados.

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