Te mostramos el Módulo Corrección y Pago de Facturas Observadas en RCV: Guía para Contribuyentes.
1.-Introducción
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) ha implementado un nuevo sistema para la corrección y pago de facturas observadas. Este proceso busca facilitar a los contribuyentes la regularización de discrepancias en sus registros de compras y ventas para evitar fiscalizaciones futuras, podría entenderse de así, o también un nuevo tramite dificultando así, por un lado al contribuyente que recibe la factura y tener problemas por algún proveedor que registro mal la factura.
En este post, exploraremos en detalle cómo funciona este nuevo módulo, qué deben hacer los contribuyentes y cómo pueden resolver las observaciones de manera eficiente y dudas frecuentes por las que pasan algunos contribuyente.
2.-Conceptos Base
Módulo Corrección y Pago de Facturas Observadas en RCV
El servicio de impuestos nacionales (SIN) pone a su disposición de los contribuyentes un nuevo servicio en el registro de compras y ventas (RCV) donde podrá conocer y regularizar de forma oportuna aquellas facturas observadas en su RCV.
Aquí hablamos y te mostramos la RND con más detalles. >>ENLACE<<
Datos claves:
- RCV se consolida hasta el 9 de cada mes, si este cae sábado, domingo feriado se traslada al dia siguiente día hábil.
- El RCV se rectifica hasta la fecha de vencimiento de acuerdo a la terminación del NIT. Si mi vencimiento es hasta el 9 y quiero añadir o puedo disminuir mis compras o mis ventas, lo puedo hacer hasta antes de realizar una declaración jurada según la terminación de mi NIT.
3.-Marco Normativo
- Ley 2492, Artículo 64: Establece la facultad de la administración tributaria para emitir normas reglamentarias.
- Ley 2166, Artículo 4: Habla sobre el diseño de sistemas y procedimientos.
- Resolución Normativa de Directorio 10-0033-16: Procedimiento de determinación de oficio para devolución impositiva y sancionatoria.
- RND 102400000009: módulo corrección y pago de facturas observadas, sobre diferencias en RCV.
4.-Tipos de Observaciones
- En Compras:
- Facturas con datos diferentes a la venta registrada
- Facturas duplicadas
- Código de autorización inexistente
- Facturas anuladas
- En Ventas:
- Facturas con datos diferentes a la compra registrada
- Facturas anuladas
(Estos tipo de observaciones son las que se pueden regularizar en el módulo de correcciones y pago de facturas observadas).
a) Observaciones de compras:
Tenemos 4 pestañas que aparecen en el sistema:
1)Facturas diferentes a las ventas =»son facturas de compras que no coinciden con la información que reportó o registro tu proveedor» ;
Esta observación puede ser por:
- a) Por la fecha,
- b) Por el carnet de identidad, NIT o la razón social., ó
- c) Importe de la factura.
Ejemplo: El comprador registra una factura por 1000 Bs, pero el vendedor la registró por 100 Bs.
Revisa tus facturas y compararlas con tus facturas físicas si son facturas manuales, si son facturas emitidas en línea,revisa la representación gráfica de la factura, ( aquí te explicamos cómo consultar una factura en línea>>Enlace<<).
2) Facturas duplicadas= «son facturas que fueron registradas en el registro de compras de varios contribuyentes».
Esta observación puede ser por:
- Factura con un mismo número y código de autorización) ha sido registrada más de una vez en las compras del contribuyente. Puede ocurrir por error humano al registrar dos veces la misma factura o por confusión con copias de la misma factura.
El sistema sólo validará la factura que coincida con la información reportada con tu proveedor.
3)Factura con código de autorización inexistente =»son las facturas que verificado tu código de autorización no fueron autorizadas por la administración tributarias»,
Esta observación puede ser por:
- Puede deberse a errores de digitación al registrar la factura.
- facturas falsas, uso de facturas no autorizadas: Cuando una imprenta emite facturas sin la debida autorización del SIN. Por lo tanto estas facturas no son validas.
4)Facturas anuladas= «son las facturas que fueron declaradas como anuladas por tu proveedor».
Esta observación puede ser por:
- Ocurre cuando el contribuyente registra una factura de compra que el proveedor ha declarado como anulada en su registro de ventas.
- Puede ser por falta de comunicación entre proveedor y cliente sobre la anulación de la factura.
Para esto es importante que tengas tus facturas en físico, o la representación de tus facturas emitidas en línea,Si la información que declaraste en tus RCV es correcta, solo debes registrar los descargos, si la observación es correcta deberás pagar el tributo omitido por el crédito fiscal IVA indebidamente apropiado.
b) Observaciones de ventas:
1). Factura con datos diferentes a la compra registrada (en ventas):
- Los datos de la factura emitida y registrada por el vendedor no coinciden con los datos registrados por el comprador.
Situaciones que se pueden dar: - Puede deberse a errores de registro por parte del comprador o del vendedor.
- Errores de registro del cliente: El comprador registra incorrectamente los datos de la factura recibida.
- Modificaciones no autorizadas: El cliente altera algún dato de la factura al registrarla.
2). Factura anulada (en ventas):
- Se da cuando el vendedor ha registrado una factura como anulada, pero el comprador la ha registrado como válida en sus compras.
Situaciones que se pueden dar: - Puede ocurrir por falta de comunicación sobre la anulación o por errores en el proceso de anulación.
- Anulación posterior al registro del cliente: El vendedor anula una factura después de que el cliente ya la ha registrado en su sistema.
- Error en el proceso de anulación: El vendedor marca como anulada una factura que en realidad es válida.
Estas situaciones ilustran la variedad de escenarios que pueden llevar a observaciones en el sistema, resaltando la importancia de un registro cuidadoso y una comunicación efectiva entre proveedores y clientes.
5.-Formas de regularización:
- mediante pago voluntario de la deuda tributaria
- Descargos que validen las observaciones (la presentación de descargos como la factura original escanear, y/o el medio de pago QR, tarjeta , transferencia, o efectivo), serán evaluados por el SIN, para levantar la observación)
- Rectificación del RCV y/o DDJJ según corresponda.
6.-Cómo consultar las facturas observadas.
Según el SIN hace conocer a los contribuyentes la información de las facturas observadas en el RCV a través de:
a)La opción consulta de venta/compra observadas
b) El envío de un aviso al buzón tributario
c)La opción corrección y pago de facturas observadas.
a) La opción consulta de venta/compra observadas
Puedes consultar y observar qué facturas tienes observadas desde la <<Opción de Consultar Facturas observadas>>, Dentro de la opción de consultas donde generalmente consolidamos los RCV donde puedes consultar tus compras, ventas, consolidaciones, ahora también se adiciono esta opción, para ver más a detalle la observación.
- Observación de compras
- Observación de ventas
En el facturas observadas Al finalizar de los detalles de las facturas, aparece «por qué me está observando» entonces , por ejemplo dice ventas con datos diferentes a la compra.
Posiblemente se hayan: Registrado los datos de la compra diferentes a los de la factura o esté bien registrado la venta pero la compra haya cambiado algún dato.
Paso a paso para realizar consultas:
Consultar facturas observadas:
- Ingresar a www.impuestos.gob.bo
- Ir a «Servicios Tributarios»
- Seleccionar «Registro de Compras y Ventas»
- Ingresar NIT, usuario y contraseña
- Ir a la opción «Consultas»
- Seleccionar «Compras observadas» o «Ventas observadas»
- Elegir el período a consultar
b) El envío de un aviso al buzón tributario
El Aviso de facturas observadas, no es una notificación, simplemente es, donde informa que están siendo observadas las facturas, menciona el periodo, menciona el año (periodo) y además algo muy importante hasta cuándo podemos regularizar estas facturas tanto de compras como ventas.
¿Cómo saber si tengo avisos?
En caso de tener algún aviso, lo encontraremos en el buzón tributario.
Aquí te mostramos cómo aparecerá un aviso ingresando al buzón tributario.
Ejemplo de aviso:
Detalle Importante
El QR y el enlace que aparece en el aviso lo re direcciona a un acceso directo para ingresar a sus «Registro de Compras y Ventas» .
Paso a paso para ver avisos:
1) Ingresar a www.impuestos.gob.bo
2) Ir a oficina virtual
3) Ingresar al buzón tributario en la página del SIN
4) Ingrese los credenciales de acceso ( NIT y usuario y contraseña).
5) Revisar los avisos recibidos sobre facturas observadas
6) Tomar nota de los plazos mencionados para regularizar
También para ver de manera más detallada te explicamos aquí: «Enlace«
c) La opción corrección y pago de facturas observadas.
Este menú del registro de compras y ventas de la pagina del SIN
Paso a paso para Regularizar usando el módulo de correcciones:
- Ingresar a www.impuestos.gob.bo
- Ir a «Servicios Tributarios»
- Seleccionar «Registro de Compras y Ventas»
- Ingresar NIT, usuario y contraseña
- Ir a la opción «módulo de «Corrección y pago de facturas observadas»
- Seleccionar la opción de compras o ventas observadas
- Seleccionar el mes y año
- Seleccionar la factura a regularizar
- Elegir entre <<subir descargos >>o realizar <<pago voluntario>>
Para subir descargos:
a) Escanear la factura original en formato PDF
b) Seleccionar el medio de pago utilizado
c) Adjuntar el respaldo del medio de pago
d) Registrar la información
Importante
La presentación de descargos, son con la factura original escaneada, y/o el medio de pago realizado ya sea por QR, tarjeta , transferencia, o efectivo.
Los descargos presentados serán evaluados por el SIN, para levantar la observación, una vez sean evaluados los descargos ya no va a parecer como una factura observada tanto en compra como en venta.
Para realizar pago voluntario:
a) Seleccionar la opción de generar boleta de pago
b) Se generará una boleta de pago 1024
c) Pagar a través de cajeros automáticos, cajas externas o banca por Internet
Verificar la regularización:
a) Volver a consultar las facturas observadas
b) Confirmar que la factura regularizada ya no aparece en la lista de observadas
Situación a tomar en cuenta
En practica, qué inconvenientes pueden tener los contribuyentes con estas opciones mencionadas:
Para consultar la venta o compro observada, se tiene que hacer sabiendo en que mes y periodo se estaría la observación, para consultar a detalle las facturas observadas en la opción b) ; y el contribuyente no sabe eso (que periodo , no sabe qué mes está observado), para consultar y poner el mes a consultar.
Tendría que ir buscando mes a mes si encuentra facturas observadas. así que la consulta solo es cuando ya sabes en que mes buscar las facturas observadas.
Recién yendo al buzón tributario, entrando al aviso y saber que mes está observado podría ir la parte de RCV al apartado de consultas para poder consultar a detalle.
y la tercera opción, ya es para modificar buscando el periodo y buscando las facturas observadas sabiendo a detalle con la consulta previa de q facturas y la razón para saber cómo proceder viendo la razon de la observación,
Si subsanar con una rectificación o proceder a un pago total.. o proceder a presentar descargos ante una observación tal vez injustificada.
En resumen podemos decir, que si sabe o le sale algún aviso de facturas observadas, primero debe ir a su buzón para saber el mes observado si son compras o ventas, paso 2 ir a consultar la razón de la observación en “consultas”, poniendo en mes y año que le salga en su buzón, para recién poder paso 3, ir a la opción de corrección y pago de facturas observadas para Regularizar usando el módulo de correcciones.
7.- Plazo de Regularización
El contribuyente tendrá 60 días calendario, posterior a la comunicación a través del buzón tributario.
«De no realizarse la regularización dentro del plazo establecido. el SIN, podrá controlar, verificar, fiscalizar e investigar las diferencias identificadas.
8. Preguntas y Respuestas frecuentes :
1: ¿Qué debo hacer si me equivoqué en la fecha de una factura manual al llenarla en el SIAT?
R: Puede realizar un pago voluntario o rectificar el registro de compras y ventas.
2: ¿Es necesario rectificar después de hacer un pago voluntario?
R: No, una vez realizado el pago voluntario o subidos los descargos, no es necesario rectificar el registro de compras y ventas ni la declaración jurada.
3: ¿Qué pasa si el proveedor anuló una factura que yo declaré?
R: Si tiene la factura manual y el medio de pago, debe subir los descargos. Si no, deberá realizar el pago voluntario del IVA e IT.
4: ¿Cómo se determina el importe del pago voluntario?
R: Para compras, es el 13% de la diferencia observada. Para ventas, es el 13% más el 3% de la venta.
5: ¿Qué hacer si ya pasó el plazo de corrección de facturas?
R: Una vez pasado el plazo, ya no se pueden subir descargos ni realizar pagos voluntarios a través del sistema.
6: ¿Qué pasa si mi compra es una factura de un proveedor que está inactivo?
R: Debería poder acceder al módulo de corrección de facturas observadas. Si no puede, debe enviar un correo a soporte.aplicaciones@impuestos.gob.bo solicitando los roles necesarios.
7: ¿Qué debo hacer si me equivoqué en el NIT o razón social al emitir una factura manual?
R: Si es un error al emitir, lo correcto sería anular la factura. Si es un error al registrar, debe rectificar el registro de ventas con los datos correctos.
8: ¿Genera alguna sanción la regularización de facturas observadas?
R: El pago voluntario no genera sanción. La rectificación del registro de compras y ventas fuera de plazo sí tiene una sanción (50 UFVs para empresas unipersonales, 100 UFVs para empresas jurídicas).
9.- Conclusión
El sistema de corrección y pago de facturas observadas implementado por el SIN busca facilitar la regularización de discrepancias en los registros tributarios. Aunque puede presentar desafíos iniciales, ofrece una oportunidad para que los contribuyentes mantengan sus registros en orden y eviten problemas futuros con la administración tributaria. Es fundamental que los contribuyentes se familiaricen con este proceso y actúen oportunamente ante cualquier observación.
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Mariela Ortega Chosgo
Contadora Pública con experiencia en auditoría, apoyo al contribuyente y comercio internacional.