Contribuyentes Directos del RC-IVA: nuevo Form 110 v4 MIS FACTURAS para anexar a los Formularios 610, 510, 702. Guía paso a paso.

El Sistema de Impuestos Nacionales (SIN) incorpora a los contribuyentes directos del RC-IVA a la presentación del Formulario usando la Versión 4 F-110 del aplicativo “MIS FACTURAS”. En este artículo conocerás las modificaciones e incorporaciones de la nueva RND y el paso a paso del registro del RC-IVA v.4

Nueva Normativa

De acuerdo a la reciente RND Nº 102200000001, publicado por el SIN en fecha 05/01/2022.

Se modifica la RND Nº 102000000025 del 18/09/2020, al cual se le incorpora como segundo párrafo, del Art. 2, el siguiente texto:

“Así mismo tiene alcance sobre los Sujetos Pasivos del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) en calidad de contribuyentes directos, Profesionales Liberales u Oficios alcanzados por el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y contribuyentes del Sistema Tributario Integrado (STI).” (Fuente: RND Nº 102200000001, 05 de enero de 2022).

Así mismo, se le incorpora, como Art. 7 el siguiente texto:

“Artículo 7. (Generación del F-110 V.4 Anexo a Declaraciones Juradas).-

I. Los Sujetos Pasivos del RC-IVA en calidad de Contribuyentes Directos, IUE Profesiones Liberales u Oficios y del Sistema Tributario Integrado deberán registrar correctamente las facturas, notas fiscales o documentos equivalentes utilizando el aplicativo “MIS FACTURAS – Opción Generar FORMULARIO110” para el registro, selección de facturas y generación del F-110 V.4, anexo a la Declaración Jurada Formulario 610, 510 ó 702 según corresponda.

Los consultores de línea que perciban viáticos y otros ingresos no contemplados en los artículos anteriores deberán llenar el Formulario 110 V.4 a través del aplicativo MIS FACTURAS, para fines de descargo del RC-IVA.

II. Los contribuyentes señalados en el parágrafo precedente, deberán custodiar por el término de la prescripción establecida en la Ley Nº 2492, el F-110 V.4 impreso y firmado, acompañando las facturas, notas fiscales o documentos equivalentes originales de respaldo de acuerdo a la modalidad de facturación que corresponda en normativa vigente.

Las facturas emitidas a través de una modalidad de facturación en línea, serán automáticamente, identificadas y marcadas como “electrónicas” en el F-110 V.4 a través del aplicativo MIS FACTURAS, en cuyo caso no será necesaria la impresión de la representación gráfica del Documento Fiscal Digital.

En el caso de facturas por importes iguales o mayores a Bs50.000.- (Cincuenta Mil 00/100 Bolivianos) deberán conservar copia o fotocopia del documento de pago y el contrato de crédito o préstamo bancario que respalde los pagos diferidos cuando corresponda, adjunto a su Formulario 110.

III. Los contribuyentes del Sistema Tributario Integrado, podrán utilizar el Formulario 110 v.3 pre impreso, en cuyo caso no será necesario el envío de esta información a la Administración Tributaria, debiendo custodiar el mismo por el término de la prescripción establecida en la Ley Nº 2492, con las facturas, notas fiscales o documentos equivalentes originales de respaldo de acuerdo a la modalidad de facturación que corresponda en normativa vigente.” (Fuente: RND Nº 102200000001, 05 de enero de 2022).

En resumen

Los contribuyentes alcanzados simplemente deberán migrar del sistema “FACILITO” al nuevo Aplicativo “MIS FACTURAS”, como anexo a los Formularios: 610, 510 ó 702, según corresponda, para el registro de las facturas de descargo.

¿A quiénes va dirigido la RND Nº 102200000001?

A los contribuyentes directos del RC-IVA:

  • Alquileres
  • Consultores de línea
  • Anticréticos
  • Colocación de capitales y,
  • Profesionales Liberales u Oficios alcanzados.

Vigencia de los Formularios 110 v.3-FACILITO

Será vigente hasta un día antes de la vigencia de la nueva Resolución (05/01/2022). Quedando vigente únicamente para el uso de los contribuyentes del Sistema Tributario Integrado.

Sigue estos paso a paso para llenar el F-110 v.4.

  1. Ingreso al sistema del SIN

Paso 1: Ingresa a la página web oficial de impuestos nacionales www.impuestos.gob.bo

Paso 2: Ingresa a “Oficina Virtual”.

Paso 3: Ingresa al “Sistema Integrado de la Administración Tributaria”.

Paso 4: Ingresa al “Sistema de Facturación en Línea, Mis Facturas, Envió de información”.

Paso 5: Llena tus datos y luego “iniciar sesión”

Paso 6: Ingresa a “Modalidades de Facturación en Línea Complementarias al Sistema de Facturación Virtual”, solo podrás acceder a las aplicaciones en las que te encuentres habilitadas.

Paso 7: Ingresa a “Mis Facturas”.

2. Registro de facturas

Para esto tiene 3 opciones:

En el caso de importación masiva, se puede importar de todo el año en uno solo, no es necesario ir subiendo mes a mes.

Luego de realizar cualquiera de las 3 opciones de registro de facturas, surgirá un mensaje de confirmación que indica que el registro de las facturas fue realizada de forma correcta.

Si deseas eliminar alguna fila de datos del Registro de Compras podrás hacerlo en la columna de “Acciones”.

Otra herramienta

En “Mis Compras a Detalle” podrás buscar las facturas que ya registraste, escribiendo por lo menos un dato en la casilla correspondiente para filtrar la factura, así como también, tienes la opción de editarlas.

Para editar los datos de las facturas ya registradas debe hacer clic sobre la imagen en forma de lápiz y listo.

3. Generación del F-110 v.4 como anexo al F-610

Paso 1: Ingresar a “Mis Formularios” del Menú Principal.

Paso 2: Selecciona “Generar Formulario 110 Anexo F.610” o “Refrigerio (Generar Formulario 110) según corresponda.

Paso 3: Selecciona la Gestión y el Periodo a declarar y hacer clic en “Nuevo Formulario”.

Paso 4: Registra los datos que correspondan en el cuadro desplegable (Tipo de Documento de Identidad, Número de Documento de Identidad, etc.) y presiona “Agregar Formulario”.

Paso 5: Haz clic en el formulario GENERADO.

Paso 6: Si cometiste algún error en el llenado de datos del formulario (Paso 4), no te preocupes, aún podrás corregirlos haciendo doble clic sobre la casilla que deseas corregir.

Paso 7: Haz clic en “Selección Compras” para que puedas elegir las facturas que desees incluir en tu formulario, no es obligatorio que incluyas todas, tú decides cuáles sí y cuáles no.

El sistema también te da la opción de quitar “Desmarcar” alguna factura que no quieras incluir en el formulario.

Paso 8: En la parte inferior podrás observar la “CANTIDAD DE FACTURAS” que presentarás (Facturas Prod. Nal. y Otras Factura), el “TOTAL IMPORTE” (Importe Prod. Nal. e Importe Otras Facturas) y la determinación del pago a cuenta “DET. PAGO A CUENTA” (Det. Prod. Nal., y Det. Otras Factura).

Nuevamente te saldrá el mensaje de confirmación de que la adición de facturas fue exitosa.

Paso 9: Haz clic en “Realizar la Declaración” para confirmarla.

Paso 10: Ahora podrás descargar tu formulario en formato PDF.

Paso 11: Podrás verificar que el estado del formulario cambió de GENERADO a DECLARADO.

Corrección del F-110 ya declarado

Paso 1: Debes entrar en el formulario DECLARADO.

Paso 2: Ve hasta la parte inferior y haz clic en “Cancelar Declaración”.

Paso 3: Podrás observar que el formulario nuevamente aparece con el nombre de GENERADO, y ahora podrás realizar las correcciones que desees tanto en los datos de la parte superior como en los datos de las facturas.

Para realizar los cambios en los datos de las facturas, primero deberás eliminar el registro de la factura (en la columna “Desmarcar”), luego busca la factura en “Mis Compras a Detalle”, edítala y añádela nuevamente al formulario con “Seleccionar Compras”.

Finalmente selecciona “Guardar Cambios” y “Realizar Declaración” junto con su confirmación. Así, nuevamente podrás descargar tu formulario ya corregido en formato PDF.

4. Notas adicionales

Nota 1: En tu Registro de Compras pueden aparecer registros de facturas que tú no ingresaste, estas facturas consignan la letra E, lo cual quiere decir que son facturas electrónicas y por tanto no requieren la presentación física de la factura.

Relacionado:

Nota 2: Al ingresar a “Mis Consultas”, podrás consultar y/o imprimir tus declaraciones pasadas “Consulta del formulario por periodo” (del F-110 v.4.), o las compras por periodo pasadas (ya declaradas) “Consulta de Compras por Periodo”.

Ahora sí, ya sabes cómo generar tu propio F-110 en la Versión 4.

¿Qué te pareció esta información?

¿Tienes alguna duda?

Déjanoslo saber en los comentarios.

Jhesenia Gutierrez L.
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Ingeniera financiera, con experiencia en el área contable y conocimiento en asesoría administrativa-financiera y gestión de empresas.

Editora Tributaria en boliviaimpuestos.com

55 comentarios en «Contribuyentes Directos del RC-IVA: nuevo Form 110 v4 MIS FACTURAS para anexar a los Formularios 610, 510, 702. Guía paso a paso.»

  1. estoy llenando el formulario 110, pero la facturas que tienen codigo de autorizacion y esta muy largo no me acepta porque?

    • Buen día, a veces las facturas con código largo ya se encuentras registradas en el SIAT y solo debe confirmarlas, si no es el caso le recomendamos importarlo a través del excel, o intentar hasta que le cargue, dado que también suele caer la plataforma del SIAT; en caso tenga problemas con algunos caracteres especiales tenemos una publicación que habla al respecto:Excel al SIAT

  2. Para los Consultores en línea, deben indicar el nit y dirección de la empres donde trabajan o no es necesario?

  3. Buenas noche lic Roberto, le comento que el siat no quiere recibir facturas prevaloradas en el formulario 110 como anexo del 610 el nuevo que se declara trimestral sale que el código de control no es valido al igual que el código de autorización invalido solo me reconoció las electrónicas… a que se deberá no lic

  4. Estimado Roberto
    Su colaboración por favor: en el form 110 para anexo al form 610 de profesionales independientes, ¿qué nit se coloca en el NIT DEL EMPLEADOR? es que en los videos tutoriales colocan el nit de Impuestos Nacionales.

    Gracias de antemano

  5. Como consultor si declaro el 110 v4 y no presento, que sucede?? y por alguna razon inclui en el formulario una factura que no corresponde, afecta en algo o tiene alguna multa?? Gracias por sacarme de duda…

  6. Sigue siendo válido el período de 120 días para la presentación de las facturas o ha cambiado algo el tiempo de validez para la presentación?

  7. Buenas tardes, disculpen, tengo una consulta
    En que articulo del código tributario, indica sobre la notificación que hace el SIN, solicitando el envió de las fotocopias de todas las facturas de toda una gestión, presentadas por los dependientes de una empresa, para el descargo del RC-IVA?
    Quiero verificar si el, plazo que nos dieron para atender la solicitud, que fue de 5 días , puede ser ampliado o como proceder?
    Para eso, quisiera saber en que articulo menciona tal situación?
    Gracias

  8. Buenas noches, y gracias por siempre apoyarnos en nuestras dudas y requerimientos, quería consultar durante tres meses no tenemos movimiento en nuestro caso alquileres, declaramos el 200,400 y 610 sin movimiento pero, el formulario 110.v4 tendríamos que enviar o no ? podría absolver esta mi duda por favor, gracias

    • Hola Rommel, el 110 es un anexo del 610, si no hay datos del 610, no es necesario llenar el 110, incluso se puede presetnar el 610 (si fuera el caso) sin necesaidad del 110, que solo sirve para rebajar tales impuestos

  9. Buenas tardes, quiero hacer una consulta.
    Como agente de retención o Empleador, debo revisar las facturas que el dependiente adjunta a su formulario 110? se puede pedir al empleador que retire o modifique alguna factura?
    Como puede afectar al Empleador si el formulario tiene errores?

  10. Hola, tengo una duda respecto a las facturas que le sirven en cuanto al DEPENDIENTE, estas deberán estar solo a nombre y contener el CI. correspondiente verdad?,
    si tengo facturas a nombre del hijo de la persona en cuestión, estas no me sirven….

  11. Buenas tardes, para los Consultores en Línea, que importe debebos registrar en el Form. 610 el total de mis ingresos o el neto de contribuciones a la AFP?
    Gracias

  12. Buenos días, ayuda por favor!!
    Cómo puedo eliminar un formulario 110 (para declarar el formulario 610) que tiene la fecha de declaración errada?

  13. No puedo ingresar ningún número de autorización, en las facturas que ingreso manuales y computarizadas me sale error y por ende no puedo registrarlas.

  14. Me adhiero al mensaje de Raúl Chambi Guzmán. «ROBERTO: NO TE MUERAS NUNCA
    ERES UNA LUZ QUE GUÍA A TUS ADMIRADORES.
    DIOS BENDIGA TU TRABAJO Y TU HOGAR»
    MUCHAS GRACIAS.
    Eres la luz que guía el trabajo de los no contadores que tenemos que lidiar con nuestros impuestos y gracias a tí sufrimos bastante menos. Para mí tu página es mi enciclopedia de los impestos. Gracias, infinitas gracias por tu ayuda.

  15. Buen día, una consulta por favor, los sujetos pasivos con relación de dependencia, que recibimos en algunos casos lo siguiente:
    Sueldo, viáticos por viaje en comisión, refrigerio (18 bs. por día) y alguna asignación de transporte mensual, cual de estos conceptos podemos descargar con Form. 110 V4 ?

    Muchas gracias

  16. Buenas tardes Roberto, una consulta, hay alguna forma de hacer una carga masiva mediante QR? Esto para profesionales independientes

  17. Estimado Roberto, muchas gracias por colaborarnos, tu ayuda es muy significativa para todos los que somos afectados con los impuestos. Sigue adelante y que Dios te bendiga.

  18. Lic. los respecto a los profesionales independientes hasta cuando deben elaborar el formulario 110? debe ir con fecha 12/2021? o lo puede hacer hasta 04/2022. Sólo entrarán las facturas del 2021?. Gracias

  19. ROBERTO: NO TE MUERAS NUNCA
    ERES UNA LUZ QUE GUÍA A TUS ADMIRADORES.
    DIOS BENDIGA TU TRABAJO Y TU HOGAR.
    MUCHAS GRACIAS.

  20. Buenos días, pero para las personas que tienen unica actividad alquileres y declaran cada mes el form.200 y 400 y envian el rcv, como podemos ingresar al llenado con nuestro nit del form.110 para descargar el 610 porfavor, no me permite me deriva al rcv directo con mi nit, muchas gracias

Los comentarios están cerrados.

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