Contrato de trabajo como consultor en Bolivia
El contrato de trabajo en Bolivia desde luego está amparado por la ley general del Trabajo e implica beneficios sociales para el trabajador. Sin embargo en Bolivia también está permitido el contrato como consultor. Según la Resolución de la Autoridad en Pensiones AP129/2011 establece los tipos de consultores para entidades públicas y privadas en Bolivia y reglamenta las obligaciones del consultor (ya no digamos trabajador) y de la entidad.
Objeto de la Resolución de Autoridad en Pensiones acerca de contratos de consultores
Esta resolución establece los procedimientos para el pago de aportes de:
Consultores de Línea
Consultores por Producto
Consultores
y define a los:
Consultores de Línea
Es la persona natural que presta servicios de Consultoría de Línea en el sector publico de acuerdo a las Normas básicas del SABS.
En los contratos suscritos para servicios de consultoría individual de línea, al encontrarse las personas naturales sujetas al Régimen Complementario de Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA), la entidad convocante solicitará a los consultores contratados el Número de Identificación Tributaria (NIT) de registro en el Servicio de Impuestos Nacionales como contribuyentes directos del RC-IVA, siendo responsabilidad del consultor presentar la declaración jurada trimestral al Servicio de Impuestos Nacionales.
Consultores por Producto
Es la persona natural que presta uno o más servicios de Consultoría de Línea mas servicios de Consultoría de Línea en el sector publico de acuerdo a las Normas Básicas del SABS
Para que se efectúe el pago, el CONSULTOR deberá emitir la respectiva factura oficial por el anticipo cuando este exista y por el monto del pago a favor de la ENTIDAD.
En caso de que el/la consultor/a no cuente con su NIT, el contratante actuará como agente de retención de los impuestos de Ley (16%). El pago de impuestos de Ley es responsabilidad exclusiva del/la consultor/a debiendo presentar su factura, caso contrario la ENTIDAD actuará como agente de retención de los impuestos de Ley (16%).
El/la consultor/a está obligado al pago de contribuciones al Sistema Integral de Pensiones (SIP) por cada pago único o parciales, de acuerdo a lo definido anteriormente, siendo responsabilidad directa del/la consultora de presentar fotocopia de su Formulario de Pago de Contribuciones de Asegurados Independientes (Este requisito es según lo dispuesto en la Ley No. 65 y D. S. 0778).
Consultor (para el sector privado o independiente)
Es la persona natural que presta servicios en una entidad privada por un tiempo determinado y de manera independiente en el marco de una relación contractual civil.
Todo consultor está en la obligación de realizar el pago de sus aportes a partir de febrero de 2011 independientemente de la de fecha de su contratación.
Emite factura según el NIT como profesional independiente.
PLAZOS PARA CONSULTORES LÍNEA
Las contribuciones a través de un Agente de Retención deben efectuarse hasta el ultimo día hábil del mes siguiente de devengado el salario.
Las contribuciones que NO se realicen a través de un Agente de Retención deben efectuarse antes del pago por el Contratante, quien tiene la obligación de exigir la presentación del comprobante de pago.
PLAZO CONSULTORES POR PRODUCTO Y CONSULTORES PRIVADO
Las contribuciones al SIP deben efectuarse antes del pago por el Contratante, quien tiene la obligación de exigir la presentación del comprobante de pago.
DETERMINACIÓN DEL MONTO
Todos los consultores de línea y consultores deben efectuar el pago al SIP sobre el total mensual de la suma de todos sus contratos de consultoría monto que no puede ser menor a un SMN.
CONSULTOR POR PRODUCTO
En caso de Consultores por Producto las contribuciones señaladas se realizarán mensualmente sobre el monto resultante de dividir el monto total del contrato entre la duración del mismo.
CÓMO REALIZAR LAS CONTRIBUCIONES
Las contribuciones de los Consultores y Trabajadores Independientes al Sistema Integral de Pensiones se declaran y pagan a través del nuevo “Formulario de Pago de Contribuciones de Independientes” y el nuevo “Formulario de Pago de Contribuciones de Independientes Mayores de 65 años”.
A continuación mostramos el Formulario de Pago de Contribuciones para Independientes (FPCI) de Futuro:
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa compleja en materia tributaria.
Mi nombre es carlos y mi comentario es, que es exelente esta forma de capacitacion directa, porque son preguntas del trabajo diario y SUCESOS, que ocurren en la vida real, y las respuestas muy acertadas.
gracias lic. roberto.
saludos carlos
ROBErto, una consulta, estoy dando asesoría independiente, facturo con mi nombre, pregunta: puedo trabajar como consultor en línea Al mismo tiempo? Tendría Algún problema?
Hola Carolina, el consultor en línea tiene un nit distinto al del profesional independiente. Entonces puedes trabajar paralelamente pero registrando lo que corresponda a cada nit.
HOLA ROBERTO ME CONTRATARON COMO CONSULTOR EN LINEA EN EL MES DE ENERO ME DIERON CONTRATO Y FIRME, PERO NO ME INSCRIBI EN IMPUESTOS NACIONLES QUE MULTAS O SANCIONES HAY PARA MI POR PARTE DE IMPUESTOS EN MI TRABAJO NO ME RETENIERON NADA NI ME SOLICITARON NINGUN REQUISITO PARA COBRAR
En realidad tu contratante debe exigirte y ellos respaldar sus pagos o gastos.
hola roberto, una pregunta soy consultora individual de linea con contrato bajo normas bid, corresponden que me hagan descuentos por concepto de atrasos?
Todo ese tipo de descuentos en un contrato como consultor por producto o en linea, debe estar especificado en el contrato mismo. No hay normas específicas sino generales sobre esos contratos.
hola…mi pregunta es la siguiente…estoy embarazada de 7 meses y mi contrato de consultora ya termino en septiembre…pueden votarme de mi trabajo si mi contrato de consultor ya termino? trabajo en una empresa publica…
Me temo que sí pueden, ya que no es un contrato laboral.
buenas tardes, por favor un par de consultas: en contratos de consultoria por producto es posible efectuar pagos mensuales por los servicios prestados?, el contratista puede estar sujeto a un horario y lugar de trabajo?, se pueden fijar penalidades?, cual es la norma que regula las contrataciones de consultoría en LINEA y por PRODUCTO. muchas gracias
Hola Marcelo, eso es solo para entidades estatales. Aquí hablamos de su normativa: https://boliviaimpuestos.com/consultor-del-sector-publico-y-como-pagar/
hola, soy CONSULTORA en linea en una INSTITUCIÓN publica nos dicen que nos contrararon por servicios, y el contrato nos dice que debemos cumplir 8 horas laborables y nos descuentan por ATRASOS al ingreso pero no toman en cuenta el tiempo extra pueden hacer esto? a pesar que el contrato no estipula descuentos ni retenciones por esta causa.
Lamentablemente no están bajo la modalidad laboral, entonces deben sujetarse a la normativa: https://boliviaimpuestos.com/consultor-del-sector-publico-y-como-pagar/
Hola roberto una consulta se puede contratar a una consultor para una empresa privada y que si debe pagar el 610 tambien trimestralmente
Gracias
No, ya que para es solo para el sector público y entidades diplomáticas, ver art 2 del DS 21531
Buenas tardes, estoy trabajando como consultor en una entidad publica ¿tengo derecho a permisos? por alguna emergencia que se me presente ya sea de salud u otra.
Hola Imelda, por lo general hay un contrato y reglamento interno en cada entidad estatal, Ahí indican esos datos.
HE FIRMADO UN CONTRATO CONSULTORIA POR PRDUCTO POR 3 MESES EL MONTO TOTAL ES DE 3.900, PARA EL PAGO SIP EL MONTO DIVIDO ENTRE 3 ES DE BS. 1.300, ¿ES CORRECTO EL PAGO MENSUAL AL SIP? SI EL APORTE MESUAL NO DEBE SER MENOR A UN SMN QUE ES DE 2.000?
El aporte mensual puede ser menos al smn
bUENAS TARDES sEÑOR rOBERTO, ME HE ADJUDICADO UNA PROYECTO DE REVEGETACION COMO EMPRESA SRL, QUISIERA SABER SI PUEDO HACER CONTRATOS DE CONSULTORIA POR PRODUCTO A LOS PROFESIONALES CON LOS CUALES TRABAJARE, CONSIDERANDO QUE ESTOS NO SON DE TIEMPO COMPLETO, ES DECIR ELLOS DEBEN ENTREGAR UN PRODUCTO EN DETERMINADO TIEMPO.
Hola Marlene, no puede ya que esa modalidad de contratación es para entidades estatales. Ver Ds 21531
Soy funcionario de salud, y me parece consultores en linea no tengan beneficios cuando en el area de salud de pronto el riesgo a contagiarse con alguna enfermedad es latente, pues deberia el estado prever esta situación.
estoy en contra de que este trabajador trabajo desamparado, no esta bueno
que hacer?????
estimado lic. tengo una consulta, me estan contratando en una institucion publica desde el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre del presente año como consultor en linea, tendre aguinaldo ? y cuanto debe ser mi salario como minimo, y tendre algun beneficio y cuanto por % sera la retencion que mencionan y si debo presentar algun formulario.
no hay beneficios sociales en esa modalidad
estoy embarazada pero soy consultora en linea tengo algun beneficio en la empresa y mi contrato termina el 31 de agosto y no me contrataran es posible
Hola Jacqui, lamentablemente como consultor en línea no hay beneficios sociales.
las empresas privadas pueden hacer CONTRATACIÓN de consultores en linea?
no, eso es solo para entidades estatales
Estimado lic.Rigoberto Caceres soy consultor en linea en una institucion publica ….ya dos años o sea dos contratos y no he recibido el agunaldo , solo el segundo , pues me dicen que no me corresponden dos solo uno es cierto eso
hola Ricado, es correcto. Revisa la norma porfavor.
Estimado Roberto,
Me han ofrecido un trabajo como consultor independiente, de medio tiempo (20 hrs semana), con una duración de 6 meses. ¿Cómo debo interpretar la normativa «• Que la duración del Contrato de Prestación de Servicios de Consultoría sea igual o mayor a treinta (30) días calendario y, que el servicio sea prestado por a1 menos veinte (20) días.
(Se considera como día de trabajo, el trabajo prestado por al menos ocho (8) horas continuas o discontinuas durante la jornada laboral).? Cuál mi situación con los aportes a la AFP? Agradezco tu gentileza, y te felicito por la óptima orientación que brindas a los lectores de tu página.
estimado Lic. Rigoberto.
tengo una consulta, si un consultor de linea tiene dos contratos menores como consultor de linea cada uno de 2 meses en el año 2014, osea 4 meses en la misma institución aunque son contratos continuos le corresponde al consultor el doble aguinaldo?
Estimada Teresa, el doble aguinaldo del 2013 fue excepcional para consultores en línea. En 2014 aun no salió si se extiende a consultores en linea. se debe esperar el DS.
Estimado Roberto.
Me podrias mencionar alguna disposicion legal para contratar consultor en linea.
Otra, el consultor en linea esta sujeto a un control de entrada y salidas por el empleador?
Tienes mucha razon Arminda, los consultores no tenemos derecho a nada…y somos los mas discriminados de las instituciones, ademas de quienes mas trabajan…debo decir que en el pais gobernado por Evo Morales no hay igualdad…muchas personas ingresan a las instituciones sin formacion alguna solo con el aval politico del MAS y son los consultores quienes se ven atropellados por estas personas…
en algunas instituciones los consultores en linia no gosan de ningún beneficio, vacación, baja medica por enfermedad ni aguinaldo eso no me párese justo en un pis que supuestamente luchamos por la igualdad de derechos.
mmmm
Buen día, mi caso es el sgte.:
Trabajo desde el 22 de julio del 2013 al 05 de enero del 2014 como consultora de linea sin contrato en una empresa consultora privada para otra privada, mi retiro fue forzoso, deseo saber si me corresponde liquidación por los meses trabajados en duodécimas y aguinaldo también por duodécima, el 2do aguinaldo también corresponde o no?
Estimado Roberto Caceres, trabajo en una empresa consultora de archivos privada para una institucion privada tambien por 7meses desde el 22 de julio del 2013 hasta el 5 enero del 2014 sin contrato, deseo saber si me corresponde liquidacion y aguinaldo, yo pensaba que estaba como asistente de archivo mas no era asi sino como consultora de linea.
cuando se realiza un trabajo de consultor por producto en una empresa del estado, ¿cuánto tiempo debe pasar para realizar otro trabajo de consultor?¿Cuál es la figura si del primera trabajo se deriva una necesidad que requiere de un consultor para llevar adelante el trabajo?
trabajo desde el 2012 con un contrato de consultor en linea el 2012 con un contrato desde abril al 31 de diciembre y una adenda hastael 28 de febrero y entre y volvia atrabajar desde el 15 de marzo me corresponde por duodecimas?
otra pregunta de que tiempo dice la ley que se deben devolver las garantias pues nos retinen el 7% de nuestro haber mensual, y nos pagaran el doble aguinaldo? o solo uno trabajo en una institucion del Estado.
Estimado Lic. Luis, si le corresponde el beneficio del segundo aguinaldo.