Contenido de doc emitidos por el SIN, todo lo que debe contener, puedes verlo Aquí

¿Necesitas entender los distintos documentos que emite el Servicio de Impuestos Nacionales? En esta guía detallada conocerás el contenido y los requisitos de cada documento que forma parte de los procedimientos tributarios. Aprende a identificarlos correctamente para proteger tus derechos como contribuyente.
Introducción
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emite diversos documentos administrativos durante sus procedimientos de fiscalización, verificación y sanción. Cada uno de estos documentos cumple una función específica y debe contener elementos mínimos establecidos por la normativa tributaria, especialmente por la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0032-16 del 25 de noviembre de 2016.
Conocer a fondo estos documentos no solo es útil para profesionales del área tributaria, sino fundamental para cualquier contribuyente que busque entender los procedimientos, ejercer su derecho a la defensa y cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales.
Base Legal y Referencias
Normativa Principal
- Ley N° 2492 Código Tributario Boliviano, Artículos 66, 92-96, 98-104, 126-128, 169
- Resolución Normativa de Directorio N° 10-0032-16 del 25 de noviembre de 2016
- Resolución Normativa de Directorio N° 10-0031-16
- Decreto Supremo N° 27310, Artículos 17, 18, 19, 21, 29-33, 38-40, 42
1.Contenido de La Orden de Fiscalización o Verificación
Contemplará los siguientes elementos mínimos:
a) Número de Orden de Fiscalización o Verificación.
b) Lugar y fecha de emisión.
c) Nombre o razón social del sujeto pasivo.
d) Número de Identificación Tributaria o número de Cédula de Identidad, este último en el caso de no encontrarse inscrito en el padrón de contribuyentes.
e) Alcance del proceso de determinación (impuesto(s), período(s) y/o gestión(es), elementos y/o hechos que abarcan la orden de fiscalización o verificación).
f) Dirección o Domicilio registrado en el Padrón de Contribuyentes, cuando se encuentre inscrito. En caso de no estar inscrito el domicilio que obtenga la Administración Tributaria por medio de información de terceros.
g) Identificación del o los servidores públicos actuantes.
h) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO y del Jefe del Departamento de Fiscalización, según corresponda la jurisdicción del sujeto pasivo”.
2. Contenido de la Vista de Cargo
Este documento deberá contener como mínimo, la siguiente información:
a) Número de Vista de Cargo.
b) Lugar y fecha de emisión.
c) Nombre o razón social del sujeto pasivo.
d) Número de Identificación Tributaria o número de Cédula de Identidad, este último en el caso de no encontrarse inscrito en el padrón de contribuyentes.
e) Número de Orden de Fiscalización o Verificación.
f) Alcance del proceso de determinación (impuestos, períodos o gestiones, elementos y/o hechos que abarcan la orden de fiscalización/verificación).
g) Justificación del tipo de Determinación (Base Cierta y/o Base Presunta).
h) Hechos, actos, datos, elementos y valoraciones que fundamenten las observaciones detectadas en el proceso de fiscalización o verificación, provistas por las declaraciones del sujeto pasivo o tercero responsable, de los elementos de prueba en poder de la Administración Tributaria o de los resultados de las actuaciones de control, verificación, fiscalización e investigación ejercidos, además de la normativa contravenida que corresponde a cada observación.
i) Base Imponible expresada en Bolivianos.
j) Calificación preliminar por la conducta atribuida al sujeto pasivo, debiéndose dejar constancia de los actos u omisiones que la configurarían para el proceso correspondiente.
k) Liquidación previa del adeudo tributario determinado por la Administración Tributaria, a la fecha de emisión, por impuesto, período y/o gestión fiscal.
3. Contenido de la Resolución Determinativa
La Resolución Determinativa deberá contener como requisitos mínimos, lo siguiente:
a) Número de Resolución Determinativa.
b) Lugar y fecha de emisión.
c) Nombre o razón social del sujeto pasivo.
d) Número de Identificación Tributaria o número de Cédula de Identidad, este último en el caso de no encontrarse inscrito en el padrón de contribuyentes.
e) Número de Orden de Fiscalización o Verificación.
f) Número de la Vista de Cargo, fecha de emisión y notificación.
g) Base imponible expresada en bolivianos.
h) Base cierta y/o presunta de la Determinación.
i) Alcance del proceso de determinación (impuestos, períodos o gestiones, elementos y/o hechos que abarcan la orden de fiscalización/verificación).
j) Hechos, actos, datos, elementos y valoraciones que fundamenten cada observación determinada y la norma específica infringida (fundamentos de hecho y de derecho) que respalden las observaciones que dieron origen al monto del Adeudo Tributario.
k) Relación de las pruebas de descargo, alegatos, documentación e información presentadas por el sujeto pasivo y la valoración por parte de la Administración Tributaria de cada una de las pruebas y/o alegatos presentados
4. Contenido de El Auto Inicial del Sumario Contravencional:
Contendrá, como mínimo, la siguiente información:
- a) Número del Auto Inicial del Sumario Contravencional.
- b) Lugar y fecha de emisión del Auto Inicial de Sumario Contravencional.
- c) Nombre o razón social del presunto contraventor
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Acto u omisión que origina la contravención.
- f) Norma específica infringida.
- g) Tipificación de la contravención tributaria.
- h) Sanción aplicable, señalando la norma legal o administrativa donde se encuentre establecida
- i) Plazo y lugar donde pueden presentarse descargos.
- j) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción donde se constata la contravención.
Tip práctico: Revisa detenidamente los puntos e) y f) del Auto Inicial, ya que identifican específicamente qué hiciste mal y qué norma incumpliste. Esto te ayudará a preparar una mejor defensa.
El Acta de Infracción contendrá, como mínimo:
- a) Número de Acta de Infracción.
- b) Lugar y fecha de emisión del Acta de Infracción
- c) Nombre o razón social del presunto contraventor.
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Acto u omisión que origina la contravención.
- f) Norma específica infringida.
- g) Tipificación de la contravención tributaria.
- h) Sanción aplicable, señalando la norma legal o administrativa donde se encuentre establecida.
- i) Plazo y lugar donde pueden presentarse descargos.
- j) Nombre completo y firma del titular del establecimiento o de quien, en ese momento, se hallara a cargo del mismo. Si se rehusara a firmar: nombre completo, número de documento de identificación y firma del testigo de actuación.
- k) Nombre completo, firma y número de documento de identificación del (los) servidor (es) público (s) actuante (s).
Contenidos de Resolución Final del Sumario
Que contendrá como mínimo la siguiente información:
- a) Número de la Resolución Final del Sumario.
- b) Lugar y fecha de emisión.
- c) Nombre o razón social del sujeto pasivo.
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Número del Auto Inicial de Sumario Contravencional o del Acta de Infracción.
- f) Contravención cometida con identificación de la norma infringida.
- g) Relación de las pruebas de descargo, alegaciones, documentación e información presentadas y valoración expresa realizada por la Administración Tributaria.
- h) Presunta tipificación de la contravención tributaria.
- i) Decisión o resolución del proceso que declare la inexistencia de la contravención tributaria y el correspondiente archivo de obrados.
- j) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente.
Contenido de la Resolución sancionatoria.
- a) Número de la Resolución Sancionatoria.
- b) Lugar y Fecha de emisión de la Resolución Sancionatoria.
- c) Nombre o razón social del contribuyente.
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Número del Auto Inicial de Sumario Contravencional o del Acta de Infracción.
- f) Acto u omisión que origina la contravención.
- g) Norma específica infringida.
- h) Tipificación de la contravención tributaria.
- i) Sanción aplicada, señalando la norma legal o administrativa donde se encuentre establecida.
- j) Relación de las pruebas de descargo, alegaciones, documentación e información presentadas por el sujeto pasivo y la valoración realizada por la Administración Tributaria.
- k) Deber de cumplir con la presentación de la documentación faltante o el deber formal extrañado.
- l) Plazos y recursos que franquean las Leyes para impugnar la Resolución Sancionatoria y el anuncio de medidas coactivas que adoptará la Administración Tributaria vencido dicho plazo.
- m) Si el contribuyente realizara el pago de la sanción, éste deberá ser considerado en la Resolución Sancionatoria. En este caso, no será necesario señalar lo previsto en el inciso anterior, disponiendo en consecuencia el archivo de obrados.
- n) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente
El Auto de Conclusión contendrá como mínimo, la siguiente información:
- a) Número del Auto de Conclusión.
- b) Lugar y fecha de emisión del Auto de Conclusión.
- c) Nombre o Razón Social del sujeto pasivo.
- d) Número de Identificación Tributaria.
- e) Número de Resolución Sancionatoria
- f) Resumen estableciendo que la sanción ha sido pagada, consignando número de Orden de la Boleta de pago, verificada en el sistema.
- g) Decisión de la conclusión del proceso y el correspondiente archivo de obrados.
- h) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente.
Contenido «Acta de Infracción por no emisión de Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente»,(…)
- a) Número de Acta de Infracción.
- b) Lugar, fecha y hora de emisión del Acta de Infracción.
- c) Nombre o Razón Social del Contribuyente.
- d) Número de Identificación Tributaria.
- e) Dirección del domicilio fiscal donde se realiza la verificación.
- f) Modalidad de la verificación efectuada: Compra de control, Observación Directa o Revisión documental.
- g) Descripción del artículo vendido y/o servicio prestado no facturado.
- h) Importe no facturado (numeral y literal)
- i) Norma específica infringida.
- j) Tipificación de la contravención tributaria.
- k) Sanción aplicada, señalando la norma legal donde se encuentre establecida.
- l) Lugar y plazo para la presentación de descargos.
- m) Nombre completo y firma del titular o responsable del establecimiento o de quien, en ese momento, se hallara a cargo del mismo.
- n) Nombre (s) completo (s), número (s) de Cédula de Identidad y firmas del (los) servidor (es) público (s) actuante (s). Si el responsable se rehusara a firmar, se registrará Nombre completo, número de la Cédula de Identidad y firma del testigo de actuación.
Contenido de se emitirá la Resolución Final de Sumario:
- a) Número de la Resolución Final de Sumario.
- b) Lugar y fecha de emisión de la Resolución Final de Sumario.
- c) Nombre o Razón Social del sujeto pasivo.
- d) Número de Identificación Tributaria.
- e) Número de Acta de Infracción por no emisión de Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente.
- f) Relación de las pruebas de descargo, alegaciones, documentación e información presentadas por el contribuyente y valoración expresa realizada por la Administración Tributaria.
- g) Resolución que declare la inexistencia de la contravención tributaria y disponga el correspondiente archivo de obrados.
- h) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente
Contenido de la La Resolución Sancionatoria:
- a) Número de la Resolución Sancionatoria.
- b) Lugar y Fecha de emisión de la Resolución Sancionatoria.
- c) Nombre o Razón Social del contribuyente.
- d) Número de Identificación Tributaria.
- e) Número del Acta de Infracción por no emisión de Factura, Nota Fiscal o Documento Equivalente.
- f) Modalidad de la verificación efectuada: Compra de control, Observación Directa o Revisión documental.
- g) Descripción del artículo vendido y/o servicio prestado no facturado.
- h) Importe no facturado (numeral y literal)
- i) Norma específica infringida.
- j) Tipificación de la contravención tributaria.
- k) Sanción aplicada, señalando la norma legal donde se encuentre establecida.
- l) Relación de las pruebas de descargo, alegaciones, documentación e información presentadas por el sujeto pasivo y la valoración realizada por la Administración Tributaria.
- m) Plazo que otorga la Ley para impugnar la Resolución Sancionatoria en la vía administrativa o jurisdiccional.
- n) Si el contribuyente realizara el pago de la convertibilidad establecida por Ley, éste deberá ser considerado en la Resolución Sancionatoria. En este caso no será necesario señalar lo previsto en el inciso anterior, disponiendo en consecuencia el archivo de obrados.
- o) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente.
Resumen
Documentos Administrativos Tributarios
- a) Número del Auto Inicial del Sumario Contravencional.
- b) Lugar y fecha de emisión del Auto Inicial de Sumario Contravencional.
- c) Nombre o razón social del presunto contraventor.
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Acto u omisión que origina la contravención.
- f) Norma específica infringida.
- g) Tipificación de la contravención tributaria.
- h) Sanción aplicable, señalando la norma legal o administrativa donde se encuentre establecida.
- i) Plazo y lugar donde pueden presentarse descargos.
- j) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción donde se constata la contravención.
- a) Número de Acta de Infracción.
- b) Lugar y fecha de emisión del Acta de Infracción.
- c) Nombre o razón social del presunto contraventor.
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Acto u omisión que origina la contravención.
- f) Norma específica infringida.
- g) Tipificación de la contravención tributaria.
- h) Sanción aplicable, señalando la norma legal o administrativa donde se encuentre establecida.
- i) Plazo y lugar donde pueden presentarse descargos.
- j) Nombre completo y firma del titular del establecimiento o de quien, en ese momento, se hallara a cargo del mismo.
- k) Nombre completo, firma y número de documento de identificación del (los) servidor (es) público (s) actuante (s).
- a) Número de la Resolución Final del Sumario.
- b) Lugar y fecha de emisión.
- c) Nombre o razón social del sujeto pasivo.
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Número del Auto Inicial de Sumario Contravencional o del Acta de Infracción.
- f) Contravención cometida con identificación de la norma infringida.
- g) Relación de las pruebas de descargo, alegaciones, documentación e información presentadas y valoración expresa realizada por la Administración Tributaria.
- h) Presunta tipificación de la contravención tributaria.
- i) Decisión o resolución del proceso que declare la inexistencia de la contravención tributaria y el correspondiente archivo de obrados.
- j) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente.
- a) Número de la Resolución Sancionatoria.
- b) Lugar y Fecha de emisión de la Resolución Sancionatoria.
- c) Nombre o razón social del contribuyente.
- d) Número de Identificación Tributaria o Número de Cédula de Identidad cuando no se encuentre inscrito.
- e) Número del Auto Inicial de Sumario Contravencional o del Acta de Infracción.
- f) Acto u omisión que origina la contravención.
- g) Norma específica infringida.
- h) Tipificación de la contravención tributaria.
- i) Sanción aplicada, señalando la norma legal o administrativa donde se encuentre establecida.
- j) Relación de las pruebas de descargo, alegaciones, documentación e información presentadas por el sujeto pasivo y la valoración realizada por la Administración Tributaria.
- k) Deber de cumplir con la presentación de la documentación faltante o el deber formal extrañado.
- l) Plazos y recursos que franquean las Leyes para impugnar la Resolución Sancionatoria y el anuncio de medidas coactivas que adoptará la Administración Tributaria vencido dicho plazo.
- m) Si el contribuyente realizara el pago de la sanción, éste deberá ser considerado en la Resolución Sancionatoria.
- n) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente.
- a) Número del Auto de Conclusión.
- b) Lugar y fecha de emisión del Auto de Conclusión.
- c) Nombre o Razón Social del sujeto pasivo.
- d) Número de Identificación Tributaria.
- e) Número de Resolución Sancionatoria.
- f) Resumen estableciendo que la sanción ha sido pagada, consignando número de Orden de la Boleta de pago, verificada en el sistema.
- g) Decisión de la conclusión del proceso y el correspondiente archivo de obrados.
- h) Firma y sello del Gerente Distrital o GRACO de la jurisdicción a la que corresponda el contribuyente.
- a) Número de Acta de Infracción.
- b) Lugar, fecha y hora de emisión del Acta de Infracción.
- c) Nombre o Razón Social del Contribuyente.
- d) Número de Identificación Tributaria.
- e) Dirección del domicilio fiscal donde se realiza la verificación.
- f) Modalidad de la verificación efectuada: Compra de control, Observación Directa o Revisión documental.
- g) Descripción del artículo vendido y/o servicio prestado no facturado.
- h) Importe no facturado (numeral y literal).
- i) Norma específica infringida.
- j) Tipificación de la contravención tributaria.
- k) Sanción aplicada, señalando la norma legal donde se encuentre establecida.
- l) Lugar y plazo para la presentación de descargos.
- m) Nombre completo y firma del titular o responsable del establecimiento o de quien, en ese momento, se hallara a cargo del mismo.
- n) Nombre(s) completo(s), número(s) de Cédula de Identidad y firmas del(los) servidor(es) público(s) actuante(s).
- Verifique que todos los campos obligatorios estén completos.
- Los documentos deben estar fechados correctamente.
- Incluya todos los números de identificación requeridos.
- Especifique claramente las normas infringidas.
- Respete los plazos establecidos para cada etapa del proceso.
Comparación de Documentos y sus Características
| Documento | Fase del Proceso | Emitido por | Plazo de Respuesta |
|---|---|---|---|
| Auto Inicial del Sumario Contravencional | Inicio del proceso sancionador | Gerente Distrital o GRACO | 20 días |
| Acta de Infracción | Constatación de infracción in situ | Funcionario actuante | 20 días |
| Orden de Fiscalización | Inicio del proceso de fiscalización | Gerente Distrital o GRACO | 15 días para presentar documentación |
| Vista de Cargo | Liquidación previa del adeudo | Gerente Distrital o GRACO | 30 días |
| Resolución Determinativa | Conclusión del proceso de determinación | Gerente Distrital o GRACO | 20 días para impugnar |
Conclusiones y Recomendaciones
Conocer los documentos que emite el SIN es fundamental para todo contribuyente boliviano, ya que permite:
- Ejercer adecuadamente tu derecho a la defensa: Sabiendo qué contiene cada documento, puedes preparar una respuesta eficaz.
- Verificar la legalidad de los procedimientos: Te permite identificar posibles vicios que podrían invalidar la actuación administrativa.
- Planificar acciones oportunas: Conociendo plazos y requisitos, puedes organizar tu tiempo y recursos para responder adecuadamente.
- Reducir contingencias tributarias: Una respuesta oportuna y fundamentada puede ayudar a minimizar sanciones o incluso a demostrar la inexistencia de contravenciones.
El cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias sigue siendo la mejor estrategia para evitar la emisión de estos documentos. Mantener un archivo ordenado de todas tus obligaciones tributarias y contar con asesoramiento especializado cuando sea necesario te ayudará a navegar eficientemente por los procedimientos administrativos tributarios.
Espero que esta información "Contenido de doc emitidos por el SIN" se de utilidad".