Como calcular retenciones y asiento contable

Actualización 2023: Aquí la nueva forma de llenar formularios por pago de retenciones:

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Como calcular retenciones y hacer su tratamiento contable, modalidad «gross up»

Para no ser objeto de observación por Impuestos Nacionales, sobre la siguiente pregunta: ¿Se incluyen en el Estado de resultados las retenciones, ya sean estas por pago de Retenciones IUE, IT, RC IVA o Beneficiaros exterior? ¿Acaso no son pagos de los beneficiarios y no de la empresa?

Pongo en tapete esto porque se han dado casos de fiscalización en las que se observa a la empresa que compra por colocar en el Estado de Resultados los conceptos de Retenciones IUE. IT y RC IVA, ocasionando  cálculos por impuestos omitidos (IUE).

También sucedió cuando tales retenciones por impuestos están implícitos en los montos de los gastos sin factura.

Sobre las retenciones

Sobre las retencionespor RCIVA, IT o IUE que se pagan en los formularios 410, 604, 570  se debe aclarar que existen dos formas de registro contable, y entra a colación el concepto de Gross Up para uno de los tipos de asiento.

Realizaremos un ejemplo con Retenciones IUE y Retenciones IT por operaciones de adquisición de bienes, que para fines de ejemplo es similar a  adquisición de servicios y por alquileres o viáticos. es decir retenciones por compras sin factura.

El término Gross Up también compete a los pagos a Beneficiarios Exterior del 25% de su base imponible al 50% de todo pago. En otro post tratamos el punto de IUE Beneficiarios Exterior con más detalle, aquí nos limitaremos al tipo de asiento vinculado al Grossing Up.

Definición de Gross Up

El Diccionario Contable y Comercial, de Amanda Alicia Godoy define como Gross Up: el acrecentamiento que se produce cuando una persona (natural o jurídica) se hace cargo del impuesto respectivo de una renta abonada a otra.

Es un verbo que viene de un adjetivo «GROSS» que quiere decir «total, bruto (sin deducciones)» quiere decir: «la suma ($) que ganas en bruto», es decir: la paga sin tomar en cuenta los impuestos, etc. Gross up es: Ganar o tener la entrada del dinero (sin impuestos) de un pago.

Este concepto se lo aplica por ejemplo por las personas que prestan un servicio dado y no entregan factura. Asumen que la empresa pagará por ellos el impuesto.

El término es más usado por empresas internacionales que hablan en términos de Gros up cuando reciben dineros «fuera de impuestos», o fuera de retenciones.

Tipos de asientos

Con el ejemplo de retención del pago de un servicio sin factura:

Primer tipo de asiento (en Bs):

Gasto. Refrigerios 500

Gasto. Retenciones por servicios 15.5%  77.5

A

Activo. Efectivo 500

Pasivo. IT Retenciones 15

Pasivo. IUE Retenciones 62.5

Para el cálculo de retenciones se usó nuestro formato de calculadora de retenciones. 

En este asiento se separa el gasto realizado o que iba a pagar un tercero pero que retenemos para nosotros realizar el pago. En el estado de resultados aparecerán ambos gastos del debe.

Segundo tipo de asiento (en Bs):

Gasto. Refrigerios 577.5

A

Activo. Efectivo 500

Pasivo. IT Retenciones 15

Pasivo. IUE Retenciones 62.5

En este tipo de asiento, más propio del Gross Up, se imputa al gasto la retención del gasto. En consecuencia, en el Estado de Resultados estará sólo esta cuenta como gasto.

Sobre el modo de cálculo en estos asientos, el SIN ha sacado una cartilla sobre el cálculo e retenciones y es la que estamos tomando en cuenta.

Forma de cálculo aceptado por el SIN

Existen dudas sobre cómo calcular retenciones y a veces algunos contadores hacen la regla del 3 para llegar a una tasa efectiva según los porcentajes.

En el ejemplo, ese cálculo consistiría en incrementar el importe de impuestos: 12,5% más 3% como tasas efectivas. Es decir, efectuamos la siguiente operación: 500/(1-0,125-0,03) lo que daría un valor bruto de Bs591,72

Asiento:  (tomando el 2do tipo de asiento):

Gasto. Refrigerio Bs 591,72
A
Activo. Efectivo Bs 500
Pasivo. IUE Retención Bs 73,97
Pasivo. IT Retención Bs 17,75

Se confunde la noción de impuesto indirecto aplicado a un impuesto que es directo a un tercero.

La norma dice: Art. 3 DS 24051:

(…) Las personas jurídicas, públicas o privadas y las instituciones y organismos del Estado que acrediten o efectúen pagos a los sujetos definidos en el inciso c) precedente, o a sucesiones indivisas de personas naturales gravadas por este impuesto, por concepto de las fuentes de rentas definidas en el Artículo 4° del presente reglamento, y no estén respaldadas por la factura, nota fiscal o documento equivalente correspondiente, deberán retener sin lugar a deducción alguna, en el caso de prestación de servicios, el veinticinco por ciento (25%) del cincuenta por ciento (50%) del importe total pagado y, en el caso de venta de bienes, el veinticinco por ciento (25%) del veinte por ciento (20%) del importe total pagado, porcentaje este último que se presume es la utilidad obtenida por el vendedor del bien. Los montos retenidos deben ser empozados (…)

Si alguien recibe Bs 500, según la norma se debe hacer la retención sobre ese monto (el 3% y 12.5%, en el ejemplo). Sin embargo resultaría menos del dinero que recibe desde caja.

Entonces se debe hacer la regla de tres para llegar al monto en efectivo que se presume es lo que recibe el vendedor.

¿Qué tipo de asiento acepta Impuestos internos?

Para fines del pago del impuesto, en ambos casos se hace la retención y está en el pasivo el porcentaje del impuesto retenido a pagar, tanto la retención del IUE y la retención del IT. Entonces no merece ninguna observación de Impuestos Nacionales en ninguno de los dos tipos de asiento anteriores.

Desde mi punto de vista el primer tipo de asiento es el que mejor refleja, para fines informativos internos, los gastos que se pagan por concepto de impuestos asumidos por terceros.

Por otro lado se puede ver por separado la parte del gasto por impuestos asumidos de terceros y reflejar su no deducibilidad para el IUE.


Mostramos otros artículos que hicimos sobre las retenciones de acuerdo a normas contables y de Impuestos Nacionales:

Cómo calcular retenciones y hacer sus asientos contables

Retención RC IVA por Alquileres. Cómo se deduce

Formato de Caja con calculadora de retenciones

Retenciones IUE, IT Formato a descargar gratis

Grossing up, retenciones e impuestos que no son deducibles

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

22 comentarios en «Como calcular retenciones y asiento contable»

  1. Estimado Lic.Caceres, mi consulta es la siguiente: Si se trata del pago de alquileres sin factura..cuánto tengo que retener?

  2. una consulta quisiera saber que tipo de impuesto tengo que manejar para la venta de un activo específicamente un vehículo muchas gracias

  3. Pero en el caso de que usemos la 2da manera de registrar el asiento contable ¿no estamos deduciendo mal las retenciones?
    Ya que si registramos los 577,50 como gasto total, el 15,5% de 577,50 es de 89,51 y no 77,50 como lo registra usted en su último asiendo (caso 2)
    O en todo caso no debería ser el gasto total de 591,72 y así deducir el 15,5% que sería 91,72 y el gasto neto sería de 500?

  4. Hola Roberto, una consulta preste servicios en el area de la construccion me pidieron que facture, al no tener factura pedi que se aplique la retencion de pago de un servicio sin factura, el monto es de 20.000 bs quisiera pedirle que me oriente

  5. Hola Robert. una consulta, si los gastos no se relacionan con la empresa tambien tengo que realizar las retenciones? y si tubiese factura la totalidad contabilizaria a gasto ya que no forma parte de mi actividad economica???

  6. En el caso 1) Solo se debe pagar al beneficiario el neto Bs422,- (menos el total de las retenciones Bs78,- del IUE 63, IT 15).

    Caso 2)Me parece que no es correcto el importe de las retenciones del IUE é IT, ya que la base imponible es otra Bs577,50 si calculamos el IUE es Bs72,- y el IT Bs17,- en total las retenciones alcanzarían a Bs89,-
    Esa es mi observación.

    Por otra parte sobre el Gross Up, la normativa tributaria no se pronuncia en ningún lugar.

    Luis

  7. Hola, no es lo mismo para adquisición de servicios y para alquileres cuando no nos dan factura. Para el primero es IUE y para el segundo RC-IVA. Cuando hablamos de retenciones. Como q me confundí al leer su ejemplo.

  8. Estimado Roberto
    Quiero que me saques de duda respecto a las mermas y degustaciones, estos gastos como puedo respaldar para que sean gastos dedusibles o que reglamento impositivo existe respecto a este tema. Saludos

  9. en caso de suscribir un contrato
    por prestacion de servicios y
    cuyo cobro y facturacion se hara
    cada mes ?debo hacer algun
    asiento por el contrato con el
    iva? Y el cobro y la facturacion
    como es su tratamiento
    contable?

  10. al pagar a un abogado la suma de 100, 80 poseen factura y el resto 20 se respaldan con los timbres de ley ?por los timbres de ley debo retener?

  11. Lic. como hago la retencion a una Empresa Extranjera que envio a un Dependiente de ella a Santa Cruz, el servicio fue por $us 10.000 nuestra empresa corrio con gastos de estadia alimentacion y alojamiento, los gastos de alimentacion se le asignaba un fondo en efectivo los cuales algunas compras tenian facturas otras no. por favor agradezco sus comentarios.(ya cancelamos a cuenta $us 5.000 en este mes de Octubre-2013)

  12. estimado Roberto: entiendo el ejemplo pero lo que no entiendo es como cuadra el asiento, ademas que en mi entender cuando asumo el impuesto, sobre el ejemplo considero que el monto es 591,72, por lo tanto las retenciones serian por 91,72.
    favor si podrias explicar cual el asiento completo ¡Gracias!

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