Certificado de no Imponibilidad Régimen Agropecuario Unificado (RAU) – ACTUALIZADO

Conoce más sobre Certificado de no Imponibilidad Régimen Agropecuario Unificado (RAU)

El Certificado de no Imponibilidad  del Régimen Agropecuario Unificado en consideración a lo señalado en el D.S. Nº 24463 de 27 de diciembre de 1996, donde indica que la Pequeña Propiedad es aquella establecida por la legislación agraria, que tiene como referencia las extensiones máximas, establecidas en la primera columna numérica del Anexo I de la citada norma legal y constituye el máximo No Imponible del RAU.

Asimismo, conforme a la política de simplificación de trámites, el SIN procede a la simplificación del trámite de solicitud del Certificado de No Imponibilidad.

OBJETO DEL CERTIFICADO DE NO IMPONIBILIDAD RAU

A través de la RND 101800000022 de septiembre de 2018, entra en vigencia el nuevo procedimiento de NO IMPONIBILIDAD RAU, para los titulares de la pequeña propiedad que no se encuentran alcanzados por el RAU, mismo que se realiza a través de la Oficina Virtual.

ALCANZADOS POR LA NO IMPONIBILIDAD

A efectos de la tramitación del Certificado de Nº Imponibilidad RAU (Form. 280 V3) la citada RND alcanza a los titulares de la pequeña propiedad que se encuentre dentro de los límites No Imponibles del RAU y que cumpla con lo dispuesto en el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 24463 de 27 de diciembre de 1996.

COMO SOLICITAR EL CERTIFICADO DE NO IMPONIBILIDAD RAU – FORM 280 V.3

El titular de la pequeña propiedad podrá solicitar el “Certificado de No Imponibilidad RAU (Form. 280 v.3)” en cualquiera de estos dos lugares:

  • Plataforma de Recaudación y Empadronamiento de las Gerencias Distritales, Agencias Tributarias y/o Agencias Distritales
  • A través de la oficina virtual (servicio al ciudadano)
  • Colectores RAU autorizados.

NOTA.-

El certificado de No imponibilidad deberá ser tramitado de manera anual.

La Resolución Normativa de Directorio Nº 101800000022 de 28 de septiembre de 2018, establece que el Certificado de No Imponibilidad RAU se tramita anualmente, teniendo como fecha de inicio de tramitación, aquella en la que entra en vigencia la Resolución Normativa de Directorio que Actualiza la Cuota Fija por Hectárea del Régimen Agropecuario Unificado y como fecha límite de tramitación el vencimiento del plazo establecido para la presentación de Declaraciones Juradas y pago de obligaciones tributarias del Régimen Agropecuario Unificado.

REQUISITOS PARA EL CERTIFICADO DE NO IMPONIBILIDAD RAU

Se debe presentar:

1.- Título de propiedad, o documento legal que demuestre:

Derecho a usufructo (original y fotocopia), en caso de no contar con este documento, se podrá presentar Certificado de posesión otorgado por la Máxima Autoridad de la Comunidad, Organización Social o Entidades Civiles sin fines de lucro a la que pertenece, legalmente reconocida; este documento debe estar firmado y sellado con el nombre y cargo de la Máxima Autoridad de la Comunidad o Representante Máximo de la Organización o Entidades Civiles sin fines de lucro, que certifique:

  • La ubicación del predio (Departamento, Provincia, Municipio y Localidad).
  • Denominación del Predio.
  • El nombre completo del beneficiario.
  • La superficie.
  • La actividad económica desarrollada.
  • Lugar y fecha de emisión del Certificado.

Nota.- La Entidad, organización social o asociación que certifica deberá contar con el Registro en el Padrón Biométrico Digital (NIT). En caso de no estarlo el solicitante presentará fotocopia del documento que certifique la legalidad de la Comunidad, Organización o Entidad Civil: Personería Jurídica, Acta de Asamblea, Constitutiva o documento de identidad de la Máxima Autoridad.

2. Documento de identidad vigente del propietario (original y fotocopia).

Verificado el cumplimiento de los requisitos la Administración Tributaria emitirá el “Certificado de No Imponibilidad RAU” con las firmas y sellos del funcionario actuante y del Jefe de Departamento de Recaudación y Empadronamiento o responsables de las Dependencias Operativas.

Nota.-

Si lo desea el solicitante podrá apersonarse ante el Colector del Régimen Agropecuario Unificado con los requisitos citados anteladamente a fin de obtener el “Certificado de No Imponibilidad RAU”, verificado el cumplimiento de los requisitos, recepcionará la solicitud y la presentará al Departamento de Recaudación y Empadronamiento de la Gerencia Distrital para la respectiva verificación y emisión del “Certificado de No Imponibilidad RAU”, con las firmas y sellos del funcionario actuante y del Jefe de Departamento de Recaudación y Empadronamiento. El “Certificado de No Imponibilidad Rau” emitido por el SIN, será entregado a través del Colector.

PLAZOS

Se tramite una vez al año, tomando en cuents la fecha en la que entra en vigencia la RND, eso viene expuesto al finalizar la RND ( entrara en vigencia a partir del….). y como fecha limite el vencimiento del plazo para la presentación de declaraciones juradas y pago de las obligaciones tributarias del RAU.

Costo

La tramitación del Certificado de No Imponibilidad RAU, no tiene costo alguno, es completamente GRATUITA.

EJEMPLO DEL CERTIFICADO DE NO IMPONIBILIDAD RAU

El titular de la pequeña propiedad podrá solicitar la copia del “Certificado de No Imponibilidad RAU”, en Plataforma de Recaudación y Empadronamiento de las Gerencias Distritales, Agencias Tributarias y Agencias Distritales, portando su
documento de identificación vigente.

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

2 comentarios en «Certificado de no Imponibilidad Régimen Agropecuario Unificado (RAU) – ACTUALIZADO»

  1. Lo perdí mi RAU de esta ultima gestión que había tramitado en impuestos nacionales y por tal motivo no puedo cobrar de mi producto que solución me pueden dar al respecto

    Responder

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