Características de la Facturación Prevalorada

La facturación prevalorada es una modalidad en la que la emisión de la Factura consigna el precio pre impreso del bien vendido o servicio sin nombre ni NIT del que compra.

¿Quiénes pueden acceder a esta modalidad?

Los contribuyentes que tengan registradas en el Padrón Nacional de Contribuyentes, actividades económicas de consumo masivo y/o precio fijo, como por ejemplo:

  • Espectáculos públicos permanentes o eventuales con fecha predeterminada.
  • Venta de GLP en garrafas.
  • Tarjetas de telefonía móvil.
  • Pago por uso de terminales terrestres o aéreas.
  • Boletos o entradas y venta de productos a través de máquinas dispensadoras u otros similares.

Cuando el contribuyente emita facturas prevaloradas de cortesía, éstas deben cumplir con todos los requerimientos técnicos establecidos, incluido el precio, el cual deberá ser del mismo valor asignado para la venta al público generando el correspondiente débito fiscal. En lugar visible, deberá consignarse la leyenda “DE CORTESIA”.

CARACTERÍSTICAS DE LA MODALIDAD DE FACTURACIÓN PREVALORADA

– Es pre impresa, por imprentas autorizadas por el SIN.

– El precio del bien o servicio prestado es pre impreso, así como los datos de la dosificación, es emitida prescindiendo la nominatividad, el NIT, o el Documento de Identidad del comprador.

¿Cuál es el tiempo de vigencia de esta modalidad?

Según el articulo 8 de la RND 10-0021-16 la vigencia es la siguiente:

¿Como dosificar facturas prevaloradas?

Paso 1

Ingresar a la pagina del SIN y darle clic en «Oficina Virtual»

Paso 2

Clic en «Sistema de facturación virtual»

Paso 3

Ingresar sus datos: NIT, Usuario y Contraseña; posteriormente ingresar los dígitos que te aparecen después clic en «aceptar»:

Paso 4

Clic en Dosificación de facturas:

Paso 5

Creamos un nuevo tramite:

Paso 6

  • Marcar el recuadro “factura”
  • En actividad económica, en caso de que tengas más de 1 actividad tienes que elegir para cual actividad necesitaras la dosificación, en caso de que marques “ambos” las facturas tendrán impresas todas tus actividades que están registradas en tu NIT
  • En Casa matriz o sucursal tienes que elegir para cual de tus direcciones usaras la dosificación, solo puedes elegir 1, en caso de que tengas que dosificar para otra sucursal simplemente puedes repetir todo el proceso.

Paso 7

  • En modalidad de facturación debes elegir PREVALORADA
  • En el recuadro para el «monto prevalorada» debes poner el valor de cada factura que quieres que este preimpreso. (ejemplo: si la empresa entel requiriera 100 unidades de tarjetas de Bs. 10.00 entonces en el recuadro pondrían 10)

Paso 8

En cantidad debes escribir valores numéricos múltiplos de 50 debido que todas las imprentas autorizadas por el SIN manejan la impresión de talonarios cada una de ellas con 50 facturas, la cual es su monto mínimo de solicitud.

Finalmente tienes que darle clic en «Validar Solicitud» y  «Finalizar Paso», esto te llevara a una pagina donde podras descargar o imprimir el documento con el cual puedes ir a una imprenta autorizada para hacer el pedido de impresión de tus facturas prevaloradas.

¿Cuáles son los cambios con el nuevo Sistema de Facturación en Línea?

Según la RND 102000000017, de modalidades de facturación en Línea, incorporado a la RND 10-0021-16 de Sistema de Facturación Virtual, la modalidad prevalorada preimpresa se seguirá usando como s elo hace desde el 2016.

La opción de prevalorada en línea se la puede usar desde Agosto de 2020, es de forma opcional.

Entonces las facturas Prevaloradas, se emiten de la siguiente manera:

Prevalorada Preimpresa y Prevalorada Electrónica.

a) Prevalorada Preimpresa

Esquema de Interoperabilidad

  1. El contribuyente se apersona a una Imprenta Autorizada solicitando la impresión de Documentos Fiscales Prevalorados Preimpresos.
  2. La Imprenta Autorizada a través del Portal SIAT del SIN registra la solicitud del contribuyente, detallando su NIT, actividad económica, casa matriz o sucursal y la cantidad de Documentos Fiscales.
  3. El SIN recibe y valida la solicitud y envía PIN de confirmación al contribuyente a través de su correo electrónico, mensaje de texto u otro medio tecnológico disponible.
  4. El contribuyente proporciona a la Imprenta Autorizada el PIN de confirmación.
  5. La Imprenta Autorizada registra el PIN confirmando la solicitud en el Portal SIAT, y el SIN envía información de código CAEP, rango de numeración de Documentos Fiscales, fecha límite de emisión y leyendas correspondientes.
  6. La Imprenta Autorizada procede a la impresión de la solicitud según información enviada.
  7. El contribuyente se apersona a la Imprenta Autorizada solicitando la entrega de los Documentos Fiscales Prevalorados Preimpresos y una vez revisados y con su conformidad la Imprenta Autorizada a través del Portal SIAT registra la solicitud de entrega con el PIN de entrega enviado por el SIN al contribuyente.
  8. Una vez revisados y con la conformidad del contribuyente la Imprenta Autorizada a través del Portal SIAT registra la solicitud de entrega y el SIN envía PIN de confirmación de entrega al contribuyente.
  9. El contribuyente proporciona a la Imprenta Autorizada el PIN de confirmación de entrega para su validación con el SIN y se realiza la entrega de los documentos fiscales Prevalorados Preimpresos.

b) Prevalorada Electrónica

A través de un Sistema de Facturación certificado por la Administración Tributaria. Incluyendo la firma digital o el uso de credenciales.

Características:

  • Uso de la firma digital para electrónica o credenciales para computarizado.
  • Impresión de la representación gráfica de manera opcional.
  • Envío individual del documento fiscal firmado digitalmente si corresponde en formato XML.
  • Envío agrupado en paquete por contingencia de los documentos fiscales en formato XML firmados digitalmente si corresponde.

Esquema de Interoperabilidad

  1. El contribuyente solicita al SIN el código único de autorización de prevalorados electrónicos (CUAPE) que le habilita la emisión de documentos fiscales.
  2. El SIN realiza verificaciones a la información del contribuyente y devuelve el código CUAPE.
  3. El contribuyente emite los documentos fiscales prevalorados en formato XML (para electrónico debe estar firmado) a través del servicio correspondiente y es enviado al SIN.
  4. El SIN recepciona el archivo XML y procede a la validación de la información de la cabecera de recepción para devolver la sgte. información:
    • Si la validación esta correcta, devuelve código de recepción.
    • Si la validación presenta errores, devuelve una lista de códigos de error para que el contribuyente proceda a su corrección.
  1. De manera opcional bajo esta modalidad, se podrá imprimir la representación gráficadel documento fiscal si el beneficiario lo solicitara.
  2. El SIN procede a verificar la información que contiene el documento fiscal y realiza el registro de la información o el registro de los errores que presenta el mismo.
  3. El contribuyente con el código de recepción recibido, realiza la verificación del Documento Fiscal Electrónico enviado, y que el mismo haya sido procesado y aceptado por el SIN. Si el Documento Fiscal Electrónico es rechazado, el contribuyente deberá subsanar los errores reportados y reenviar la información inmediatamente.
  4. El SIN con el código de recepción confirma el registro del documento fiscal o caso contrario si presentará errores devuelve los códigos de errores respectivos.
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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

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6 comentarios en «Características de la Facturación Prevalorada»

  1. Buenas noches, tengo una consulta yo estoy inscrita como empresa unipersonal y el mes pasado en mi libro de compras registré una factura prevalorada de Viva con fecha límite de emisión de septiembre del año pasado y quisiera saber si tengo multa o alguna sanción. Gracias de antemano

    • Hola Luciana, si existe una orden de verificación por parte del SIN deberá devolver ese crédito fiscal. Puede hacer una rectificación del LCV, si son 30 días luego del vencimiento volverlo a enviar no tiene multa.

Los comentarios están cerrados.

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