Con la nueva normativa, mira como afecta y como seria el calculo para dependientes 2025.

Introducción
El reciente Decreto Supremo N° 5383, firmado por el Presidente Luis Alberto Arce Catacora el 1 de mayo de 2025, ha introducido importantes cambios en materia tributaria que afectarán significativamente a los contribuyentes bolivianos. Entre las modificaciones más relevantes destaca el cambio en la compensación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el cálculo del Régimen Complementario al IVA (RC-IVA).
El cambio normativo específico
La Disposición Adicional Única del DS N° 5383 modifica el numeral 2 del inciso c) del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 21531 del 27 de febrero de 1987, estableciendo que:
«El equivalente a la alícuota correspondiente al Impuesto al Valor Agregado – IVA aplicada sobre el monto de un (1) Salario Mínimo Nacional, en compensación al IVA que se presume, sin admitir prueba en contrario, corresponde a las compras que el contribuyente hubiera efectuado en el periodo a sujetos pasivos de los regímenes tributarios especiales vigentes, prohibidos de emitir facturas, notas fiscales o documentos equivalentes.»
La situación anterior
Anteriormente, los contribuyentes podían compensar el equivalente a la alícuota del IVA (13%) aplicada sobre dos (2) Salarios Mínimos Nacionales. Este beneficio permitía una compensación automática sin necesidad de presentar facturas hasta ese monto. Con el cambio normativo, esta compensación se reduce a solo un (1) Salario Mínimo Nacional.
Implicaciones para los contribuyentes
Esta modificación tiene profundas implicaciones para diversos tipos de contribuyentes:
1. Para dependientes (trabajadores en relación de dependencia)
Los empleados que tributan bajo el RC-IVA ahora tendrán que presentar más facturas para compensar sus impuestos. Con la reducción de la compensación automática, aquellos contribuyentes cuyo salario supere los Bs. 9.000 aproximadamente (monto que varía según el nuevo Salario Mínimo Nacional establecido) deberán recolectar más facturas con NIT para completar su Formulario 110.
¿Cuáles son los principales Cambios del Decreto Supremo N° 5383?
El antes y el después de la modificación.- Como se aprecia claramente en la comparativa, anteriormente los contribuyentes podían deducir automáticamente el 13% de 2 SMN (Bs. 650), mientras que ahora solo pueden deducir el 13% de 1 SMN (Bs. 358). Esta diferencia de Bs. 292 representa un incremento efectivo en la carga tributaria para miles de contribuyentes.
- Ajuste en la compensación del IVA , Modificación del cálculo RC-IVA (reducción de 2 SMN a 1 SMN para la compensación del 13%), cuando se publicó el Decreto Supremo 5383.
- El nuevo Salario Mínimo Nacional.- Incremento del 10%, pasando de Bs 2.500 a Bs 2.750, aplicable al sector público.
- Incremento Salarial para Sectores Específicos: Aumento de hasta 5% para:
- Magisterio Fiscal: 5% lineal
- Sector Salud: 2.5% lineal y 2.5% inversamente proporcional
- SEDEGES, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana: 5% lineal
- Sector Privado: Establece el 5% como base de negociación obligatoria entre empleadores y trabajadores.
- Retroactividad: Todos los incrementos tienen efecto desde el 1 de enero de 2025, con plazo de pago hasta el 31 de julio de 2025.
¿Desde cuándo se aplica?
Entiendo que hay una diferencia entre la aplicación del nuevo Salario Mínimo Nacional y la modificación del cálculo del RC-IVA. Vamos a aclarar esto:
Para el cálculo en el ámbito fiscal el cálculo se toma el SMN general de 2750, indistintamente de que sector.
- Salario Mínimo Nacional (Bs 2.750): Sí, tiene efecto retroactivo al 1 de enero de 2025, como establece la Disposición Final Primera del DS 5383.
- Modificación del cálculo RC-IVA (reducción de 2 SMN a 1 SMN para la compensación del 13%): Esto efectivamente entra en vigencia a partir de mayo de 2025, cuando se publicó el Decreto Supremo 5383.
Esta diferencia es importante porque significa que:
- De enero a abril de 2025, los contribuyentes todavía podían utilizar la compensación automática del 13% sobre 2 SMN (aunque ya con el nuevo SMN de Bs 2.750).
- A partir de mayo de 2025, solo se puede utilizar la compensación automática del 13% sobre 1 SMN.
¿Qué significa esto para los contribuyentes?
- Mayor necesidad de facturas: Los contribuyentes que perciben sueldos superiores a Bs. 9.451 aproximadamente necesitarán recaudar más facturas para no verse afectados fiscalmente.
- ya que el cálculo no estará disminuyendo el 13% de 2 SMN , ahora solo sera el 13% de 1 SMN.
En esta calculadora podrás ver el nuevo importe y la magnitud de cómo afecta a los dependientes, ya que visualizarás en la tabla la comparación de antes y después.
Si eres DEPENDIENTE y tu total ganado es mayor a: Bs 9.451.-, estás sujeto al RC-IVA y necesitas llenar el FORM 110.
Prueba nuestra calculadora tributaria para dependientes: primero visualiza el antes y luego el después con la nueva modificación, mostrando la diferencia y, si precisas facturas, qué monto en facturas necesitas.
Calculadora para dependientes 2025.
Análisis del Impacto del DS 5383 en el Cálculo del RC-IVA
Calendario de Aplicación
Salario Mínimo Nacional 2024: Bs 2.500 (vigente hasta abril 2025 )
Salario Mínimo Nacional 2025: Bs 2.750 (vigente desde mayo 2025)
Cambio en compensación RC-IVA: Reducción de 2 SMN a 1 SMN (vigente desde mayo 2025)
Impacto principal: Contribuyentes con sueldos mayores a Bs 9.451 necesitarán presentar más facturas
Simulador de Impacto del RC-IVA
Impacto con el cambio:
Antes: Bs 0,00 de impuesto a pagar
Después: Bs 357,50 de impuesto a pagar
Incremento de impuesto: Bs 357,50
Necesitará presentar facturas adicionales por un valor de: Bs 2.750,00
Antes del DS 5383 (Ene-Abr 2025 SMN 2.500)
Total Ganado | Bs 9.451,00 |
Aportes Laborales (12.71%) | Bs 1.201,22 |
Monto Ingreso Neto | Bs 8.249,78 |
Dos (2) SMN No Imponibles | Bs 5.000,00 |
Base Imponible | Bs 3.249,78 |
Impuesto RC-IVA (13%) | Bs 422,47 |
13% de dos (2) SMN | Bs 650,00 |
Impuesto Neto RC-IVA | Bs 0,00 |
Facturas necesarias para compensar (Valor) | Bs 0,00 (13% = Bs 0,00) |
Después del DS 5383 (May 2025 en adelante SMN 2.750)
Total Ganado | Bs 9.451,00 |
Aportes Laborales (12.71%) | Bs 1.201,22 |
Monto Ingreso Neto | Bs 8.249,78 |
Dos (2) SMN No Imponibles | Bs 5.500,00 |
Base Imponible | Bs 2.749,78 |
Impuesto RC-IVA (13%) | Bs 357,47 |
13% de un (1) SMN | Bs 357,50 |
Impuesto Neto RC-IVA | Bs 0,00 |
Facturas necesarias para compensar (Valor) | Bs 0,00 (13% = Bs 0,00) |

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Tabla de contenido

Mariela Ortega Chosgo
Contadora Pública con experiencia en auditoría, apoyo al contribuyente y comercio internacional.