¿Importas maquinaria industrial, repuestos de vehículos o insumos para tu empresa? El DS 5516 redujo a 0% el Gravamen Arancelario para cientos de productos hasta diciembre de 2026. Te explicamos qué rubros están incluidos y cómo aprovechar este beneficio tributario.
El contexto: por qué se redujo el arancel
El Decreto Supremo N° 5516, publicado el 13 de enero de 2026, no solo ajustó los precios de combustibles. En su Artículo 24 estableció una medida importante para el sector productivo: la reducción del Gravamen Arancelario (GA) a 0% para importaciones específicas.
La lógica detrás de esta medida es clara: con el incremento en los costos de transporte interno (derivado del ajuste de combustibles), el Gobierno busca compensar parcialmente a los sectores productivos reduciendo el costo de importación de maquinaria, equipos y repuestos esenciales.
¿Qué productos tienen arancel 0%?
El decreto menciona dos Anexos (3 y 4) con el listado específico de partidas arancelarias. Según el texto del Artículo 24, los rubros beneficiados son:
| Anexo 3 – Industria | Anexo 4 – Automotriz y otros |
|---|---|
|
• Maquinaria y equipos para industria alimenticia • Equipos para industria agroalimenticia • Maquinaria textil • Equipos metalúrgicos • Maquinaria para minería |
• Neumáticos • Aceites lubricantes • Baterías para vehículos • Repuestos de automóviles |
Importante: El decreto especifica que estos beneficios aplican siempre que no vulneren normativa nacional e internacional. Esto significa que productos sujetos a restricciones especiales (como ciertos químicos o equipos con regulación específica) podrían no calificar.
¿Hasta cuándo aplica el arancel 0%?
La reducción tiene fecha límite: hasta el 31 de diciembre de 2026. Esto significa que tienes aproximadamente 11 meses para aprovechar el beneficio si estás planificando importaciones de estos rubros.
Impacto tributario: ¿cuánto te ahorras?
El Gravamen Arancelario normalmente varía entre 5% y 40% dependiendo del producto. Al reducirse a 0%, el ahorro puede ser significativo. Veamos un ejemplo:
Ejemplo: Importas maquinaria para procesamiento de alimentos con valor CIF de $50.000. Si el GA normal era 10%, ahora te ahorras $5.000 en aranceles. Este monto también reduce la base imponible del IVA importación.
Recuerda que el IVA importación (14.94%) y otros tributos aduaneros siguen aplicando normalmente. Lo que se reduce es únicamente el GA.
¿Cómo aprovechar este beneficio?
- Verifica la partida arancelaria: Consulta los Anexos 3 y 4 del DS 5516 para confirmar que tu producto está incluido. La clasificación arancelaria correcta es fundamental.
- Coordina con tu agente despachante: Asegúrate de que tu despachante aplique correctamente el beneficio al momento del despacho aduanero.
- Documenta adecuadamente: Conserva la factura comercial, conocimiento de embarque y demás documentación que respalde el destino productivo de los bienes.
- Planifica tus compras: Si tienes importaciones pendientes, considera adelantarlas mientras el beneficio esté vigente.
- Para activos fijos: la depreciación anual será menor, lo que reduce el gasto deducible en el IUE
- Para inventarios: el costo de ventas será menor, lo que puede mejorar tu margen bruto
- Para crédito fiscal IVA: al tener menor base imponible, el IVA pagado en importación también será menor
Efecto contable y fiscal
Al importar con GA 0%, el costo de adquisición del activo fijo o inventario será menor. Esto tiene implicaciones:
Conclusión
La reducción del GA a 0% es una ventana de oportunidad temporal. Si tu empresa importa maquinaria industrial, equipos productivos o repuestos automotrices, este es el momento de revisar tu plan de compras y aprovechar el beneficio antes de que venza en diciembre de 2026.
Fundamento legal: Decreto Supremo N° 5516 de 13 de enero de 2026, Artículo 24 y Anexos 3 y 4. Publicado en Gaceta Oficial N° 1988.