Desde cuándo aplica el RC IVA para Profesionales Independientes y cómo se pagará el IUE 2021.
El DS 4850 finalmente salió el 28 de dic 2022. Este decreto reglamenta los plazos para aplicar el RC IVA para profesionales independientes, según la Ley 1448 que modificó la Ley 843.
Este Decreto Supremo 4850 cambia el antiguo Decreto Supremo del RC IVA Nro. 21531 (de 1987) y también modifica algunas cosas del DS 24051 del IUE.
Ok, los cambios más importantes son los siguientes:
- El RC IVA para profesionales indepencientes aplica desde enero de 2023
- Excepcionalmente, el IUE 2022 se debe pagar hasta el 31/01/2023
- Expecionalmente, el IUE pagado se podrá compensar hasta diciembre de 2023, luego se revierte al Estado si existieran saldos.
- Pagarán de forma trimestral, los ingresos son menos el IVA declarado
- Si no emiten factura, deberán asumir la retención del 13%.
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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.
Lic. buenos dias mi consulta la siguiente bueno yo me encuentro el zona franca el cual no generamos iva ni IT cual seria el tratamiento sobre este cambio del formulario 570 donde declaraba mis retenciones por IUE ahora en el formulario 604 donde es el RC- IVA?
Hola Jhonathan, igual no pagaría el RC IVA
Lic. Roberto, buenas tardes
Favor de colaborar con la siguiente duda, que pasa con los contribuyentes que se encuentran realizando sus actividades dentro de zona franca Cobija, profesionales independientes, consultores de línea, las retenciones por servicios y compras, considerando las nuevas disposiciones.
Saludos
Weminson
Hola, todo queda exento, excepto el IUE y retenciones IUE
Buenas tardes el IUE gestion 2021 hasta cuando podemos compensar?
Hola, hasta el mes vencimiento del siguiente IUE.
Buen día, mi inquietud es la siguiente: deben declarar el IUE los consultores en linea que no emiten factura?
No porque no están alcanados por el IUE
Lic. buenas tardes, en caso de viáticos y pasajes para el personal dependiente sus descargos, de las facturas para RC-IVA tendrían que ser a nombre de la institución Publica o a nombre del funcionario designado, y la misma pregunta para el caso de Consultores de línea como seria e tratamiento
Depende, si es a fondo por rendir o es a fondos sin rendición. Aquí hablamos al respecto: https://boliviaimpuestos.com/gastos-de-transporte-viaticos-y-otros-gastos/
Lic. Cáceres, como dice el comediante David Santalla: «…todo un ch’enko…»
En verdad es así. Crean a diestra y siniestra formularios y boletas de pago, nuevos y raros procedimientos.
1.- Deberían solamente incorporar una fila o casilla en el F510, donde se registre 1 o 4 salarios mínimos nacionales, cuyo efecto seria la reducción al monto del ingreso presunto.
2.- Y si quiere el Estado permitir que con todas las facturas de compra de bienes y servicios se reduzca el tributo de los profesionales independientes, oficios (carpinteros, consultores, Etc.), ya que no pueden compensar sus ventas con sus compras, o no les alcanza, deberían reducir el IVA para este sector en cuestión al 10%. es decir, emitir una factura con derecho a crédito fiscal, cuya alícuota sea el 10% para el beneficio de terceros.
3.- O, llevarlos a todo de este sector al RCIVA.
¿Mas sencillo…no podrían haberlo nuestros amigos de azul, blanco y negro?
¿Para que tantas complicaciones?
Ahora, imagino que hubo un proyectista, o quizás algún colegio profesional que solicitó mayores beneficios para los profesionales independientes. Empero, este o estos, no han adjuntando el proyecto o procedimiento…Y lo dejaron en manos de los «expertos» del SIN y del actual régimen.
Bueno, así estamos, licenciado.
Un abrazo.
Víctor Molina
Buenas, mi consulta es; nos podria dar un ejemplo del RC-IVA para profesionales independientes, MAS la declaracion mensual (5000 bs, mensual de 3 meses serian 15000-el 13% iva declarado serian 13050 DE este monto el 13 % podemos descargarnos en factura…?)
Hola Edith, en esta calculadora lo puedes probar: https://boliviaimpuestos.com/rc-iva-iue-profesionales/
Buenas tardes, se borró mi anterior comentario, pero dejo esta nueva inquietud.
Qué hay de cierto con esta noticia, ya que se habla mucho del nuevo decreto sobre el RC-IVA de los profesionales en reemplazo del IUE, pero parece que hay otras cosas adicionales que no estan muy bien explicadas.
Pueden comentarnos con su experiencia y conocimiento si estas noticias son correctas?
https://www.paginasiete.bo/economia/exdirector-del-bcb-advierte-ds-4850-encarecera-los-bienes-muebles-con-nuevo-impuesto-a-la-renta-personal-DA6046630#.Y8btnkx_esw.whatsapp
de donde sale la conclusión del quinto punto «retención del 13%»
Aquí comentamos del tema: https://boliviaimpuestos.com/rc-iva-iue-profesionales/
CONSIDERO QUE CUANTAS MAS SANCIONES , CRECERA LA MORA.
Y MIENTRAS NO EXISTA UNA VERDADERA LEY DE CLASIFICACION DE IMPUESTOS, LA ECONOMIA DEL CIUDADANO CONTRIBUYENTE, DESMEJORARA LA CALIDAD DE VIDA.
ES NECESARIO QUE EXITAN EXCENCIONES TRIBUTARIAS PARA LA TERCERA EDAD COMO EN OTROS PAISES.
ES NECESARIO QUE LOS PRODUCTOS DE PRIMERA NECESIDAD TENGAN TAMBIEN EXCENCION DE IMPUESTOS COMO EN OTROS PAISES.
LOS CIUDADANOS NOS ENCONTRAMOS ENTRE DOS PAREDES QUE POCO A POCO, NOS VAN TRITURANDO, EL GOB. MUNICIPAL Y EL GOB. CENTRAL.
LAS AUTONOMIAS NO SIGNIFICAN GOBIERNOS EXTRATERRITORIALES, BOLIVIA ES UN SOLO PAIS.
ES NECESARIO QUE EL MINISTRO DE ECONOMIA, CUMPLA CON SU OBLIGACION DE FISCALIZAR A LOS GOBIERNOS SUBNACIONALES PARA QEU NO COMETAN ARBITRARIEDADES Y ACTOS DISCRECIONALES PARA CONFISCAR EL PATRIMONIO FAMILIAR.
NOS ENTIMOS ABANDONADOS POR EL GOBIERNO CENTRAL
Licenciado que pasra con el RCV, F-200 y F-400 sera siendo mensual?
Sí, todo eso siguie siendo mensual
¿Qué cambios implica para las empresas Unipersonales?
Ningún cambio Lic,
El punto 2 esta mal redactado , EXEPCIONALMENTE EL IUE 2022 SE DEBE PAGAR HASTA EL 31/01/2023
Edwin, mil gracias, acabo de corregirlo.
lic. me parece que tendria que cambiar el punto 2 donde indica el iue. 2021 seria el iue 2022 hasta el 31 enero 2023 gracias lic. excelentes block
Hola Juan, sí, ya lo cambiamos, gracias hermano
Me aclararía la siguiente duda por favor:
Si se junta la totalidad de ingresos en facturas en el trimestre. No se pagaría nada?
Hola Luis, aquí lo comentamos: https://boliviaimpuestos.com/rc-iva-iue-profesionales/
En que periodo se realizara el primer formulario trimestral marzo??o se deberia declarar el periodo diciembre 2022?
Es verdad lo que dice el diputado Roca?
https://eju.tv/2023/01/cc-denuncia-descuidismo-tributario-con-ds-4850-que-grava-con-el-rc-iva-a-la-profesion-u-oficios-libres-o-independientes/
Excepcionalmente, el IUE *2022*
se debe pagar hasta el 31/01/2023
El Iue 2021 ya fue pagado, supongo que se refieren al iue 2022, que sería lo correcto
Esto quiere decir que mos profesionales i dependientes ya no van a pagar iue????
así es
Buenos días Lic. Roberto, agradezco infinitamente la información de analisis sobre los cambios y/o nuevos decretos supremos, resolusiones etc. que nos proporsiona. Dios lo bendiga en este nuevo año.
Entiendo que el IUE de la gestión 2022 debe ser cancelada hasta al 31 de enero 2023 y compensarse en toda la gestión 2023 con el IT, esto para profesionales independientes. Verdad? y que ya para la gestión 2023 no se presentará o pagara el IUE.
«Excepcionalmente, el IUE 2021 se debe pagar hasta el 31/01/2023»
Correccion el IUE 2022 …
ya lo corregimos, thanks