Actualizar dirección del NIT (domicilio fiscal y/o habitual), significa informar cualquier cambio o modificación al PBD de lo contrario existe multa.
Tabla de contenido
Introducción
Mantener actualizado el domicilio fiscal/habitual registrado en el NIT es una obligación de todo contribuyente, ya que constituye el canal oficial del SIN, Es decir, domicilio fiscal , habitual es el lugar donde el contribuyente recibirá todas las notificaciones, requerimientos y demás documentos emitidos por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
Es responsabilidad de los contribuyentes informar cualquier cambio o modificación al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11), que se produzca en los datos de inscripción, dentro de ellos, la dirección fiscal. De no realizar esta actualización oportunamente, se exponen a posibles sanciones (MULTA) por incumplimiento de deberes formales.
Normativa
Trámite que se puede efectuar también en línea:
La Resolución Normativa de Directorio No 102300000011 emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) establece modificaciones a los procedimientos de inscripción y modificación al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) con el objetivo de modernizar dichos procesos e incorporar la atención de trámites en línea.
Aclaración de término
El PBD-11.- Es un registro biométrico digital administrado por el SIN donde se inscriben los datos e identificación de las personas naturales, jurídicas y otras entidades que desarrollan actividades económicas en Bolivia sujetas al pago de impuestos.
Modificación de la dirección registrada en el SIN
La modificación de la dirección registrada en el NIT, también conocida como domicilio fiscal, es un trámite que deben realizar los contribuyentes cuando cambian su lugar de residencia u operaciones. En este artículo explicaremos cómo llevar a cabo este procedimiento de forma sencilla y rápida mediante la plataforma virtual del SIN.
A que podemos considerar modificaciones de dirección
Se considera cambio de domicilio según RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 05-0164-98, cuando se haya dado alguna de las siguientes causas:
a) Traslado dentro de un mismo edificio.
b) Traslado a un edificio diferente dentro de la misma localidad.
c) Traslado a una localidad, provincia, departamento o país diferente.
d) Cualquier modificación ordenada por autoridad competente, relativa al nombre y/o número de la calle, alcaldía, provincia o departamento.
e) La modificación de las letras o números en locales internos o externos.
Plazo para realizar la modificación
Según RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 05-0164-98, El plazo máximo es de 30 días ( corridos) para comunicar cambio de domicilio, a partir de la fecha en que el cambio de domicilio se hizo efectivo, para comunicar este hecho a la Oficina del Registro Único de Contribuyentes de la Administración Tributaria de su jurisdicción.
Modalidades para modificar o actualizar tu dirección del NIT
Se establecen dos modalidades para modificar el PBD-11:
a) Presencial.-
De manera presencial, apersonándose en oficinas del SIN.
b) En línea.-
Podrá realizar el trámite usted mismo a través del enlace «Padrón Biométrico Digital» a través de la plataforma en línea (de la página WWW.impuestos.go.bo) , en la opción SIAT en Línea.
Requisitos
Presencial
a)Domicilio Representante Legal, domicilio Habitual del Contribuyente.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Habitual, cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de modificación (Alta o modificación del Domicilio). (original)
- Croquis del Domicilio Habitual.
- Presentarse con su carnet de identidad
b)Domicilio Fiscal del Contribuyente.
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica de la nueva dirección del Domicilio Fiscal, cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de modificación, y contrato de alquiler o anticrético, según corresponda.(original).
- Croquis del nuevo Domicilio Fiscal.
- Presentarse con su carnet de identidad.
c) Sucursal/Depósito/Taller
- Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica del Domicilio Sucursal/ Depósito/ Taller cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario a la fecha de modificación.
- Presentarse con su carnet de identidad.
En línea
En caso de realizar el trámite en línea, los requisitos anteriores mencionados, con la variación que serán presentados en formato pdf. (sea original o sea escaneado de manera original).
- Carnet de identidad vigente (anverso y reverso firmado al medio).
- Factura de servicio (luz, agua, etc.) de la nueva dirección, con fecha de emisión no mayor a 60 días.
- Croquis o plano de ubicación de la nueva dirección. (puede ser captura de google maps marcando indicando en la captura la nueva ubicación).
En ambas modalidades se debe disponer de los documentos soporte originales establecidos en el Artículo 18 de la resolución y adjuntarse de forma presencial o escaneados en línea.
Procedimiento actualizar dirección fiscal, habitual del NIT
En la presente guía se detallan los requisitos, procedimientos y pasos para realizar la actualización del domicilio fiscal, tanto de forma presencial en oficinas del SIN, como de manera virtual a través de la plataforma en línea, a través de la página web del SIN. Los pasos son los siguientes:
Procedimiento presencial
Los pasos a seguir para actualizar la dirección fiscal de forma presencial son:
- Apersonarse a cualquier oficina del Servicio de Impuestos Nacionales a nivel nacional.
- Presentar el carnet de identidad original del contribuyente o representante legal.
- Entregar copias de los documentos de respaldo: factura de servicio, croquis de ubicación y Formulario de Transferencia, si aplica.
- En la oficina verificarán la documentación y realizarán la modificación en el sistema.
- Como constancia, el contribuyente recibirá una copia del Formulario u otro documento donde conste la actualización realizada.
Procedimiento en línea
Para realizar este trámite de forma virtual, se deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la página web de Impuestos Nacionales www.impuestos.gob.bo
- Ubicar y dar clic en la opción «Oficina Virtual» en el menú superior.
- Dentro de Oficina Virtual, buscar y seleccionar la opción «Padrón Métrico Digital».
- Ingresar usuario y contraseña para acceder al sistema.
- Una vez dentro del sistema, buscar en el menú izquierdo la opción «Modificación de datos en el Padrón de Contribuyentes» y dar clic.
- En la pantalla de modificación de datos, seleccionar la opción «Cambiar domicilio fiscal».
- Dar clic en el botón «Crear trámite de modificación». Aparecerá un mensaje de confirmación. Aceptar para continuar.
- El sistema mostrará el número de trámite generado. Anotarlo para seguimiento posterior.
- En la sección «Datos a modificar», buscar el campo de dirección fiscal actual y modificar por la nueva dirección.
- Verificar que el resto de datos sean correctos y no requieran modificación.
- Una vez realizados los cambios necesarios, dar clic en el botón «Guardar información».
- En la siguiente pantalla adjuntar escaneados en PDF los documentos solicitados:
- Carnet de identidad vigente (anverso y reverso firmados)
- Factura de servicio reciente (luz, agua, etc.) de la nueva dirección.
- Croquis o imagen de ubicación de la nueva dirección.
- Revisar que los archivos adjuntos sean completamente legibles antes de continuar.
- Por último, dar clic en el botón «Enviar formulario» para completar el trámite.
- El sistema nos mostrará un mensaje de confirmación de envío exitoso.
- En un plazo máximo de 5 días hábiles se realizará la verificación del nuevo domicilio.
- Consultar periódicamente el estado del trámite con el número generado hasta que figure como «Finalizado».
Video Explicativo
Video extraído del SIN.
Verificación de domicilio
Una vez enviado el formulario con la documentación, el sistema generará un número de trámite con el cual se podrá hacer seguimiento al proceso.
Se asignará un funcionario para realizar la verificación del nuevo domicilio fiscal en un plazo máximo de 5 días hábiles, a través de una inspección in situ, para validar la información declarada.
Cuando termine la verificación, el trámite cambiará a estado «Concluido».
Una vez concluida la verificación, el cambio de dirección quedará registrado, el SIN entrega o envía documentación de modificación de forma presencial o a través de correo electrónico.
Multa o sanción
El que incurrirán en incumplimiento a deberes formales y serán sancionados con multa establecida en el Artículo 162 de la Ley Nº 2492 y lo dispuesto en la Resolución Normativa de Directorio de Clasificación de Sanciones por Incumplimiento a Deberes Formales vigente.
ARTÍCULO 162.- (INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FORMALES).
I. El que de cualquier manera incumpla los deberes formales establecidos en el presente Código, disposiciones legales tributarias y demás disposiciones normativas reglamentarias, será sancionado con una multa que irá desde cincuenta Unidades de Fomento de la Vivienda (50.- UFV’s) a cinco mil Unidades de Fomento de la Vivienda (5.000 UFV’s). La sanción para cada una de las conductas contraventoras se establecerá en esos límites mediante norma reglamentaria
II. Darán lugar a la aplicación de sanciones en forma directa, prescindiendo del procedimiento sancionatorio previsto por este Código las siguientes contravenciones:
1) La falta de presentación de declaraciones juradas dentro de los plazos fijados por la Administración Tributaria;
2) La no emisión de facturas, notas fiscales o documentos equivalentes y en la omisión de inscripción en los registros tributarios, verificadas en operativos de control tributario; y,
3) Las contravenciones aduaneras previstas con sanción especial.
La multa, relacionado con el registro del contribuyente es:
Recomendaciones
- Asegurarse que los documentos escaneados sean totalmente legibles. De lo contrario, el trámite puede ser observado.
- Guardar el número de trámite generado para consultas posteriores sobre el estado del proceso.
- Si transcurren más de 5 días hábiles sin que el trámite concluya, realizar consulta a Impuestos Nacionales.
- revisa tu correo electrónico, porque , a través de ese medio, el SIN te hará llegar cualquier observación, (por ejemplo que la factura de luz no sea legible, solicitar que mandes otra vez)
Conclusión
Mantener actualizada la dirección fiscal en el NIT es de vital importancia para todo contribuyente, ya que garantiza una adecuada comunicación con Impuestos Nacionales. El procedimiento para realizar este cambio de forma virtual es sencillo, sólo requiere tener disponibles el carnet de identidad, una factura de servicio reciente y un croquis de la nueva dirección. Realizando este trámite oportunamente se evitan posibles inconvenientes y sanciones posteriores.
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Veri si mi NIT esta ACTIVO:
Mariela Ortega Chosgo
Contadora Pública con experiencia en auditoría, apoyo al contribuyente y comercio internacional.