Las 41 preguntas más frecuentes del módulo hoteles

Las 41 preguntas más frecuentes del módulo hoteles del RND N° 102000000030.

Introducción

A continuación se presentan las 41 preguntas más frecuentes realizadas por los contribuyentes en relación al módulo hoteles del Sistema Integrado de la Administración Tributaria de Bolivia (SIAT). Este módulo tiene como objetivo regular el envío de información por parte de los establecimientos hoteleros acerca de los servicios de hospedaje que brindan.

si quieres saber mas de todos los impuestos alcanzados al sector hotelero, puedes leer el siguiente post:

41 preguntas más frecuentes del módulo hoteles

Estas preguntas se centran en conocer las fechas límite para el envío de datos, los casos en los que se debe reportar información y las características de dicho reporte, como si se debe hacer de forma separada para cada sucursal o establecimiento que presta el servicio de hospedaje y más.

1.- ¿Cómo se ingresa al Módulo Hoteles?
Se ingresa a través de la página web www.impuestos.gob.bo dando clic
en SIAT en Línea SERVICIOS TRIBUTARIOS luego a Sistema Integrado de
la Administración Tributaria con su usuario y contraseña.


2.- ¿Cuáles son las fechas de vencimiento para el envío de la información del
Servicio de Hotelería u Hospedaje?

La información debe enviarse hasta el último día hábil del bimestre
vencido de acuerdo a lo siguiente:

3.- ¿Cuál es la fecha de Vencimiento para el envío de información de las
características Generales de la Casa Matriz o Sucursales?

Las características Generales de la Casa Matriz o Sucursales se envió por
única vez hasta el 31 de marzo de 2021.

Para nuevos emprendimientos se debe remitir la información hasta el
ultimo día hábil del mes siguiente al bimestre en el que se empiece a
prestar el servicio.

Para modificaciones se debe remitir la información hasta el ultimo día
hábil del mes siguiente al bimestre en el que se empiece a prestar el
servicio con las modificaciones realizadas.

4.- ¿Los Moteles envían la Información de Servicios de Hotelería u Hospedaje?
No, toda vez que el mismo no se encuentra dentro del alcance de la RND
102000000030.

5.- ¿Cuál es el plazo para él envió de la información actualizada, cuándo existan
modificaciones en las características generales de la Casa Matriz y sucursales
(Ej. cambio de dirección, nombre comercial, tipo de establecimiento, modalidad
de registro, categoría del establecimiento y disminución/adición del número
habitaciones, departamento o cabañas)?

Se debe remitir hasta la fecha de vencimiento previsto en normativa según
el bimestre en el que se produjeron las modificaciones. que se empiece
a prestar el servicio con las modificaciones realizadas Ej. Se cambia
número de departamentos de 40 a 50, las 10 habitaciones adicionales se
encuentran disponibles desde el 15 de septiembre de 2021, en ese sentido
la información debe ser remitida hasta el último día hábil de noviembre
toda vez que la modificación corresponde al bimestre de septiembre –
octubre.

6.- ¿Las Empresas Públicas envían la Información de Servicios de Hotelería u
Hospedaje?

Sí, cuando una Empresa Pública presta servicio de Hotelería u Hospedaje
debe remitir la información del servicio en la forma y los plazos establecidos.

7.- ¿Desde qué fecha está vigente la RND 10200000030?

Está vigente desde el 4 de enero de 2021

8.- Si se empieza a prestar servicios de hospedaje el 15 de agosto en una nueva
sucursal ¿Cuándo se debe enviar la información sobre las Características
Generales de la Casa Matriz y Sucursales?

Se debe remitir la información de las Características Generales de la Casa
Matriz y Sucursales de la nueva sucursal en el bimestre de julio – agosto
hasta el último día hábil de septiembre


9.- ¿Cómo se informa la baja de una sucursal que presta servicios de hospedaje
en el módulo hoteles del Sistema Integrado de la Administración Tributaria?

Para dar de baja un establecimiento que presta servicios de Hospedaje u
Hotelería debe realizarlo en el SIAT en Línea en la opción de Padrón Biométrico
Digital o apersonarse a plataforma de atención al contribuyente del Servicio
de Impuestos Nacionales, asimismo debe remitir la información del último
bimestre en que se dio de baja la sucursal.

10.- ¿Cuántos días de plazo se tiene para rectificar la información remitida al SIN
con errores o inconsistencia?

Se tiene (30) días calendario siguientes a la fecha del vencimiento de
remisión de la información, pasado este plazo se genera una multa de 500
UFV para empresas unipersonales y 1000 UFV para empresas jurídicas

11.- ¿Se debe registrar y enviar la información de servicio de Hotelería u Hospedaje
por separado las sucursales y casa matriz?

Si, el registro y envió de información del servicio de Hotelería es por
establecimiento.

12.- ¿Se debe registrar y enviar la información de Características Generales de la
Casa Matriz y Sucursales y del Servicio de Hotelería u Hospedaje por separado
las sucursales y casa matriz?

Si, se debe registrar y enviar la información de Características Generales
de la Casa Matriz y Sucursales por establecimiento.

13.- ¿Existe algún instalador del módulo hoteles para computadoras de escritorio
o portátiles?

No, no existe instalador del módulo hoteles, para ingresar deberá ingresar
por el portal SIAT en Línea de la página web www.impuestos.gob.bo.

14.- ¿Qué diferencia hay entre actualización y rectificatoria la información del
Servicio de Hotelería u Hospedaje?

La rectificatoria se realiza cuando se corrige un dato erróneo enviado y
una actualización cuando existan modificaciones de las características
generales de la casa matriz y sucursales (Ej.: aumento y/o disminución de
habitaciones, cambio de domicilio, etc.)

15.- ¿Si se tiene una sucursal con otra actividad (Ej.: Restaurant) se debe enviar la
información de Servicios de Hotelería u Hospedaje esta sucursal?

No, solo se debe remitir la información de las sucursales que prestan
servicios de hotelería u hospedaje.

16.- Si un Hotel saco su NIT y empezó a prestar servicios de Hotelería desde febrero
¿El envío de información de Servicios de Hotelería u Hospedaje desde qué
mes remite?

Se debe enviar la información desde el periodo que empieza a prestar
el servicio de hospedaje, para el ejemplo desde el bimestre de enero –
febrero solo con la información de febrero.

17.- ¿Cómo se registran los datos adicionales al número de pasaporte o carnet de
extranjería (letras y guion) de un extranjero en la información de Servicios de
Hotelería u Hospedaje?

El campo Número de Documento de Identidad, carnet de extranjería,
pasaporte o documento equivalente del huésped acepta datos
alfanuméricos motivo por el cual no se tendrá ninguna dificultad en el
registro del mismo.

18.- ¿Cómo se registra la información de Servicios de Hotelería u Hospedaje si se
emitió una factura a varios huéspedes?

El registro de la prestación de servicio de hospedaje es por huésped, lo
mismos deben ser registrados en distintas filas, repitiendo el número de
factura, número de autorización o CUF y Beneficiario de la factura.

19.- ¿Se puede registrar dos números de factura en la información de Servicios de
Hotelería u Hospedaje, al mismo huésped (Ej.: el hospedaje tiene un precio de
200 bs y el huésped solicita que el 50% se emita a su nombre y el resto a la
empresa donde trabaja?

Si, se debe registrar las dos facturas emitidas y repetir los datos del
huésped en ambas filas.

20.- ¿En la información de Servicios de Hotelería u Hospedaje cómo se registra a
un huésped que paga de forma diaria su hospedaje y se le emite más de dos
facturas?

Se debe registrar al huésped la cantidad de veces que se le emitió las
facturas durante la prestación del servicio.

21.- ¿Es conveniente dar factura en la entrada o salida del huésped?

Para la emisión de la factura en el caso de servicios se debe considerar
al artículo 4 de la ley 843: Que establece «Para prestación de servicios
se debe emitir la factura cuando existan un pago total o parcial o a la
conclusión del servicio, lo que ocurra primero».

22.- ¿La fecha de la factura debe coincidir con la fecha de salida en la información
de Servicios de Hotelería u Hospedaje?

Para registro de la información de Servicios de Hotelería u Hospedaje no
se requiere la fecha de la factura.

23.- ¿En qué bimestre se debe informar, si un huésped sale en otro periodo distinto
al de su ingreso?

La información del servicio de hotelería u hospedaje debe ser enviada en
el bimestre que corresponda la salida del huésped (check out).

24.- ¿Qué datos se consignan para emisión de una factura por servicio de hotelería
a un turista extranjero que no cuenta con NIT?

Se debe emitir la factura con el nombre del turista y el número de
pasaporte en el campo NIT, no pudiendo utilizar el código 99001 toda
vez que el mismo es para facturas distintas a las de facturas que tiene la
característica especial de turismo receptivo.


25.- Si se emite una factura por separado por servicios conexos (lavado de ropa)
¿Esta factura debe registrase en la información del servicio de hotelería u
hospedaje?

No, sólo debe registrarse las facturas por pernocte incluidas las que se
hubiese entregado por hospedaje y servicios conexos (Ej.: lavandería,
spa, sauna, gimnasio, etc.).

26.- Si se emite una factura por hospedaje incluyendo servicios conexos (lavado de
ropa) ¿Esta factura debe registrase en la información del servicio de hotelería
u hospedaje?

Si, debe registrar la factura aunque esta incluya los servicios conexos (Ej.:
lavandería, spa, sauna, gimnasio, etc.).

27.- ¿Se deben informar las facturas turísticas en la información del Servicio de
Hotelería u Hospedaje?

Si, estas deben ser informadas en el bimestre que corresponda a la salida
de cada huésped.


28.- ¿Se deben registrar de forma correlativa las facturas en la información del
Servicio de Hotelería u Hospedaje?

No es obligatorio que el registro sea efectuado de manera correlativa
considerando que no es la remisión del Libro de Ventas, sino de los
servicios prestados por hospedaje.

29.- ¿Cómo debe ser el registro en la información del Servicio de Hotelería u
Hospedaje cuando se hospedan dos huéspedes en una habitación?

Se deben registrar a los dos huéspedes en distintas filas, si se hubiese
proporcionado una sola factura se debe repetir el número de esta para
ambos huéspedes.


30.- ¿Cómo debe ser el registro en la información del Servicio de Hotelería u
Hospedaje cuando se hospedan varios huéspedes con la emisión de una
factura a nombre de la empresa?

El registro de la prestación de servicio de hospedaje es por huésped, lo
mismos deben ser registrados en distintas filas, repitiendo el número de
factura, número de autorización o CUF y Beneficiario de la factura.

31.- ¿Se debe enviar la información del servicio de hotelería u hospedaje aun
cuando no se prestó ningún servicio de hospedaje?

La obligación de envió de esta información persiste aun cuando no se
prestó ningún servicio de hospedaje.


32.- ¿En la información de las Características Generales de la Casa Matriz y
sucursales en el campo número de sucursal qué dato se registra?

Se debe registrar el número de sucursal proporcionado por el SIN

33.- ¿Cómo se registra la prestación de un servicio de hospedaje cuando este fue
pagado por anticipado?

Se debe registrar los datos de la prestación de servicio y en el campo
Numero de Factura se debe consignar el valor “0”, posteriormente en la
columna observaciones se debe seleccionar la opción “Anticipo” y en el
siguiente campo justificar de manera puntual el anticipo.


34.- Si hubo anticipo del 50% y a la conclusión del servicio de hospedaje paga el
50% restante que dato se registra en el campo número de factura?

Se debe registrar los datos de la prestación de servicio y en el campo
Numero de Factura se debe consignar el valor “0”, posteriormente en la
columna observaciones se debe seleccionar la opción “Anticipo” y en el
siguiente campo justificar de manera puntual el anticipo.

35.- ¿En qué caso se selecciona «Huésped Disconforme» en la información del
Servicio de Hotelería u Hospedaje?

Se realiza en casos excepcionales, cuando el huésped no cubrió el pago
por la disconformidad el servicio.

36.- ¿Para la información del Servicio de Hotelería u Hospedaje se tiene huéspedes
que se alojan por horas existe algún problema si la fecha de ingreso y salida
sea el mismo?

No existirá ninguna observación mientras la información sea correcta.

37.- ¿Deben ser registrados los niños menores de 5 años que no pagan hospedaje
en la información del Servicio de Hotelería u Hospedaje?

Si, deben ser registrados, cuando no cuenten con el documento de
identidad en el campo N° de cedula de identidad o documento equivalente
se debe registrar el valor 0, como se encuentra registrado las partes
diarias del establecimiento.

38.- ¿Cómo debe registrarse los huéspedes permanentes a los que se le emite la
factura al finalizar cada mes?

Debe registrarse como salida la fecha de emisión de cada factura e ingreso
el día siguiente a la emisión de la misma.


39. ¿Cómo se registra un servicio de hospedaje con una factura anulada por mala
emisión en la información del Servicio de Hotelería u Hospedaje?

Si la factura fue anulada y en el mismo mes se emitió otra se debe registrar
la última factura emitida; no pudiéndose emitir una nueva factura en un
mes distinto a la prestación de servicio toda vez que no se puede trasladar
el perfeccionamiento del hecho generador a otro periodo de acuerdo al
artículo 4 de la ley 843.
40.- ¿Existe alguna multa por error de registro en 19 filas de la información del
Servicio de Hotelería u Hospedaje?

No, considerando que las multa es a partir de 20 filas con errores.

41.- ¿Se debe registrar en las características Generales de la Casa Matriz o Sucursales
la sucursal o casa matriz que trabaja como parte administrativa que no presta
servicios de hospedaje?

No, solo se registran los establecimientos que prestan servicios de
pernocte.


Conclusión

En resumen, este compendio de «41 preguntas más frecuentes del módulo hoteles» busca aclarar las dudas más comunes sobre el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias establecidas en el módulo hoteles, de modo que los contribuyentes del sector hotelero puedan reportar de forma óptima los datos requeridos acerca de los servicios de alojamiento que brindan.

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Mariela Ortega Chosgo
Editor Tributario at  |  + posts

Contadora Pública con experiencia en auditoría, apoyo al contribuyente y comercio internacional.

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