La Paz, 26 sep (ABI).- El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió la Resolución 10-0025-12 que reglamenta el procedimiento para solicitar y autorizar la dosificación de facturas sin derecho a crédito fiscal, que permitirá la actuación de artistas nacionales con beneficios impositivos, siempre que sean organizados en espacios auspiciados y autorizados por el Gobierno central, departamental y municipal, informaron el miércoles fuentes oficiales.
Según el SIN, el Reglamento fue emitido el pasado 21 de septiembre en cumplimiento a la ley 2206 y el decreto supremo 1241.
Esas normas liberan del pago de los Impuestos al Valor Agregado (IVA), a las Transacciones (IT) y sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) a las actividades de producción, presentación y difusión de eventos, teatro, danza, música nacional, pintura, escultura y cine que sean de producción nacional.
El presidente Ejecutivo del SIN, Roberto Ugarte, explicó que los artistas nacionales, personas naturales y jurídicas que organicen eventos artísticos con actores nacionales deberán solicitar la autorización de dosificación de facturas en la plataforma de atención al contribuyente de la jurisdicción a la que corresponde su registro de Número de Identificación Tributaria (NIT).
Asimismo, explicó que cuando la solicitud sea gestionada por el propio artista nacional, deberá presentar un certificado de registro en el Sistema Plurinacional de Registro de Artistas Bolivianos, original y fotocopia del documento de identidad, el contrato de alquiler que acredite el uso del espacio de propiedad del Gobierno central o municipal, especificando la fecha de presentación o certificación de auspicio del Ministerio de Culturas.
Además, deberá presentar un informe detallado de las fechas de presentación, nombre del evento, precios y cantidades de facturas solicitadas.
«Para el caso de las personas jurídicas y empresas unipersonales, además de los requisitos mínimos citados, deben presentar fotocopia simple del certificado de registro en el Sistema Plurinacional de Registro de Artistas Bolivianos, fotocopia del carnet de identidad del representante legal o apoderado, registrado en el Padrón Nacional de Contribuyentes», remarca el boletín institucional del SIN
Igualmente, tendrán que acreditar el contrato de alquiler del espacio autorizado por contrato con el o los artistas y representantes de los mismos, que establezca las condiciones de contraprestación de servicios.
Red central-mcr/rsl ABI
Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.
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