Formulario 605 v4 ampliacion, RND del SIN

Formulario 605 v4 ampliacion hasta mayo

Formulario 605 v4 ampliacion

RND sobre la ampliación y reenvío del Formulario 605

Sobre el Formulario 605 v4 y su ampliación, en pasados días los Colegios de Contadores y Auditores comunicaron sobre su prórroga.

Impuestos Nacionales entonces emitió el 26 de abril la RND que indica su ampliación, los plazos y da opción a volver a enviar el Formulario 605 v4, si es que algunos contribuyentes enviaron con errores.

Tenemos que tomar en cuenta que se amplía sólo el Formulario 605 V4 a través del Facilito, y no así los Formulario 500 o Formulario 520 de IUE que ineludiblemente vence su declaración y pago este martes 30 de abril.

Copiamos a continuación la RND sobre el Formulario 605 v4 y su ampliación en el 2013.

 

PRÓRROGA PARA LA PRESENTACIÓN DIGITAL Y FÍSICA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CON CIERRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012

RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO Nº 10-0016-13

La Paz, 26 de abril de 2013

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto por la Ley N° 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, Artículo 53, Parágrafo III concordante con el Artículo 66, Numeral 7 de la citada Ley, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Que la Resolución Normativa de Directorio N° 10-0012-13 de 10 de abril de 2013 reglamenta la forma, medios y plazos para la presentación digitalizada a través del Formulario Electrónico 605 versión 4 (605-V4), de la información de los Estados Financieros del contribuyente mediante el aplicativo informático “Facilito” y la Oficina Virtual del Servicio de Impuestos Nacionales, así como la presentación física de los Estados Financieros o Memoria Anual, según corresponda, en dependencias de la Administración Tributaria.

Que de conformidad al Decreto Supremo Nº 26462, de 22 de diciembre de 2001, Artículo 19, Inciso p), el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales en uso de sus atribuciones y en aplicación del Inciso a) del Numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio Nº 09-0011-02, de 28 de agosto de 2002, se encuentra facultado a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Articulo 64 de la Ley N° 2492, de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano y las disposiciones precedentemente citadas.

RESUELVE:

Artículo 1.- (Ampliación de plazo). Se amplía el plazo para la presentación física y digital de los estados Financieros o Memoria Anual de los sujetos pasivos del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) con cierre de gestión al 31 de diciembre de 2012, de acuerdo al siguiente cronograma:

ÚLTIMO DÍGITO DEL NIT   PLAZO DE PRESENTACIÓN              
0, 1 y 2 Hasta el 17 de mayo de 2013
3, 4 y 5 Hasta el 24 de mayo de 2013
6, 7, 8 y 9 Hasta el 31 de mayo de 2013

Artículo 2.- (Tratamiento excepcional). Aquellos contribuyentes obligados a llevar registros contables que realizaron la presentación del Formulario Electrónico 605-V4 correspondiente a la gestión con cierre al 31 de diciembre de 2012 antes de la publicación de la presente Resolución y que hubieran detectado errores en el envío o en la información, excepcionalmente podrán subsanar con un nuevo envío del Formulario Electrónico 605-V4 dentro de los plazos establecidos en el Articulo precedente.

Regístrese, comuníquese y cúmplase. Roberto Ugarte Quispaya. Presidente Ejecutivo a.i.. Servicio de Impuestos Nacionales.

 

[highlight]Más sobre el Formulario 605 V4: [/highlight]

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

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