Formulario 520 IUE ejemplo de llenado No lucrativas

Formulario 520 IUE ejemplo de llenado No lucrativas

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Formulario 520 IUE, contribuyentes sin registros contables 

Este formulario 520 es de uso exclusivo para los contribuyentes que se constituyen de acuerdo a lo establecido en el Código Civil y no están obligados a presentar registros contables, que pertenecen a las Sociedades Civiles, Asociaciones y Fundaciones o Instituciones no lucrativas autorizadas (Inc. b. Art. 2 D.S. 24051).

El artículo 39 del D.S. 24051 establece que el plazo para la presentación y/o pago del impuesto vence a los 120 días posteriores al cierre de la gestión fiscal, con o sin dictamen de auditoría externa, asimismo, establece como cierre de gestión el 31 de diciembre para las empresas o sujetos no obligados a llevar registros contables.

Selección del formulario en el Portal Newton

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una vez aceptamos, aparece el formulario 520:

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Para el llenado de este formulario se deberá considerar que los Bloques A y B, tiene un formato estándar, con el aditamento de que para este tipo de contribuyentes, como parte del Bloque A se debe incorporar la siguiente información:

Es de 12 meses. Del 01 de enero de 2012 al 31 de diciembre de 2012.

Se debe llenar con el criterio AAAAMMDD   esto es 20120101 al 20121231

 

BLOQUE C: DETERMINACION DEL SALDO DEFINITIVO A FAVOR DEL FISCO O DEL CONTRIBUYENTE

INGRESOS PERCIBIDOS POR OPERACIONES HABITUALES Y OTROS INGRESOS GRAVADOS (CODIGO 648): En este código el contribuyente deberá consignar:

– El total de los ingresos percibidos por operaciones habituales.

– Los ingresos percibidos por intereses bancarios.

– Los ingresos percibidos por alquileres de bienes muebles e inmuebles.

– Otros ingresos gravados.

En el ejemplo el contribuyente figura con un total de ingresos de 5.878.040

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO DECLARADO (CODIGO 707): Se debe consignar el Impuesto al Valor Agregado declarado (valor base utilizado para el pago del impuesto).

Asumimos que el contribuyente no está gravado por IVA, por consiguiente durante la gestión fiscal correspondiente no existió un pago de este impuesto, por lo tanto el importe a consignar es cero.

TOTAL INGRESOS GRAVADOS (CODIGO 1016): En este código se consignará la diferencia de los importes de las casillas Cod. 648 y Cod. 707, si el resultado es mayor a cero.

En nuestro ejemplo al no existir monto en el código 707 se traslada automáticamente el importe total del código 648.

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GASTOS DEDUCIBLES

GASTOS RESPALDADOS CON FACTURAS (CODIGO 781): Los gastos deducibles para este tipo de contribuyentes son los gastos respaldados por facturas, que se encuentran registrados en el libro de compras IVA.

Para este contribuyente los gastos son facturas ascienden a 100.000

IMPUESTO A LAS TRANSACCIONES EFECTIVAMENTE PAGADO (CODIGO 794): Consignar el valor base utilizado para el pago del impuesto.

OTROS TRIBUTOS EFECTIVAMENTE PAGADOS (CODIGO 882): Consignar el valor base utilizado para el pago de otros impuestos.

OTROS GASTOS DEDUCIBLES (CODIGO 912): Se consigna otros gastos deducibles.

 En el ejemplo se considera que el contribuyente, tiene gastos deducibles por un importe de 4.489.171

UTILIDAD ANTES DE COMPENSAR PERDIDAS (CODIGO 1020): Consignar la diferencia del importe de la casilla Cod. 1016 y la suma de los importes de las casillas (Cod. 781 + Cod. 794 + Cod. 882 + Cod. 912), si el importe es mayor a cero.

Tenemos 5.878.040 – 100.000 -0 – 0 – 4.489.171 = 1.288.869

PERDIDA NETA (CODIGO 1023): Se consigna la diferencia de la suma de los importes de las casillas (Cod. 781 + Cod. 794 + Cod. 882 + Cod. 912) y el importe de la casilla Cod.1016 (consignar valor absoluto), si la diferencia es mayor a cero.

 

 COMPENSACION DE PERDIDAS

PERDIDA NO COMPENSADA GESTION ANTERIOR ACTUALIZADA (CODIGO 967): Consignar el importe obtenido de la casilla Cód. 1023 del formulario de Utilidades de la gestión anterior, con su respectivo mantenimiento de valor.

PERDIDA NO COMPENSADA CASTIGADA (CODIGO 680): Consignar la pérdida no compensada castigada.

PERDIDA NO COMPENSADA PARA LA GESTION SIGUIENTE (CODIGO 1024): Consignar el importe resultante de la siguiente operación (Cod. 1023 + Cod. 967 – Cod. 1020 – Cod. 680), si es mayor a cero, consignar valor absoluto.

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LIQUIDACION DEL IMPUESTO

 

UTILIDAD NETA IMPONIBLE (CODIGO 1025): Resulta de la sumatoria de los códigos 1020 + 680 – 1023 – 967, si el importe es mayor a cero.

Para el ejemplo 1.288.869 + 0 – 0 – 0 = 1.288.869

IMPUESTO DETERMINADO (CODIGO 909): En este código se consignará el importe correspondiente a la liquidación del impuesto aplicando la alícuota del 25% sobre el importe de la casilla Cod. 1025.

Aplicamos el 25% a 1.288.869 = 322.217

PAGOS A CUENTA REALIZADOS EN DD.JJ. ANTERIOR Y/O EN BOLETAS DE PAGO (CODIGO 622): Se debe consignar los pagos a cuenta realizados con anterioridad a la fecha de presentación de la presente declaración jurada, si los pagos a cuenta fueron realizados en forma posterior, éstos deben ser convertidos a valor presente a fecha de vencimiento.

SALDO DISPONIBLE DE PAGOS DEL PERIODO ANTERIOR A COMPENSAR (CODIGO 640): Esta casilla podrá ser utilizada si elige la compensación con este mismo impuesto y formulario, consignando el importe del Código 747, del formulario de la gestión anterior. En caso de No elegir la opción anterior puede optar por el trámite de compensación (Art. 56, Ley 2492) o realizar la acción de repetición (Art. 121 y 122 de la Ley 2492).

DIFERENCIA A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE PARA EL SIGUIENTE PERIODO (CODIGO 747): Consignar el importe del resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: (Cod. 622 + Cod 640 – Cod. 909), si el resultado es mayor a cero.

SALDO DEFINITIVO A FAVOR DEL FISCO (CODIGO 996): Se debe consignar la diferencia de los importes de las casillas (Cod. 909 – Cod. 622 – Cod. 640), si el resultado es mayor a cero.

Tenemos 322.217 – 0 – 0 =  322.217

IMPUTACION DE CREDITOS EN VALORES (SUJETO A VERIFICACION Y CONFIRMACION POR PARTE DEL SIN) (CODIGO 677): Consignar el valor del Importe Imputado con créditos en valores fiscales.

Se paga en efectivo en nuestro ejemplo, entonces se coloca: Bs  322.217

Una vez llenado confirmamos para el envío al Sin e impresión para el pago en banco.

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

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