El saldo a favor en el Formulario 110 y traslado cuando cambian de empleador

Emisión del “Certificado de uso de Saldo a Favor del Dependiente RC-IVA”

PASOS

Emitir Certificado de Uso de Saldo del Form.110 a favor del dependiente en otra empresa

Ingresar a la página del SIN

Ingresar a la página de www.impuestos.gob.bo y entrar a la opción de OFICINA VIRTUAL

Ingresa al Portal de Servicio al Ciudadano y selecciona la opción de Dependientes RC-IVA

Creación de código y usuario

Registrar usuario

A. El Trabajador solicita al Responsable de Impuestos de su empresa y registra el número proporcionado.
B. Ingresar el Nro de CI
C. Seleccionar la fecha de nacimiento

Crear Ususario y Contraseña

La contraseña deben ser como mínimo ocho caracteres y una combinación de letras, números y símbolos.

Certificación RC IVA dependientes

Ingresar certificación de uso de RC IVA
Ingresar Nro de NIT del empleador anterior

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Digitar  el  importe  requerido  para la compensación (puede ser total o parcial)
Llenar concepto
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(Para éste propósito se recomienda utilizar el navegador FIREFOX o INTERNET EXPLORER y habilitar las ventanas emergentes.)

Entregar la certificación al empleador

Supply:

  • Saldo a favor de una empresa anterior

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Socio y fundador de boliviaimpuestos.com. Autor de artículos tributarios, investigador y consultor.

Especializado en la asesoría, planificación y defensa más compleja en materia tributaria.

15 comentarios en «El saldo a favor en el Formulario 110 y traslado cuando cambian de empleador»

  1. Hola Roberto

    Agradecerte por toda la información que nos proporcionas en materia tributaria. Tengo una consulta, si estoy inscrito en impuestos como profesional independiente (oficios liberales) y persona natural. Pero agarro una consultoría en línea puedo trasladar mi crédito fiscal acumulado al formulario 610. Hay una normativa específica emitida por el SIN que me indica si puedo o no?
    Gracias.

  2. Estimado Roberto, he escuchado comentarios de que las facturas ya no serán útiles para declarar desde 120 días a la presentación del formulario 110, sino que deben pertenecer del mismo periodo declarado, es cierto? donde encuentro esta normativa. Gracias de antemano por su respuesta.

  3. Gracias por compartir tus conocimientos y experiencias:
    Una consulta: En el mes de marzo un dependiente tiene saldo del Credito Fiscal.
    En abril y mayo no estubo en planilla del RC-IVA.
    En junio entra en planilla RC-IVA, que pasa con su saldo de marzo, se los traspasa o lo pierde?…Gracias…

  4. Estimado Roberto: me permito consultarle lo siguiente en relación al RC-IVA. Si un empleado al momento de concluir la relación laboral le queda saldo rc-iva a favor, y meses después la empresa paga prima de utilidades que también le corresponde por duodécimas a esta persona que ya no está en la empresa; ¿Es o No es legal que la empresa le descuente el 13% del monto total de la prima de utilidades sabiendo que al momento de finalizar el contrato esta persona dejó bastante saldo rc-iva a su favor? ¿Acaso la empresa no puede utilizar ese saldo a favor para compensar el impuesto y así no descontarle? ¿O es que cuando una persona se retira todo queda en nada o en cero?

    Le agradezco de antemano por su gentil respuesta, siempre estoy siguiendo sus comentarios que son de gran ayuda… Muchas gracias Roberto.

  5. Hola Roberto:
    Hablas de impresas públicas y/o capitalizadas, pero qué pasa si tienes un saldo a favor mientras trabajabas en una empresa privada y pasas a otra privada?

Los comentarios están cerrados.

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